En el expediente instado por María Josefa Roig Marzá, sobre concesión de aguas superficiales a derivar del Barranc de la Puebla en el término municipal de la Pobla Tornesa (Castellón), con un volumen máximo anual de 58,70 m³/año y un caudal máximo instantáneo de 2,00 l/s, con destino a regadío de 0,007 ha sitas en el término municipal de la Pobla Tornesa, se ha resuelto favorablemente con arreglo a las condiciones impuestas por esta Confederación Hidrográfica del Júcar, autorizando dicha legalización en el expediente referencia 2024CR0007.
Lo que de orden de su Presidencia se hace público en cumplimiento de las disposiciones vigentes.
Valencia, 2 de diciembre de 2025.- Jefe del Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico, José Antonio Soria Vidal.
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