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Documento BOE-B-2025-45751

Anuncio del Servicio de Régimen de Usuarios de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. de información pública sobre la tramitación de un procedimiento de extinción del derecho a un aprovechamiento de aguas subterráneas en el término municipal de Ávila (Ávila) Expediente ED-0042/2025).

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 10 de diciembre de 2025, páginas 73168 a 73169 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2025-45751

TEXTO

Se hace público, de acuerdo con el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, que esta Confederación Hidrográfica del Duero O.A ha iniciado, expediente de extinción del siguiente aprovechamiento de aguas:

1.- En el Registro de Aguas, Sección A, Tomo 11, Hoja 47, de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., figura la siguiente inscripción relativa a un aprovechamiento de aguas en el término municipal de Ávila:

- NÚMERO:10747

- CLASE DE APROVECHAMIENTO: Usos agropecuarios. Regadío

- TITULAR:D. Francisco Javier Corbacho Caballero D.N.I. 06.*4*.8*3-X

- TÉRMINO MUNICIPAL Y PROVINCIA DE LA TOMA: Parcela 50-A, polígono 53, término municipal de Ávila (Ávila)

- CAUDAL MÁXIMO (l/s): 4,800

- CAUDAL MEDIO EQUIVALENTE (l/s): 0,92

- VOLUMEN MÁXIMO ANUAL (m3): 9577,000

- SUPERFICIE REGABLE (ha): 1,86

- TÍTULO DEL DERECHO: Resolución de Concesión de fecha 23/10/1990. Confederación Hidrográfica del Duero.

Expediente: CP-10376-AV. Expediente Alberca: 1277/1989. Expediente Integra: C-0364/199.

2.- El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. propuso en su informe de 22 de octubre de 2025, que se inicie el trámite de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que señala que: ''El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella sea imputable al titular''.

Del informe emitido por el Área de Régimen de Usuarios se desprende la falta de explotación del aprovechamiento durante un periodo superior a tres años y el incumplimiento del condicionado en relación al destino a regadío, de acuerdo con el informe de Guardería Fluvial, Zona 1 Ávila sector AV-4, de fecha 14 de abril de 2025, que muestra el aprovechamiento CP-10376-AV, identificado en el apartado anterior, en situación de: (a) falta de explotación del aprovechamiento durante un periodo superior a tres años por causa imputable al titular e (b) incumplimiento de la condición PRIMERA de la Resolución de 23 de octubre de 1990 inscripción del aprovechamiento CP-10376-AV que establece el destino de la concesión (riego), al encontrarse la parcela urbanizada.

Por su parte la condición DECIMO-TERCERA de la Resolución de 23 de octubre de 1990, de inscripción del aprovechamiento CP-10376-AV, establece a su vez: "Caducará esta concesión por incumplimiento de una cualquiera de estas condiciones y en los casos previstos en las disposiciones vigentes[1], declarándose la caducidad, según los trámites señalados en la Ley de Aguas de 2-8-1.985 y Reglamento Dominio Público Hidráulico de 11-4-1.986.".

3.- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha 22 de octubre de 2025, iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho del aprovechamiento del que se trata, motivada por interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular. Este procedimiento se tramita conforme a lo establecido en el artículo 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril).

4.- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de VEINTE DÍAS, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual el titular, y aquellos que tengan condición de interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., -indicando el número de expediente

[1] La vigente Ley de Aguas aprobada por R.D. 1/ 2001 de 20 de julio que prevé como causa de extinción el desuso.

Valladolid, 4 de diciembre de 2025.- Jefa de Área de Régimen de Usuarios. Confederación Hidrográfica del Duero O.A, Ana Isabel Guardo Pérez.

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