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Documento BOE-B-2025-44313

Extracto de la Resolución de 28 de noviembre de 2025, de la Dirección General de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P.(FECYT), por la que se publica la Convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para estancias del personal investigador para la realización de actividades en el ámbito del fomento de la ciencia para las políticas públicas 2025

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 29 de noviembre de 2025, páginas 70665 a 70666 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-B-2025-44313

TEXTO

BDNS(Identif.):871592

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/871592)

Primero. Normativa de aplicación y régimen de concesión

La concesión de las ayudas de la FECYT previstas en esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases reguladoras, aprobadas por la Orden CNU/1132/2025, de 29 de septiembre, por lo dispuesto en la presente convocatoria, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, los Estatutos de la FECYT, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y, su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Adicionalmente, serán de aplicación la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Segundo. Objeto:

Regular el procedimiento de concesión de ayudas por la FECYT para la realización de estancias por parte de personal investigador perteneciente a las entidades beneficiarias, dirigidas a ejecutar actividades de asesoramiento científico y de intercambio de conocimiento para resolver distintos retos en políticas públicas de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes (entidades de acogida).

Tercero. Solicitantes y beneficiarios:

Podrán ser solicitantes y beneficiarias de las ayudas las entidades indicadas en el artículo 5 de la convocatoria con personalidad jurídica propia siempre que estén válidamente constituidas, tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España y respecto a las que el personal participante en la estancia que se indica en el artículo 7, esté vinculado mediante relación laboral formalizada legalmente.

Cuarto. Presupuesto de la convocatoria:

El importe global máximo que con carácter estimativo se destinará para la concesión de las ayudas previstas en esta convocatoria es de 1.000.000 de euros, con cargo al presupuesto 2025 del programa de impulso del asesoramiento científico, de la FECYT.

Quinto. Dotación presupuestaria máxima:

Se otorgarán ayudas hasta las cuantías máximas establecidas en el artículo 13 de la convocatoria.

Sexto. Plazo:

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 15 de diciembre de 2025 hasta las 13 horas del 16 de enero de 2026 (hora peninsular española).Una vez elevada a definitiva la solicitud por la personal participante, se deberá proceder a la firma electrónica de los documentos por parte del representante legal de la entidad solicitante.La firma electrónica del formulario y del resto de la documentación se podrá realizar durante todo el plazo de presentación de solicitudes y solo se entenderán debidamente presentadas las solicitudes cuando hayan sido firmadas electrónicamente por parte del representante legal de la entidad solicitante antes de que finalice dicho plazo.Toda solicitud no firmada electrónicamente por el representante legal en el momento del cierre del plazo de presentación de solicitudes se entenderá como no presentada.

Séptimo. Órgano de resolución:

La Junta Rectora de la FECYT, por delegación de su Patronato de fecha 27 de noviembre de 2025, previa autorización de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, conforme a lo dispuesto por la disposición adicional decimosexta, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre 

Madrid, 28 de noviembre de 2025.- Izaskun Lacunza Aguirrebengoa La directora general de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P. (FECYT).

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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