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Documento BOE-B-2025-42791

Extracto de la Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a la protección de datos personales de colectivos vulnerables y frente a la violencia digital, para el año 2025.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 20 de noviembre de 2025, páginas 68271 a 68272 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2025-42791

TEXTO

BDNS (Identif.): 869664.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/869664)

Primero. Beneficiarios.

Podrá optar al premio cualquier persona física, entidad pública o privada que haya desarrollado proyectos, actividades, medidas, productos o servicios relacionados con el objeto de la convocatoria.

Segunda. Objeto.

Constituye su objeto reconocer el desarrollo de proyectos, actividades, productos, servicios, o medidas, procedentes del ámbito público o privado, que se distingan por su originalidad, creatividad, innovación e impacto social en relación con la protección de datos personales y la garantía de los derechos y libertades de las personas pertenecientes a colectivos en situación de vulnerabilidad, así como en la prevención y lucha contra la violencia digital.

El premio se estructura en dos categorías:

- Modalidad A: Protección frente a la violencia digital de género, que premiará acciones destinadas a combatir el uso ilícito o inadecuado de datos personales en contextos de violencia, control o acoso por razón de género, promoviendo la prevención, la sensibilización y la reparación de las víctimas.

- Modalidad B: Protección de otros colectivos vulnerables: personas mayores, personas con discapacidad, población LGTBIQ+, menores o personas migrantes, que reconozca las iniciativas para prevenir riesgos digitales, garantizar la privacidad, o favorecer el empoderamiento digital seguro.

Tercera. Bases Reguladoras.

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, de 17 de noviembre de 2025, publicada en la web www.aepd.es.

Cuarto. Premio.

El premio consistirá en una dotación económica de tres mil euros (3.000,00 €), en cada una de las modalidades, si la candidatura ganadora correspondiese a una persona física o entidad privada y la difusión del premio a través de la página web y en los perfiles de la AEPD en redes sociales.

La candidatura premiada contará con mención honorífica, mediante diploma concedido al efecto, así como un trofeo acreditativo del premio obtenido.

En el caso de que la candidatura ganadora del premio fuese una entidad de naturaleza pública, el premio consistirá en una mención honorífica sin dotación económica y la difusión del proyecto presentado.

Asimismo, se otorgará a los premiados un trofeo acreditativo del premio obtenido.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse a partir del día siguiente a la fecha de publicación de estas bases en el Boletín Oficial del Estado. El plazo de presentación de los trabajos concluirá el 31 de enero de 2026.

Madrid, 17 de noviembre de 2025.- El Presidente de la Agencia Española de Protección de Datos, Lorenzo Cotino Hueso.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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