El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Castellón, en la sesión celebrada el 17 de octubre de 2025, a propuesta de la Dirección, acordó lo siguiente:
1. Otorgar licencia del servicio portuario de amarre y desamarre de buques en el Puerto de Castellón a la entidad CONSULMAR S.L.U. (NIF B48025589) por un plazo de seis (6) años.
2. Dejar sin efecto la licencia actualmente vigente (otorgada a la misma entidad mediante acuerdo de fecha 28 de junio de 2024), desde el momento de entrada en vigor de la nueva licencia.
3. El servicio de amarre y desamarre se prestará con sujeción al Reglamento (UE) 2017/352 por el que se crea un marco para la prestación de servicios portuarios y se adoptan normas comunes sobre la transparencia financiera de los puertos; al Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (en lo que no se oponga al anterior); al vigente Pliego de Prescripciones Particulares del servicio portuario de amarre y desamarre en el Puerto de Castellón (en lo que no se oponga a los anteriores); y a las condiciones establecidas en la licencia.
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115.3 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Castellón de la Plana, 3 de noviembre de 2025.- El Presidente, Rubén Ibáñez Bordonau.
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