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Documento BOE-B-2025-39403

Anuncio de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, Industria, Energía y Minas, por el que se somete a información pública la solicitud de declaración en concreto de utilidad pública del proyecto "Línea subterránea de media tensión a 30 kV para la evacuación del Parque Solar Fotovoltaico Solar Marchenilla", en el término municipal de Jimena de la Frontera (Cádiz). Expediente: AT-14390/20.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 29 de octubre de 2025, páginas 62684 a 62686 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2025-39403

TEXTO

De acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a INFORMACIÓN PÚBLICA el expediente incoado en esta Delegación Territorial en Cádiz, con objeto de AUTORIZAR la siguiente instalación eléctrica:

• Peticionario: ATLÁNTICA JIMENA SLU

• Domicilio: C/ Albert Einstein, SN, Edificio Insur, Planta Baja – C.P. 41092 Sevilla (Sevilla)

• Términos municipales afectados: Jimena de la Frontera (Cádiz)

• Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica

CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES:

Planta Solar Fotovoltaica "Marchenilla" de 44 MW de potencia instalada y 44 MW de potencia de evacuación (AT-14390/20)

Infraestructura de Evacuación

Línea eléctrica subterránea de doble circuito de 30 kV AC, desde Centro de Seccionamiento del Parque Solar Fotovoltaico MARCHENILLA hasta la SE LA HERRADURA 220/30kV":

• Tipo: Línea eléctrica trifásica subterránea.

• Tensión: 30 KV.

• Longitud: 3,180 km.

• Tipo Conductor: HEPRZ1 18/30 kV 3x(2x1x400) mm2 Al por cada circuito.

• Número de circuitos: 2.

• Número de cables: 6 por circuito.

Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley del Sector Eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de dicha ley.

Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la citada Ley del Sector Eléctrico,

«supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública», por lo que los organismos oficiales que, en su caso, se encuentren incluidos en la relación de bienes y derechos afectados lo serán a efectos meramente informativos de dicha obligación.

Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, de los titulares de los bienes y derechos afectados por dicho proyecto, incluidos los que pudieran haber sido omitidos, pudiendo formular las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre.

A estos efectos, en el anexo adjunto se incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa, con indicación de sus titulares.

Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa y en el 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, en el indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos que estimen oportunos a los solos efectos de subsanar posibles errores en la relación indicada. En caso de que alguno de los titulares afectados e incluidos en la citada relación tenga firmado un acuerdo de ocupación de su finca con la beneficiaria, podrá aportarlo a los efectos de lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, procede la publicación del presente trámite de información pública en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, donde podrá accederse a la documentación presentada para su examen, y por el mismo período a través del siguiente enlace buscando por el número de expediente: https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html

La presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a los efectos de notificación previstos en el artículo 45 de la mencionada Ley.

Anexo. Relación de bienes y derechos afectados por la Declaración de Utilidad Pública.

RBDA LÍNEA SUBTERRÁNEA DE MEDIA TENSIÓN DE 30 Kv
Nº de Parcela S/Proyecto Referencia Catastral Propietario (NIF) Datos de la Finca Afecciones
Nº de Elementos Descripción del Elemento Superficie de Expropiación en Pleno Dominio Superficie de Ocupación Temporal (m2)
Término Municipal Polígono Parcela Longitud (m) Cantidad Superficie (m2) Uso
18 11021A01309021 S4111001F Jimena de la Frontera 13 9021 2 Canalización 56,27 90,04 232,88 IMPRODUCTIVO
Arqueta/C.E. 2 1,48

Cádiz, 20 de octubre de 2025.- La Delegada Territorial, María Inmaculada Olivero Corral.

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