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Documento BOE-B-2025-39025

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria sobre la resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se resuelve aprobar provisionalmente y someter a información pública el estudio de delimitación de tramo urbano y establecimiento de nueva línea límite de edificación en el término municipal de Corvera de Toranzo, en las localidades de Alceda y Ontaneda. Provincia de Cantabria.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 27 de octubre de 2025, páginas 61976 a 61977 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-B-2025-39025

TEXTO

La Subdirectora General de Planificación y Explotación (P.D. El Director General de Carreteras) a fecha 9 de octubre de 2.025 y en base al artículo 48 de la vigente Ley 37/2015, de 29 de septiembre de Carreteras, ha resuelto:

Aprobar provisionalmente el estudio de delimitación de tramo urbano y establecimiento de nueva línea límite de edificación en el término municipal de Corvera de Toranzo en las localidades de Alceda y Ontaneda; Cantabria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre de Carreteras, según lo siguiente:

• Fijar como tramo urbano el tramo de la N-623 entre los pp.kk. 111+770 y 113+800.

• Fijar como travesía el tramo de la N-623 entre los pp.kk. 112+090 y 113+450.

• Fijar, para el tramo urbano establecido en el punto anterior, la línea límite de edificación según el planeamiento urbanístico vigente en el municipio a la entrada en vigor de la Ley 37/2015 de Carreteras, esto es, las Normas Urbanísticas Municipales de 1989, según planos adjuntos.

• Fijar el borde exterior de la zona de dominio público, medido horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, conforme al artículo 29 de la Ley 37/2015, de Carreteras, a 3 m de la N-623 en todo el ámbito de Estudio.

• Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre, medido horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, conforme al artículo 31 de la Ley 37/2015, de Carreteras, a 8 m de la N-623 en todo el ámbito de Estudio.

Tramitar el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano modificado según el procedimiento establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, lo cual supone:

Notificar el Estudio al Gobierno de Cantabria y al Excmo. Ayuntamiento de Corvera de Toranzo a fin de que, en el plazo de dos meses, emitan informe.

Someter a información pública el Estudio, por un plazo de 30 días hábiles, anunciándolo en el Boletín Oficial del Estado y en el Excmo. Ayuntamiento de Corvera de Toranzo a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda formular alegaciones sobre la repercusión del Estudio en lo referente a limitaciones a la propiedad, régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones.

En virtud de dicha resolución y de acuerdo con el artículo 48.4 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, se somete a información pública el referido Estudio, al objeto de que en el plazo de 30 días hábiles a contar desde la publicación de este anuncio en el BOE puedan presentarse alegaciones sobre la repercusión del Estudio en lo referente a limitaciones a la propiedad, régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones.

Los escritos formulando alegaciones deberán dirigirse a esta Demarcación y podrán presentarse utilizando cualquiera de las modalidades previstas en la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A tales efectos, el citado Estudio puede ser examinado en la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria (calle Somorrostro s/n, Edificio de Correos 1ª planta, Santander), en el Ayuntamiento de Corvera de Toranzo, y en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible: https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/buscador-participacion-publica

Santander, 17 de octubre de 2025.- El Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria, Rosendo Martínez Fernández.

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