De conformidad con lo establecido en los artículos 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (Real Decreto 849/1986, de 11 de abril), la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A. ha acordado iniciar el expediente de extinción del derecho, de los aprvechamientos de agua de los manantiales nº 1 (La Luparia) y 2 (Undio del Maderal) en Zuaza, t.m. de Aiara/Ayala (Araba/Álava), inscritos al amparo de la Disposición Transitortia Segunda de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, cuyo titular es Agustin Eguren Ibarra, por renuncia del actual propietario, cuyos datos registrales se relacionan a continuación:
Titular: Agustin Eguren Ibarra
Nombre de las corrientes: Manantial La Luparia y Manantial Undio del Maderal
Caudal: 0,250 l/s y 0,500 l/s respectivamente
Términos Municipales y Provincia: Aiara/Ayala (Araba/Álava)
Destino: Uso doméstico, ganadero y riego
Título/Fecha/Autoridad: Concesión-15 de Septiembre de 1993-Comisaria de Aguas del Norte de España
Inscripción: Registro de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A.,
T-01-0043: Sección C, Inscripción 236, Tomo 0003, Hoja 036
T-01-0044: Sección C, Inscripción 237, Tomo 0003, Hoja 037
Lo que se hace público, conforme al artículo 163 del vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, para general conocimiento y por un plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado, a fin de que los que se consideren afectos por la extinción del referido aprovechamiento puedan manifestar lo que consideren conveniente, durante el indicado plazo, ante la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A.
Bilbao, 30 de enero de 2025.- El Jefe de Servicio, Jose María Barrutia Bastero.
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