Examinado el expediente incoado a instancia de Provincia San Juan de Dios de España Orden Hospitalaria San Juan de Dios (R2800009I) solicitando concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Valladolid (Valladolid), por un volumen máximo anual de 103.820 m³, un caudal máximo instantáneo de 25 l/s, y un caudal medio equivalente de 6,68 l/s, con destino a riego, la Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Duero, en virtud de la competencia otorgada por el Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y de acuerdo con el vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, ha resuelto, con fecha 15 de octubre de 2025, lo siguiente:
Anular la inscripción que consta en la Sección C del Registro de Aguas a nombre de Instituto Médico Pedagógico H.H. San Juan de Dios con referencia PRVA186057.
Otorgar la concesión de aguas subterráneas, de acuerdo con las características y condiciones que figuran en la resolución del expediente referenciado, y cuyas características del derecho son:
Titular: Provincia San Juan de Dios de España Orden Hospitalaria San Juan de Dios (R2800009I).
Tipo de uso: Riego de 20 ha anuales de cultivos herbáceos en rotación dentro de un perímetro de 25,0898 ha.
Uso consuntivo: Sí.
Volumen máximo anual (m³): 103.820.
Volumen máximo mensual (m³): 35.626,99.
Caudal máximo instantáneo (l/s): 25.
Caudal medio equivalente (l/s): 6,68.
Procedencia de las aguas: Masa de agua subterránea 400067 – Terciario Detrítico Bajo Los Páramos.
Plazo por el que se otorga: Hasta el 31 de diciembre de 2035.
Observación: El titular de la concesión procederá, en el plazo de dos (2) meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, a sellar debida y completamente el sondeo antiguo sito en la parcela 110 del polígono 13, del término municipal de Valladolid (Valladolid), con material inerte, de tal forma que no quede alterado el flujo subterráneo en el entorno del mismo y se procederá a la retirada de todos los materiales eléctricos y mecánicos para su reciclado, utilización o traslado a un vertedero autorizado. Las obras de sellado deberán realizarse con el fin de preservar la seguridad, evitar la entrada de contaminantes a las aguas subterráneas y la posible detracción de aguas con posterioridad al sellado de la captación, siguiendo los criterios establecidos el anexo III, parte B RDPH y se garantizará que la consolidación de los materiales de relleno no origine depresiones significativas en el terreno, según establece el artículo 188 bis del citado Reglamento.
Título que ampara el derecho: La presente Resolución de Concesión Administrativa.
El contenido íntegro de la resolución de concesión puede conocerse accediendo al correspondiente expediente concesional que se encuentra archivado en las oficinas de esta Confederación Hidrográfica, o a través de la página Web www.chduero.es (Inicio\Portal del Ciudadano\Información al público\Resoluciones de Concesión).
Valladolid, 16 de octubre de 2025.- El Jefe de Servicio Técnico, Alberto Jesús de Luis Rivera.
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