La FEPRL con NIF.: G82354176 solicitó la concesión demanial de uso privativo del bien de dominio público propiedad del FOGASA sito en el edificio de la Plaza de Santa Bárbara, núm. 5 de Madrid (Planta Tercera), con el fin de establecer su sede y mantener el desarrollo de su actividad.
Se ha instruido el correspondiente expediente en virtud de lo dispuesto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP), así como en el Reglamento que la desarrolla.
El procedimiento se tramitó de acuerdo con el art. 137.4.b) LPAP al reunir la concesionaria (FEPRL) los requisitos legales y administrativos exigidos.
En fecha 25 de septiembre de 2025 se firmó el Pliego de cláusulas administrativas regulador de la concesión demanial de uso privativo.
Por Resolución dictada por el FOGASA el 25 de septiembre de 2025 se adjudicó el citado bien a la FEPRL por un periodo de ocho (8) años, a contar desde el día 1 de octubre de 2025, fecha de la formalización del Documento administrativo de concesión demanial de uso privativo.
Conforme con lo previsto en la cláusula 6ª del Pliego de cláusulas administrativas, se ACUERDA:
Primero. - publicar la concesión demanial en el Boletín Oficial del Estado.
Segundo. - publicar la concesión demanial en la subsede electrónica del FOGASA.
Madrid, 8 de octubre de 2025.- Secretario General del FOGASA (Por Resolucion Subsecretario 06/10/2014). El adjunto al Secretario General, Fernando Jesús Sáinz Martín.
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