BDNS(Identif.):857322
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/857322)
Primero. Beneficiarios
Podrán ser candidatas al Premio las personas físicas mayores de edad, las personas jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, y las entidades que, aun careciendo de personalidad jurídica, reúnan los méritos y se postulen al Premio o sean propuestos por un tercero, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 5 de la Orden AUC/75/2025, de 20 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión del Premio Bartolomé de las Casas.
Solo podrán presentar candidaturas al Premio las organizaciones indígenas, así como las universidades e instituciones académicas, organizaciones no gubernamentales y de la sociedad civil, y personas e instituciones vinculadas al mundo indígena.
Las personas o entidades ganadoras de convocatorias anteriores no podrán volver a participar como candidatas.
Segundo. Objeto.
Este Premio tiene por finalidad reconocer y promover la labor de aquellas personas físicas, instituciones y organizaciones que hayan destacado, a lo largo del tiempo, en la defensa y protección de los derechos de los pueblos indígenas de América Latina y el Caribe, y en el impulso o acompañamiento a los procesos de desarrollo sostenible liderados por dichos pueblos, y el reconocimiento y divulgación de su riqueza y diversidad cultural.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden AUC/75/2025, de 20 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión del Premio Bartolomé de las Casas, publicada en el BOE nº 25, de 29 de enero de 2025, y a la que se puede acceder en la siguiente URL: https://www.boe.es/eli/es/o/2025/01/20/auc75
Cuarto. Cuantía.
El premio tiene una dotación, en metálico, de cincuenta mil veinte euros (50.020,00€), que podrá ser prorrateado cuando, a juicio del jurado, haya más de un candidato merecedor del premio. Igualmente, el premio podrá ser declarado desierto.
Quinto. Plazo y lugar de presentación de candidaturas.
Las candidaturas y la documentación preceptiva deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la fecha de publicación del presente extracto de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las candidaturas y la documentación preceptiva que acompaña a las mismas podrán presentarse en papel o por medios electrónicos, salvo las personas jurídicas que están obligadas a relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las candidaturas y la documentación preceptiva irán dirigidas a la Dirección de Cooperación con América Latina y el Caribe de la AECID, y podrán presentarse en el registro electrónico, accesible a través de la sede electrónica asociada del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, en el registro de la AECID, y en cualquiera de los restantes lugares previstos en el artículo 16.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
A este respecto, las personas físicas y las entidades extranjeras podrán presentar la documentación requerida en las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero. En ese caso, las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de España recibirán y darán curso a todas estas candidaturas.
Sexto. Otros datos.
En cada candidatura deberá constar el nombre, apellidos, teléfono y demás datos de contacto y dirección de la persona o institución que presenta o apoya la candidatura; documentación acreditativa, en su caso, de la personalidad física o jurídica de la persona o entidad candidata; y un informe lo suficientemente amplio sobre los méritos de la candidatura que permita al Jurado hacer su valoración, preferiblemente junto con las evidencias, documentos o referencias que permitan acreditar y comprobar dichos méritos.
Madrid, 17 de septiembre de 2025.- La Secretaria de Estado de Cooperación Internacional, Eva María Granados Galiano.
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