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Documento BOE-B-2025-37116

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. de información pública del expediente de extinción del aprovechamiento de 0,21 l/s de agua procedente del manantial de Fonte de Cucos, en Angudes, término municipal de Crecente (Pontevedra), con destino a abastecimiento y usos pecuarios. Expediente: A/36/03527/E.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 14 de octubre de 2025, páginas 58919 a 58919 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2025-37116

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, modificado por el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio de 2023, se somete a información pública, por un plazo de UN (1) MES, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual podrá comparecer por escrito cualquier persona, incluido el titular del derecho, que pueda resultar afectada por la extinción del mismo, en el Ayuntamiento de Crecente o en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. (Comisaría de Aguas, Rúa Progreso, 6, 32005, Ourense) o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Expediente: A/36/03527/E

Asunto: Extinción del derecho al aprovechamiento de aguas

Titular: Comunidad Usuarios Abastecimiento Manantial Fonte de Cucos

Nombre del río o corriente: Manantial de Fonte de Cucos

Caudal concedido: 0,21 l/s

Punto localización: Angudes

Término municipal y provincia: Crecente, Pontevedra

Destino: Abastecimiento y usos pecuarios

Título: Resolución de la Confederación Hidrográfica del Norte

Fecha: 18 de febrero de 2002

Registro de Aguas: 11615, Sección A, en el Tomo 0117, hoja número 015

Breve descripción: Extinción del derecho del aprovechamiento de aguas incoado de oficio por este Organismo de cuenca por transcurso del plazo de la concesión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 164 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. No constan servidumbres.

Ourense, 9 de octubre de 2025.- El Comisario Adjunto, Alberto de Anta Montero.

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