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Documento BOE-B-2025-34170

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. de información pública del expediente de extinción de la inscripción en el registro de aguas de un aprovechamiento de aguas captadas mediante un pozo denominado Cutiño, sito en Folgoso-Santiago de Parada, término municipal de A Cañiza (Pontevedra), con destino a uso doméstico y regadío. A/36/04565/E.

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 23 de septiembre de 2025, páginas 54006 a 54006 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2025-34170

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, modificado por el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio de 2023, se somete a información pública, por un plazo de UN (1) MES, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual podrá comparecer por escrito cualquier persona, incluido el titular del derecho, que pueda resultar afectada por la extinción del mismo, en el Ayuntamiento de A Cañiza o en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. (Comisaría de Aguas, Rúa Progreso, 6, 32005, Ourense) o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Expediente: A/36/04565/E

Asunto: Extinción del derecho al aprovechamiento de aguas

Titular: D. José Pérez Diogo

Nombre del río o corriente: Un pozo denominado Cutiño

Punto localización: Folgoso, Santiago de Parada

Término municipal y provincia: A Cañiza, Pontevedra

Destino: Uso doméstico y riego

Título: Resolución de la Confederación Hidrográfica del Norte

Fecha: 11 de enero de 2005

Registro de Aguas: 6715, Sección B, en el Tomo 0068, hoja número 015

Breve descripción: Extinción del derecho del aprovechamiento de aguas iniciado por renuncia del titular de la concesión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 167 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. No constan servidumbres.

Ourense, 18 de septiembre de 2025.- El Comisario Adjunto, Alberto de Anta Montero.

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