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Documento BOE-B-2025-34009

Anuncio del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Andalucía, por el que se somete a información pública la solicitud de Autorización Administrativa Previa y Declaración de Impacto ambiental, del parque eólico "Chiquera" de 52,66 MW, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cádiz. EXPDTE. PEol-930.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 22 de septiembre de 2025, páginas 53753 a 53756 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-B-2025-34009

TEXTO

La solicitud de autorización administrativa previa del proyecto parque eólico "Chiquera" de 52,66 MW, y de su infraestructura de evacuación, ha sido admitida por la Dirección General de Política Energética y Minas.

Las características del proyecto que se somete a información pública se indican a continuación:

- Expediente número: PEol-930.

- Órgano tramitador, a los efectos del trámite de información pública, consultas y notificaciones: Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Andalucía.

- Peticionario: Chiquera Wind, S.L.

- Objeto de la solicitud: Autorización Administrativa Previa y Declaración de Impacto Ambiental.

- Finalidad del proyecto: La generación de energía eléctrica mediante fuentes renovables.

- Términos municipales: Paterna de Rivera (Cádiz), Medina Sidonia (Cádiz), Alcalá de los Gazules (Cádiz), San José del Valle (Cádiz) y Jerez de la Frontera (Cádiz).

Características generales del proyecto:

Ø Parque Eólico Chiquera e infraestructura de evacuación:

· El parque eólico Chiquera de 52,66 MW de potencia instalada, está formado por 9 aerogeneradores. El Parque Eólico Chiquera estará comprendido por 3 módulos (Chido, Chicuela y Chiquillo) que conducirán la generación mediante circuitos subterráneos de media tensión. Los módulos Chido (7,26 MW), Chicuela (6,2 MW) y Chiquillo (39,2 MW) evacuarán en la SE CONCENTRADORA LIMPIZUL 30/132 kV, promovida por Chiquera Wind S.L.. Incluye viales de acceso y obra civil para instalación y mantenimiento.

· Subestación concentradora Limpizul 30/132 kV: Recibirá la energía generada por el parque eólico Chiquera de 52,66 MW de potencia instalada (módulos Chido, Chicuela y Chiquillo), además de la evacuación de otro promotor, por medio de líneas subterráneas de 30 kV. En esta Subestación se elevará la tensión hasta los 132 kV mediante un transformador 30/132 kV de 130 MVA.

· Línea subterránea de alta tensión 132 kV Subestación concentradora Limpizul – Subestación concentradora Jándalo (línea promovida por Chiquera Wind, S.L.). Con origen en la subestación concentradora Limpizul 30/132 kV, conducirá la energía generada por el parque eólico Chiquera, además de la energía generada por otro promotor, a través de simple circuito, una terna, subterráneo 132 kV hasta la subestación concentradora Jándalo 30/132/220 kV. La longitud de la línea subterránea es de 21,22 km.

Ø Infraestructuras de evacuación conjunta:

· Subestación concentradora Jándalo 30/132/220 kV (promovida por Verdial Wind S.L.): Recibirá la energía procedente de la Subestación Concentradora Limpizul 30/132 kV por medio de una línea subterránea de 132 kV, elevando la tensión hasta los 220 kV mediante un transformador 132/220 kV de 170 MVA. También recibirá la energía procedente de la subestación concentradora Ruano 30/132 kV por medio de una línea subterránea de 132 kV y elevará la tensión hasta los 220 kV mediante un transformador 132/220 kV de 200 MVA y la energía procedente de módulos de generación de otros promotores mediante líneas de media tensión de 30 kV. Compuesta por tres transformadores de potencia intemperie con sus elementos de protección y maniobra.

· Línea subterránea de alta tensión 220 kV Subestación concentradora Jándalo – Subestación compensadora La Martelilla (línea promovida por Verdial Wind S.L.): Con origen en la subestación concentradora Jándalo 30/132/220 kV, conducirá la energía generada por el parque eólico Chiquera y otros promotores, a través de una línea subterránea 220 kV de simple circuito hasta la subestación compensadora La Martelilla 220 kV, promovida por el promotor Benbros Solar 1 S.L. La longitud de la línea subterránea será de 21,521 km.

· Subestación compensadora La Martelilla 220 kV (promovida por el promotor Benbros Solar 1 S.L.): La energía generada procedente del parque eólico Chiquera de 52,66 MW de potencia instalada, llegará a la subestación de compensación denominada La Martelilla 220 kV. En esta subestación convergerá la energía de diferentes promotores y contará con cuatro (4) posiciones de entrada de línea, siete (7) posiciones de compensación, dos (2) posiciones de reserva y una (1) posición de línea de salida. La salida se hará de manera subterránea en 220 kV hasta la subestación seccionadora La Martelilla 220 kV, promovida por el promotor Benbros Solar 1 S.L.

· Línea subterránea de alta tensión 220 kV (promovida por el promotor Benbros Solar 1 S.L.): Con origen en la subestación compensadora La Martelilla 220 kV, evacuará la energía del parque eólico Chiquera y la energía de los promotores que convergen en dicha subestación hasta la subestación seccionadora La Martelilla 220 kV a través de un doble circuito en disposición tresbolillo en paralelo. La longitud de la línea subterránea será de 4,9 km.

· Subestación seccionadora La Martelilla 220 kV (promovida por el promotor Benbros Solar 1 S.L.): La energía generada procedente del parque eólico Chiquera de 52,66 MW potencia instalada y la energía de los promotores que convergen en dicha subestación, llegará a la subestación seccionadora La Martelilla 220 kV. Esta subestación contará con dos (2) posiciones de línea de entrada y una (1) posición de línea de salida. La salida se hará a través de una línea aérea en 220 kV hasta la Subestación Cartuja 220 kV propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.

· Línea aérea de alta tensión 220 kV (promovida por el promotor Benbros Solar 1): La energía del parque eólico Chiquera, y la energía de los promotores que convergen en la subestación compensadora La Martelilla 220 kV, evacuará desde la subestación seccionadora La Martelilla 220 kV hasta la Subestación Cartuja 220 kV propiedad de Red Eléctrica de España, S.A. La longitud de la línea aérea será de 0,50 km aproximadamente.

El anteproyecto y estudio de impacto ambiental han de someterse a información pública, debiendo darse traslado a las administraciones públicas y a los organismos afectados, solicitándoles su conformidad, oposición o reparos a las instalaciones proyectadas, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, de acuerdo con lo dispuesto en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la tramitación de la autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución será llevada a cabo por las áreas o, en su caso, dependencias de Industria y Energía de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno de las provincias donde radique la instalación.

El órgano sustantivo competente para resolver las solicitudes de autorización administrativa previa es la Dirección General de Política Energética y Minas y el órgano competente para resolver la declaración de impacto ambiental es la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, ambas pertenecientes al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, correspondiendo al Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Andalucía la tramitación del expediente administrativo correspondiente.

Lo que se hace público para conocimiento general para que, en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, por cualquier interesado pueda ser examinado el proyecto en el Área de Industria y Energía de la Delegación de Gobierno en Andalucía, sita en Plaza de España, torre sur, 2ª Planta. 41013 Sevilla, y para que, en su caso, puedan presentarse, en el referido plazo, por algunos de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones que se consideren oportunas a la instalación proyectada.

A este respecto, de conformidad con el derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, establecidos en el artículo 14 de la citada Ley 39/2015, los proyectos de ejecución estarán accesibles a través del siguiente enlace:

https://mpt.gob.es/portal/delegaciones_gobierno/delegaciones/andalucia/proyectos-ci/procedimientos-informacion-publica/PROCEDIMIENTOS-AUTORIZACION-INSTALACIONES-ELECTRICAS.html

enlace corto:

https://acortar.link/tramites_info_publica_electricidad

y se podrán presentar dichas alegaciones a través del Registro Electrónico de la Administración General del Estado, accesible, con código de órgano EA0040241 - Subdelegación del Gobierno en Sevilla - Área Funcional de Industria y Energía, a través de:

https://reg.redsara.es/

y citando "Alegaciones al procedimiento de tramitación de PEol-930"

Sevilla, 16 de septiembre de 2025.- Director del Área de Industria y Energía, José Manuel Almendros Ulibarri.

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