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Documento BOE-B-2025-33441

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., de información pública sobre extinción del derecho de un aprovechamiento de aguas del rio Cega en el término municipal de Lastras de Cuellar (Segovia) Expediente ED 67/2025.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 19 de septiembre de 2025, páginas 53079 a 53081 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2025-33441

TEXTO

Se hace público, de acuerdo con el artículo 163.3 del Reglamento del DominioPúblico Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, que estaConfederación Hidrográfica del Duero O.A ha iniciado, expediente de extinción delsiguiente aprovechamiento de aguas.

1.- En el Registro de Aguas, de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., Sección A, Tomo 1, Hoja 71, figura la siguiente inscripción relativa a un aprovechamiento de aguas superficiales del río Cega:

Expediente: SG-15-2; Ref Alberca 565/1986; Ref Integra TF-0004/1986

Salto de Garrido-El Ladrón

- nº de inscripción: 10.071

- corriente o acuífero: Rio Cega

- clase y afección: Aprovechamiento Hidroeléctrico (producción de energía eléctrica)

- titular: cega energías s.l., B-40.*****1

- lugar, término municipal y provincia de la toma: Lastras de Cuellar (Segovia)

- caudal máximo (l/s): 6.000

- desnivel máximo y salto bruto (m): 16

- potencia instalada (kW): 500 kw, 185 kw

-título-fecha-autoridad: Real Orden 9-6-1922; transferencia Dirección General 11-3-1957. Transferencia escritura de compraventa de 30-10-1985; Notario D. José Luís Martínez Gil. Transferencia Confederación H. del Duero.26-5-1986. Transferencia. Escritura de constitución de compañía mercantil de responsabilidad limitada 13-12-2000, Notario de Madrid D. Alfonso Ventoso Escribano. Resolución 17-7-2001, Confederación H. del Duero. Resolución de modificación de características de fecha 29 de julio de 2015. Confederación H. del Duero.

- condiciones específicas: Plazo: Hasta el 29 de enero de 2034 (Establecido por resolución de 29/07/2015). Cond. específica (29/7/2015): 2.2.2. El caudal máximo concedido de 6.000 l/s no crea ningún derecho ni para oponerse a las concesiones de aprovechamientos del río Cega o modificación de características de las concesiones existentes en dicho río, aguas arriba de la presa de Garrido, ni a indemnización de ninguna clase aunque produzcan consumo de agua, siempre que tales concesiones o modificación de las existentes realicen el aprovechamiento de las aguas con cargo a las asignaciones y reservas establecidas en los anexos 5.10 y 6.10 del R.D. 478/2013, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Duero. Cond. 2.3.9. Quedan sin efecto las condiciones establecidas en Salto de Garrido: La R.D. de 24-6-1912. la R.D. 9-6-1922 y la resolución de D.G.O.H. 30-4-1957. Salto de El Ladrón y La Ibienza: R.O. 19-4-1910, R.O. 19-1- 1922 y resolución D.G.O.H. 27-6-1968.

- observaciones Constaba inscrito con el nº de registro general 59.759. Tomo 45/175. (Y anteriormente con el Nº Registro General 10.544). Por Real Orden de 24-6-1912 se otorgó a Francisco de Frutos y Melitón Gonzalo; Transferencia a favor de Gregoria de Frutos por Real Orden de 9-6-1922; Transferencia a favor de Juan de Frutos García por resolución de la Dirección General de Obras Hidráulicas de 30-4-1957. Por resolución de transferencia de esta Confederación de 8 de junio de 2001 y su corrección de errores de 17 de julio de 2001 pasó a inscribirse en el Registro de Aguas, Sección A, Tomo 1, Hoja 71, nº 10.071, a favor de Cega Energías, S.L. Expdte.: SG-34, C-1467-SG, SG-15-2 (CI-8404-SG), C-23139-SG. "Salto de Garrido".

Por resolución de modificación de características de 29/07/2015 de Confederación H. del Duero se unifica el Salto de Garrido con el Salto de El Ladrón, pasando a denominarse Salto de Garrido-El Ladrón, con un caudal máximo instantáneo de 6.000 l/s y salto bruto de 16 m, permaneciendo el Salto de La Ibienza (inscrito en el Registro de Aguas, Sección A, Tomo 1, Hoja 72, nº 10.072).

Tramo de río ocupado: cota máximo embalse normal (Aliviadero en coronación de la Presa de Garrido):847. Cota de la lámina de agua en la restitución al río Cega: 831. Distribución temporal anual. Captación: la embocadura hacia el canal de derivación se sitúa en el estribo izquierdo de la Presa de Garrido. Coordenadas UTM ETRS89 (x,y) del Huso 30: (403963, 4570907). Usos industriales para la producción de energía eléctrica. Coordenadas UTM ETRS89 (x,y) del Huso 30: Entrada cámara de carga X: 403936 - Y: 4571072; Salida de turbinas X: 403590 - Y: 4571615; Restitución al cauce del río Cega X: 403559 - Y: 4571675. Expdte.: MC/C-2942/2005-SG. Salto de Garrido-El Ladrón.

2.- El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. propuso en su informe de fecha 29 de julio de 2025 que se iniciara el trámite de extinción por incumplimiento de condiciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.1 del Texto Refundido de la Ley de Aguas aprobado por R.D. 1/ 2001 de 20 de julio. que señala: "Las concesiones podrán declararse caducadas por incumplimiento de cualquiera de las condiciones esenciales…", y en igual sentido se establece en la condición general 2.1.9 de la resolución de modificación de características de la concesión de fecha 29 de julio de 2015 de la Confederación Hidrográfica del Duero.

Del informe emitido por el Área de Régimen de Usuarios se desprende que: se ha incumplido lo establecido en la condición específica 2.2.3 establecida en la resolución de modificación de características de la concesión de fecha 29 de julio de 2015, en la que se señala que "En el plazo máximo de seis (6) meses a contar desde la fecha de la presente Resolución, la sociedad concesionaria deberá presentar ante esta Confederación Hidrográfica del Duero…un proyecto de construcción de las obras e instalaciones (…),

3.- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha 29 de julio de 2025 iniciar el expediente de extinción del derecho del aprovechamiento del que se trata por incumplimiento de condiciones. Este procedimiento se tramita conforme a lo establecido en el artículo 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril).

4.- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de VEINTE DÍAS, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual el titular, y aquellos que tengan condición de interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., -indicando el número de expediente ED-0067/2025 (TR Revisión-Integra), bien a través del Registro Electrónico (obligatorio para personas jurídicas), o por correo, o en cualquier oficina de asistencia en materia de registros de cualquier Administración u Organismo (art. 16 de la Ley 39/2015).

Valladolid, 16 de septiembre de 2025.- Jefe de Area de Régimen de Usuarios, Ana I. Guardo Pérez.

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