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Documento BOE-B-2025-30487

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba, por la que se concede declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto de instalación de generación eléctrica que se indica. (Expte.: RE - 18/020).

Publicado en:
«BOE» núm. 204, de 25 de agosto de 2025, páginas 48120 a 48125 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2025-30487

TEXTO

Visto el escrito de solicitud formulado por ADRIANA ENERGÍA S.L.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 15 de febrero de 2022, la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba concede a favor de la sociedad mercantil ADRIANA ENERGÍA S.L. CIF B90394180, la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la siguiente instalación: planta solar fotovoltaica de 28,8 MWpico (25 MWn) "ALMOD I", el cual incluye una línea subterránea de media tensión (LSMT) de 30 kV y 6,1 km de longitud para evacuación de la energía generada en la planta hasta futura SET 220/30 kV, ubicada en el paraje "Dehesa Reinilla" del término municipal de Guadalcázar y en el término municipal de Almodóvar del Río (Córdoba).

Segundo. Con fecha de 5 de marzo de 2024, la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba concede a favor de la sociedad mercantil ADRIANA ENERGÍA S.L. CIF B90394180, modificación de la Autorización Administrativa de Construcción que modifica la anteriormente concedida mediante Resolución de 15 de febrero de 2022 de la Delegación del Gobierno en Córdoba. Conforme a dicha modificación el proyecto cambia a denominarse: Proyecto de planta solar fotovoltaica de 32,55 MWp/27,50 MWn "ALMOD I", el cual incluye una línea subterránea de media tensión (LSMT) de 30 kV y 6 km de longitud para evacuación de la energía generada en la planta hasta futura SET 220/30 kV, ubicada en el paraje "Molino Alto" del T.M. de Guadalcázar y en el T.M. de Almodóvar del Río (Córdoba)

Tercero. Con fecha de 26 de julio de 2024, la sociedad mercantil ADRIANA ENERGÍA S.L. CIF B90394180, presenta Solicitud de Declaración en concreto de Utilidad Pública y acceso a la información catastral para la relación de bienes afectados, para el proyecto de planta solar fotovoltaica "ALMOD I", ubicada en los TT.MM. de Guadalcázar y Almodóvar del Río (Córdoba) aportando para ello la documentación preceptiva que establece la normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia, en particular la relación de bienes y derechos afectados.

Cuarto. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante, R.D. 1955/2000), se sometió el expediente a información pública la solicitud de declaración en concreto de utilidad pública del proyecto de planta solar fotovoltaica de 32,55 MWp y 27,50 MWn denominada "ALMOD I", situada en paraje Molino Alto, en los términos municipales de Guadalcázar y Almodóvar del Río (Córdoba), que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados, e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.

Las características principales del proyecto son las siguientes:

- Peticionario: Adriana Energía, S.L.

- Proyecto: Planta solar fotovoltaica de 32,55 MWP y 27,50 MW denominada "ALMOD I", en el paraje Molino Alto en TT.MM. de Guadalcázar y Almodóvar del Río (Córdoba).

- Finalidad: Producción de energía eléctrica fotovoltaica.

1. Parque solar fotovoltaica "ALMOD I".

- Ubicación: Paraje Molino Alto, situado a 800 m al suroeste del T.M. de Almodóvar del Río (Córdoba).

- Potencia pico de paneles solares: 32,55 MWp.

- Potencia nominal de inversores: 27,50 MWn.

- Potencia instalada: 27,50 MW.

- Capacidad de acceso en punto de conexión: 25 MW.

- Módulos fotovoltaicos: 59.192 módulos de 550 Wp por unidad.

- Estructura soporte: Módulos con seguidor instalados con el eje de giro en dirección norte-sur con movimiento de giro en dirección este-oeste.

- Tipología estructura:

• Bifila 1V 2x56, 112 módulos FV.

• Bifila 1V 2x28, 56 módulos FV.

• Monofila 1V 1x56.

• Monofila 1V 1x28.

- Se instalan 5 estaciones de potencia de dos potencias distintas: 4 STS de 6.000 kVA y 1 de 3.300 kVA.

- Se instalará un Power Plant Controler, para la limitación de la potencia activa a 25 MW.

- Instalación de media tensión o distribuidora la componen cada uno de los conjuntos inversor/transformador de 2 circuitos de alimentación soterrada en 30 kV.

- Desde centro de seccionamiento parte línea subterránea de 30 kV hasta subestación eléctrica de 220/30 kV denominada Almodóvar Renovables.

2. Infraestructura de evacuación. Línea subterránea de media tensión LSMT.

Línea a 30 kV para evacuación de la energía de la planta que discurre desde el centro de seccionamiento interno de la planta hasta la SET de nueva construcción denominada SET Almodóvar Renovables de 220/30 kV de longitud aproximada de 6,04 km.

3. Punto de conexión. Subestación REE Almodóvar del Río de 220 kV

Insertándose anuncios publicados además en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía en:

• BOJA número 247, de fecha 23 de diciembre de 2024.

• BOP de la provincia de Córdoba número 245, de fecha 26 de diciembre de 2024.

• BOE número 309, de fecha 24 de diciembre de 2024.

• ABC de 18 de diciembre de 2024.

• Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Almodóvar del Río, con certificación expedida el 10 de enero de 2025.

• Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Guadalcázar, con certificación expedida el 17 de enero de 2025.

Durante el período de exposición pública se presentaron alegaciones por parte de D. Lázaro Cuesta Jiménez y Dª Estela Fernández Moreno, de las cuales se han desistido expresamente con fecha 7 de julio de 2025.

De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el citado Título VII del Real Decreto 1955/2000, el peticionario contestó de conformidad a los informes emitidos por Red Eléctrica, ADIF y la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en su calidad de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas en el procedimiento.

Consultado el Servicio de Carreteras de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, dicho Servicio comunica el 13 de diciembre de 2024 que en relación al escrito con fecha de entrada en Registro, 03/12/2024, donde se comunica anuncio por el que se somete a información pública la solicitud de Declaración en Concreto de Utilidad Pública del proyecto de Planta Solar Fotovoltaica de 32,55 MWp y 27,50 MWn denominada "ALMOD I" situada en el paraje Molino Alto, en los TTMM de Guadalcázar y Almódovar del Río (Córdoba), esta Delegación Territorial no tiene nada que alegar en cuanto a afecciones a las zonas de protección de la carretera A-445.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución de acuerdo con lo dispuesto en los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas; en los artículos 49 y 58.2.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía y el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre; así como, en la Orden de 28 de marzo de 2025, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería, cuya disposición quinta delega en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas, en sus respectivos ámbitos «7. En materia de expropiación forzosa, la tramitación y resolución de los procedimientos de expropiación forzosa, en todas sus fases, cuando la expropiación afecte a bienes situados en una sola provincia». Por lo cual, esta resolución se entenderá dictada por la persona titular de la Consejería de Industria,Energía y Minas. Así como, en el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.

Segundo. El expediente ha sido tramitado conforme a la Ley 24/2013 de 26 de diciembre del Sector Eléctrico, el Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa. En cuanto a las alegaciones efectuadas por los interesados en el trámite de información pública, esta Delegación Territorial de conformidad con el artículo 94 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas acepta de plano el desistimiento efectuado, realizado mediante medio que permite su constancia y que incorpora las firmas que correspondan de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable.

Tercero. El artículo 143.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, establece que «La solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública, podrá efectuarse bien de manera simultánea a la solicitud de autorización administrativa y/o de aprobación del proyecto de ejecución, o bien con posterioridad a la obtención de la autorización administrativa».

Cuarto. El artículo 149.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, establece que «La declaración de utilidad pública llevará implícita, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiario en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa».

Quinto. El artículo 54 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, declara de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, cuya declaración, al amparo del artículo 56.1, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa y supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública. Así mismo, conforme al artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, «formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la transformación de energía eléctrica».

Por todo ello, vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho anteriormente expuestos, esta Delegación

RESUELVE

Primero. Declarar, en concreto, de utilidad pública, el Proyecto Planta Solar Fotovoltaica e Infraestructura de Evacuación, correspondiente al proyecto de planta solar fotovoltaica "ALMOD I", ubicada en los TT.MM. de Guadalcázar y Almodóvar del Río (Córdoba) paraje Molino Alto, que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados que constan en la tabla anexa, e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957 adquiriendo la entidad Solar ADRIANA ENERGÍA S.L. CIF B90394180 la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

Segundo. Notificar esta resolución a los interesados en el procedimiento y publicarla en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de conformidad con los artículos 21.2 y 18.2 de la Ley de Expropiación Forzosa. La citada publicación en boletines oficiales servirá como notificación a los efectos del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, respecto a aquellos interesados en el procedimiento que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la notificación no se hubiera podido practicar.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

No obstante, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Delegación Territorial, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS

PLANTA SOLAR FOTOVOLTAICA 32,55 MWp/27,5 MW "ALMOD I"

Nº PARC. S/PROY.

TITULAR

POL. CAT.

PARC CAT.

PARAJE

T.M.

REFERENCIA CATASTRAL

SUPERFICIE CATASTRAL PARCELA m2

SUP. OCUPACIÓN PARCELA m2

OCUP. ACCESO PLANTA m2

2P*

JUNTA DE ANDALUCÍA

12

9514

A-440 LA CARLOTAPALMA

DEL RIO

GUADALCÁZAR

14033A012095140000WM

27.068

-

350

5P*

EXCMO. AYUNTAMIENTO

DE GUADALCÁZAR

12

9004

CAMINO

GUADALCÁZAR

14033A012090040000WO

7.599

-

21

"RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR LÍNEAS SUBTERRÁNEAS DE MT ENTRE ISLAS PSFV 32,55 MWp/27,5 MW "ALMOD I"

Nº PAR. S/PROY.

TITULAR

POL. CAT.

PARC. CAT.

PARAJE

T.M.

REFERENCIA

CATASTRAL

SERVIDUMBRE SUBTERRÁNEA

ARQUETAS

SERV. (ml)

OCUP.

ZANJA (m²)

SERV.

(m²

UD.

ARQUETA

OCUP.

TEMP

2LS*

EXCMO. AYUNTAMIENTO

DE GUADALCÁZAR

12

9004

CAMINO

GUADALCÁZAR

14033A012090040000WO

4

2

5

-

-

20

"RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR LÍNEA SUBTERRÁNEA 30 kV PSFV 32,55 MWp/27,5 MW "ALMOD I" A SE "ALMODOVAR RENOVABLES"

Nº PAR. S/PROY.

TITULAR

POL. CAT.

PARC. CAT.

PARAJE

T.M.

REFERENCIA

CATASTRAL

SERVIDUMBRE SUBTERRÁNEA

ARQUETAS /

CÁMARAS DE

EMPALME

SERV. (ml)

OCUP.

ZANJA (m²)

SERV.

(m²

UD.

OCUP. TEMP.(m2)

3LE

23602138K 30790560T 30512420E 30475568Q

12

4

DEHESA REINILLA

GUADALCÁZAR

14033A012000040000WP

562

225

675

3

CE1, AR1,

AR2

4145

4LE

30060633R

CARLOS HENS DUGO

ANA REYES RUIZ

12

3

DEHESA REINILLA

GUADALCÁZAR

14033A012000030000WQ

362

145

435

1

AR3

2606

5LE*

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE

GUADALCÁZAR

12

9001

CAMINO

GUADALCÁZAR

14033A012090010000WT

7

3

9

-

-

48

7LE*

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE

GUADALCÁZAR

13

9011

CAMINO

GUADALCÁZAR

14033A013090110000WF

7

3

8

-

-

46

12LE*

JUNTA DE ANDALUCÍA

13

9012

A-445 CR POSADAS A

LA CARLOTA

GUADALCÁZAR

14033A013090120000WM

18

7

23

-

-

129

NOTA: Sobre las parcelas del proyecto señaladas con asterisco (*) no procede expropiación.

Córdoba, 19 de julio de 2025.- Delegado Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba, Agustín López Ortiz.

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