De conformidad con lo establecido en los artículos 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (Real Decreto 849/1986, de 11 de abril), la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A. ha acordado iniciar de oficio el expediente de extinción del derecho al uso privativo de las aguas del aprovechamiento de 0,80 l/s de agua del río Ibias en Fondos de Vega, T.M. de Degaña (Asturias), con destino a riego por gravedad del "Prado del Arenal de la Reguera" y del "Prado del Escalón" y, en su caso, posibles servidumbres, por estar incurso en causa de caducidad, cuyos datos registrales se relacionan a continuación:
Titular: Comunidad de Regantes del río Ibias
Nombre de la corriente: río Ibias
Caudal: 0,8 l/s
Término Municipal y Provincia: Degaña (Asturias)
Destino: Riego por gravedad "Prado del Arenal de la Reguera" y "Prado del Escalón"
Título/Fecha/Autoridad: Prescripción/5 de febrero de 1974/Dirección General de Obras Hidráulicas
Inscripción: 57853 del Registro de Aprovechamientos de Aguas Públicas
Lo que se hace público, conforme al artículo 163 del vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, para general conocimiento y por un plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado, a fin de que los que se consideren afectos por la extinción del referido aprovechamiento puedan manifestar lo que consideren conveniente, durante el indicado plazo, ante la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A.
El expediente estará disponible, dentro del plazo indicado, en la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A. (Comisaría de Aguas – Plaza de España nº 2, 33007 Oviedo); así como en el portal de Internet del Organismo (chcantabrico.es), menú Servicios al Ciudadano –Anuncios y publicaciones- BOE.
Oviedo, 23 de enero de 2025.- El Secretario General, P.D. El Jefe de Servicio Técnico (Resolución de 13/09/2017, BOE de 09/10/2017), César López Graña.
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