En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 26 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva (LIIC) se hace público que Gescooperativo SGIIC, S.A., (Sociedad Gestora) ha adoptado, con fecha 17 de junio de 2025, el acuerdo de la fusión por absorción del fondo Rural Rentabilidad Objetivo II, FI (Fondo Absorbido), por el fondo Rural Deuda Pública Corto Plazo, FI (Fondo Absorbente), con disolución y sin liquidación de aquél, y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos al Fondo Absorbente, sucediendo éste último, a título universal, en todos los derechos y obligaciones del Fondo Absorbido.
El Proyecto de Fusión ha sido autorizado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores con fecha 18 de julio de 2025. Dicho Proyecto puede consultarse en la Comisión Nacional del Mercado de Valores y en el domicilio de la Sociedad Gestora.
De conformidad con el artículo 12 segundo párrafo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, y dado que ninguno de los Fondos tiene comisiones de reembolso, los partícipes podrán reembolsar sus participaciones en cualquier momento con valor liquidativo del día de la solicitud. La fusión se ejecutará una vez transcurrido el plazo de cuarenta días desde la fecha del presente anuncio o desde la fecha de la comunicación individualizada a partícipes, si ésta fuera posterior.
Madrid, 21 de julio de 2025.- Presidente de Gescooperativo SGIIC, S.A, Asier Díez Hierro.
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