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Documento BOE-B-2025-27528

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 28 de julio de 2025, páginas 42773 a 42824 (52 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
TRIBUNAL SUPREMO
Referencia:
BOE-B-2025-27528

TEXTO

Listado de recursos de casación admitidos a trámite (artículo 90.7 de la Ley 29/1998).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.7 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en la redacción dada por la Ley Orgánica 7/2015, se acuerda hacer público el listado de recursos de casación admitidos a trámite correspondiente al periodo comprendido entre el 22 de enero de 2025 y el 22 de julio de 2025, con mención sucinta de la norma o normas que serán objeto de interpretación y de la programación para su resolución.

Recursos admitidos por autos de fecha 29 de enero de 2025

Recurso núm. 1841/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14.1, del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, que aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa; 14.1 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales; y 35.1, 38.2 y 221 de la Ley 58/2003, General tributaria

Recurso núm. 9003/2023, 0257/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 TRLHL, tras la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021; y el artículo 38.Uno LOTC.

Recurso núm. 0041/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 13 y 15 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 0122/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 43.1.a), 66, 67.2, 68.2 y 8 y 176 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, y 61.2 y 124.5 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

Recurso núm. 0123/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en relación con los artículos 129 y 130 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Recurso núm. 0362/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 6 y 7 de la Ley 3/2004 la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, el artículo 24 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y el artículo 66.2 párrafo tercero, del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.

Recurso núm. 0409/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 85 TRLRHL; la Nota común 1.ª, las Reglas 6 y 14.ª 1.F) de las Tarifas IAE; y, los artículos 2 y 18.4 del Real Decreto 243/1995.

Recurso núm. 0682/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 24 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones [«LISD»]; 7 del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones [«RISD»]; 689 y siguientes del Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil [«CC»] y 67.1 de la Ley 58/2003, General Tributaria [«LGT»].

Recurso núm. 0787/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 3.1 del Código Civil; 91 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico; y 30.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Recurso núm. 0945/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 48 y 55 ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa [«LJCA»] y 174.5 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria [«LGT»].

Recurso núm. 1141/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 57.1.e) LGT; y, el artículo 158. 3, y el artículo 160, apartados 1, 2 y 3 del RGAT.

Recurso núm. 1143/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 20.6 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones [«LISD»], 4.Ocho.Dos de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio [«LIP»], 27.2 de la Ley 35/2006, de 28 noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas [«LIRPF»] y 5.1 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades [«LIS»].

Recurso núm. 1255/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 31.1, 133.2 y 142 de la Constitución española; los artículos 84, 85, 86, 87 y 134 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; y, la Regla 17.ª del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Recurso núm. 1838/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 214.2; 215 y 220.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Recurso núm. 2815/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 24.1 de la Constitución Española; 8.6 y 80.1.d) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; y 100.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Recurso núm. 3181/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 19 y 36 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Recurso núm. 3219/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 118 y 119.1 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas; el artículo 324 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico; así como el artículo 103 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Recurso núm. 3874/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los arts. 120 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar; artículos 10, 12, 16 del Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas y arts. 2, 4, 5 del Real Decreto nº 71/2019, de 15 de febrero por el que se regulan las pensiones e indemnizaciones del régimen de Clases Pasivas del Estado de los militares de complemento y de los militares profesionales de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal.

Recurso núm. 6013/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9 y 10 del TREBEP; los artículos 63; 64 y 75 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y articulo 14 de la Constitución Española.

Recurso núm. 8005/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 14.1 c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno -LTAIBG- y el artículo 4.2 del Reglamento 1049/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión.

Recursos admitidos por autos de fecha 5 de febrero de 2025

Recurso núm. 8401/2022.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14.1, del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, que aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, «RRVA»; 14.1 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, «LIIEE» y 35.1, 38.2 y 221 de la Ley 58/2003, General tributaria, «LGT».

Recurso núm. 0467/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 216, 219.1 y 221 de la Ley 58/2003, General Tributaria [«LGT»]

Recurso núm. 0937/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 10.3 y 20.1 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.

Recurso núm. 0957/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 13, 15 y 174.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 0961/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 3 del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados [«TRLITPAJD»], y 334.5 del Código Civil [«CC»].

Recurso núm. 0968/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 32.1, párrafo primero, de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Recurso núm. 1025/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 14.2.a) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre.

Recurso núm. 1092/2024, 1107/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 7.p) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre; el Acuerdo entre las Naciones Unidas y el Gobierno del Líbano en relación con el status de la Fuerzas Provisionales de NNUU en tal país; la Sección 19 de la Convención sobre privilegios e inmunidades de los organismos especializados, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 21 de noviembre de 1947; la Sección 18 del artículo V de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas, Nueva York el 13 de febrero de 1946.

Recurso núm. 1142/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 16.1.1º y 2º, primer inciso, en conexión con el artículo 16.4.1º.a) del (TRLIS) para el ejercicio 2014; y, el artículo 18.10, primer inciso, en conexión con el 18.4.a), de la LIS, para el ejercicio 2015.

Recurso núm. 1181/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 141.e) y 217.1, apartados b) y e) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE de 18 de diciembre) [«LGT»]; y, el artículo 89 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto de Sociedades (BOE de 28 de noviembre) [«LIS»].

Recurso núm. 1193/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 20, 24 y 25 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 64 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público.

Recurso núm. 1529/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 31.1.2ª y 3ª de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (LIRPF), en relación con el artículo 3.1.b) de la Orden HAP/2430/2015, de 12 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2016 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Recurso núm. 1601/2024, 2256/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 26.1 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de medidas especiales en materia de salud pública, y el artículo 54 de la Ley 3/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, en relación con la Disposición Adicional Primera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común y su artículo 47.

Recurso núm. 3548/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 49.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Recurso núm. 3916/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 10.1 h) y 6 de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.

Recurso núm. 4058/2024, 4094/2024, 4177/2024, 4222/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 116.3 apartado f), en relación con el artículo 100, del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas [TRLA] y en relación con el artículo 245, del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico [RDPH]; todos ellos, en relación a su vez con el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local [LRBRL] y con el artículo 28 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público [LRJSP].

Recurso núm. 4481/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 68.1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia -LDC- y el artículo 4.6 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Recurso núm. 5828/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 23.3 c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública; la Disposición Derogatoria Única b), la Disposición Final 4.3 y el artículo 40.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como el artículo 15.3 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Recurso núm. 8448/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 5.2 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado.

Recurso núm. 8837/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 283.1 del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores (actual artículo 290.1.d) de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión).

Recursos admitidos por autos de fecha 12 de febrero de 2025

Recurso núm. 9108/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 16 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y 24 del Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.

Recurso núm. 0074/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 237.1 LGT, en conexión con el artículo 55.1 del Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo [«RGRVA»], así como también de los artículos 96.1 RGAT y 70 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas («LPACAP»), en conexión con el principio de buena administración.

Recurso núm. 1078/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 23.2 en relación con el artículo 197.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, vigentes 29.2 y 195.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Recurso núm. 1196/2024, 1208/2024, 1326/2024, 1417/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 20.6 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones [«LISD»], 4.Ocho.Dos de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio [«LIP»], 27.2 de la Ley 35/2006, de 28 noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas [«LIRPF»] y 5.1 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades [«LIS»].

Recurso núm. 1209/2024, 1395/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.3, 18.2 y 24 de la Constitución; el artículo 11 y 267.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio; los artículos 207 y 222 de la Ley 1/2000, de 7 de enero; el artículo 113 y 142 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre; y, el artículo 8.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Recurso núm. 1246/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 32 y 40.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE de 18 de diciembre) [«LGT»]; y, el artículo 14.2.a) del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa. [«RGRVA»].

Recurso núm. 1247/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 57.1.e) LGT; y, el artículo 158. 3, y el artículo 160, apartados 1, 2 y 3 del RGAT.

Recurso núm. 1375/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 TRLHL, tras la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021; y el artículo 38.Uno LOTC.

Recurso núm. 1748/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 222.2 LEC, así como las sentencias del Tribunal Supremo de 13 de octubre de 2021 (RCA 5097/2019), 10 de enero (RCA 3582/2020) y 22 de noviembre de 2022 (RCA 2230/2021).

Recurso núm. 3322/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 84 bis, apartado 3, del Reglamento (CEE) n.º 1408/71, de 14 de junio y artículos 76.6 y 87 bis del citado Reglamento (CE) n.º 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril, y las sentencias del TJUE citadas en la sentencia recurrida y en el escrito de preparación.

Recurso núm. 3615/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 81.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, el art. 22.13 de la Ley Orgánica 3/1980 del Consejo de Estado, todo ello en relación los artículos 2, 3.4 y 55.2 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, art. 2 de la Ley 47/2003 General Presupuestaria y art. 24.1 del Real Decreto Legislativo 2/2011 que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Recurso núm. 3783/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 24 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el artículo 6.3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, puesto en relación con el artículo 18.1 in fine del Decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo 22 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social; todos ellos, a su vez, puestos en relación con el artículo 24 de la Constitución.

Recurso núm. 4069/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 116.3 apartado f), en relación con el artículo 100, del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas [TRLA] y en relación con el artículo 245, del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico [RDPH]; todos ellos, en relación a su vez con el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local [LRBRL] y con el artículo 28 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público [LRJSP].

Recurso núm. 4220/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 116.3 apartado f), en relación con el artículo 100, del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas [TRLA] y en relación con el artículo 245, del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico [RDPH]; todos ellos, en relación a su vez con el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local [LRBRL] y con el artículo 28 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público [LRJSP].

Recurso núm. 4668/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 22.1 del Real Decreto Legislativo 7/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana, y los artículos 6 y 8 de la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental.

Recurso núm. 5478/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el art. 124.3.c) -anterior apartado b)- del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en relación con los arts. 11.2 y 24.1 CE, 17 del Código Civil, 3º a) y 4º LJCA, 21.3 LEC; el Decreto 357/1962, de 22 de febrero, sobre obligatoriedad del Documento Nacional de Identidad en relación con las Órdenes de la Presidencia del Gobierno de 14/03/1970 (Boletín Oficial del Sáhara del día 31/03/1970) y de 04/09/1970 (Boletín Oficial del Estado del día 18/09/1970) y el Decreto n.º 2258/1976, de 10 de agosto, sobre opción por la nacionalidad española de los naturales del Sáhara (Boletín Oficial del Ministerio de Justicia de 28/09/1976). También será objeto de consideración la doctrina de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo recogida en sus sentencias n.º 207/2020 de 29 de mayo (ECLI:ES:TS:2020:1240), n.º 444/2020 de 20 de julio (ECLI:ES:TS:2020:2668), y n.º 681/2021 de 7 de octubre (ECLI:ES:TS:2021:3663).

Recurso núm. 7392/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 38 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, y artículos 18 y 20 del Reglamento (UE) 604/2013 (Reglamento de Dublín) por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida.

Recurso núm. 8560/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 68.3 Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones (LGTel), 3.4.a) de la Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por el que se establece el Código Europeo de las comunicaciones Electrónicas, y 9.3 CE, que regulan los principios de regulación objetiva, transparente, previsible y coherente, proporcionalidad y seguridad jurídica; así como el artículo 37 de la Ley 39/2015, que regula el principio de inderogabilidad singular de las disposiciones generales, en relación con el principio de seguridad jurídica consagrado en el artículo 9.3 CE; el artículo 8.5 de la Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de marzo de 2002, relativa a un marco regulador común de las redes los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva marco); 5.3 de la Directiva 2022/19/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2022, relativa al acceso a las redes de comunicaciones electrónicas y recursos asociados, y a su interconexión (Directiva acceso); 3.4 y 61.5 del Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas; y 68.3 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.

Recurso núm. 9547/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 10.2 Reglamento (UE) nº 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) no 2328/2003, (CE) no 861/2006, (CE) no 1198/2006 y (CE) no 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) no 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, en relación con el artículo 10.1.a); artículo 42 del Reglamento (CE) nº 1005/2008 del Consejo, de 29 de septiembre de 2008, por el que se establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, se modifican los Reglamentos (CEE) nº 2847/93, (CE) nº 1936/2001 y (CE) nº 601/2004, y se derogan los Reglamentos (CE) nº 1093/94 y (CE) nº 1447/1999; artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y artículo 91 de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.

Recursos admitidos por autos de fecha 19 de febrero de 2025

Recurso núm. 5852/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 66 bis y 115 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 1371/2024, 1462/2024, 1464/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 TRLHL, tras la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021; y el artículo 38.Uno LOTC.

Recurso núm. 1490/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 80 LIRPF.

Recurso núm. 1536/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 208.3, 210.4 y 211.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria [«LGT»] y el artículo 25.7 del Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general del régimen sancionador tributario [«RGRST»].

Recurso núm. 1566/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 67.2 y 68.7 (actual apartado 8º) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

Recurso núm. 1671/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 68.1. a) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; y, el art. 87.3.b) del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

Recurso núm. 2075/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 32.2 LRJSP; y los arts. 84, 92, 99, y 115 LIVA.

Recurso núm. 3318/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 105.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, así como el artículo 18.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Recurso núm. 4089/2024, 4164/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 116.3 apartado f), en relación con el artículo 100, del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas [TRLA] y en relación con el artículo 245, del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico [RDPH]; todos ellos, en relación a su vez con el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local [LRBRL] y con el artículo 28 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público [LRJSP].

Recurso núm. 4355/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 79 -apartados 1.a) y 2- y 80 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, en relación con los artículos 18.3 y 100.3 y 77.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 4717/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 67.1 LPACAP, y los artículos 1103, 1968.2 y 1902 del Código Civil.

Recurso núm. 8984/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 129 y 130 LJCA y 82.5 LAC.

Recursos admitidos por autos de fecha 26 de febrero de 2025

Recurso núm. 8628/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 47 (actual artículo 52 bis) del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, en relación con el artículo 25.1 de la Constitución, el artículo 4 del Protocolo n.º 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y artículo 31.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Recurso núm. 0407/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 30 de la L.O. 4/2000, de 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, el artículo 39.7 del Real Decreto 55712011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Recurso núm. 1636/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 45.I.B.12 del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Recurso núm. 1788/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 80, Dos y 89.Cinco de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido; y, el artículo 90.1 de la Directiva 2006/112/CE, del Consejo de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido.

Recurso núm. 1813/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 32 y 120.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; los artículos 10.2 del mismo texto legal y 9.3 de la Constitución Española y los artículos 134.7 de la CE en relación con el art. 40.4 y DF 9ª LIS.

Recurso núm. 1845/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 24 de la LISD; el artículo 69 del RISD; el artículo 689 del Código Civil; el artículo 63 de la Ley del Notariado; y, el artículo 7 LGT.

Recurso núm. 1974/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 33.5.c) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Recurso núm. 2244/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales [«TRLRHL»]; el artículo 100.1 del TRLRHL; y, el artículo 31.1 de la Constitución Española.

Recurso núm. 3191/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 198.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Recurso núm. 3517/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 24 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el artículo 6.3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, puesto en relación con el artículo 18.1 in fine del Decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo 22 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social; todos ellos, a su vez, puestos en relación con el artículo 24 de la Constitución.

Recurso núm. 3959/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la disposición adicional decimocuarta del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con su artículo 50.1.

Recurso núm. 4296/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 12 de la Ley 12/2017, de 6 de julio, de la Arquitectura; el artículo 183 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y el artículo 149.3 de la Constitución Española.

Recurso núm. 4624/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 6.1 a) del Real Decreto 459/2010, de 16 de abril, por el que se regulan las condiciones para el reconocimiento de efectos profesionales a títulos extranjeros de especialista en Ciencias de la Salud, obtenidos en Estados no miembros de la Unión Europea.

Recurso núm. 4927/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el artículo 278 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado de la Marina Mercante; los artículos 1 y 2 del Real Decreto 1055/2002, de 11 de octubre, por el que ese regulan las funciones y la integración en el Cuerpo Especial Facultativo de la Marina Civil; la disposición adicional 4º del Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores y los artículos 1 y 3 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

Recurso núm. 5203/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 17 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en relación con el artículo 5 y la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 480/1995, de 2 de abril por el que se integra en el Régimen General de la Seguridad Social el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios de la Administración Local y con los artículos cuatro y cinco de la ley 11/1960, de 12 de mayo, sobre creación de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local (MUNPAL).

Recurso núm. 5334/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 106.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y artículos 1106, 1108 y 1124 del Código Civil.

Recurso núm. 5434/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 106 de la Constitución Española, los artículos 32, 33.2 y 34.1 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público y el artículo 3.1 y apartado tercero del anexo del Reglamento CE 726/2004, de 31 de marzo.

Recurso núm. 5598/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 124.3.c) -anterior apartado b)- del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, puesto en relación con el artículo 17 y 22 del Código Civil; así como el Decreto 357/1962, de 22 de febrero, sobre obligatoriedad del Documento Nacional de Identidad en relación con las Órdenes de la Presidencia del Gobierno de 14 de marzo de 1970 (Boletín Oficial del Sáhara del día 31/03/1970) y de 4 de septiembre de 1970 (Boletín Oficial del Estado del día 18/09/1970), y el Decreto n.º 2258/1976, de 10 de agosto, sobre opción por la nacionalidad española de los naturales del Sáhara (Boletín Oficial del Ministerio de Justicia de 28/09/1976).

Recurso núm. 9121/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.2.c) y 9.2.h) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), así como el art. 16 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, en relación con el artículo 56 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.

Recurso núm. 9549/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el apartado 5 del artículo 14 de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los Servicios en el Mercado Interior; el apartado e) del artículo 10 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; el apartado 1 del artículo 18 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado; el apartado 2 del artículo 4 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia; y el apartado 4 del artículo 5 de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales.

Recurso núm. 0268/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2.14 del Reglamento (UE) nº 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014.

Recursos admitidos por autos de fecha 05 de marzo de 2025

Recurso núm. 5544/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2 de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, tras la modificación operada por la disposición final segunda de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

Recurso núm. 2014/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: (i) el artículo 24 de la Constitución española; (ii) los artículos 335.1, 336 y 348 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil y (iii) el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes.

Recurso núm. 2040/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 6.4 y 8.3 ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio [«LIRPF»]; el artículo 24.2 ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones [«LISD»]; y los artículos 4 y 47.3 del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones [«RISD»].

Recurso núm. 2056/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 68.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 2060/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 51 del Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos [«TRTCyL»], y los artículos 149.1.22ª, 149.1.23ª y 157.2 de la Constitución española [«CE»].

Recurso núm. 2089/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 167 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria en relación con los artículos 26.1 y 73 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Recurso núm. 2094/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos quinto de la ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal -LPH-; 3.1 y 11.1 del Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario -TRLCI- y 396 y 401 del Código Civil.

Recurso núm. 2111/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 100.1, 102.4 y 103 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales [«TRLHL»]; los artículos 20, 21.1 y 36.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria [«LGT»]; el artículo 123 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos [«RGAIT»] y el artículo 14 del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión administrativa [«RRVA»].

Recurso núm. 4063/2024, 4073/2024, 4077/2024, 4082/2024, 4175/2024, 4218/2024, 4224/2024, 4391/2024, 4437/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 116.3 apartado f), en relación con el artículo 100, del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas [TRLA] y en relación con el artículo 245, del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico [RDPH]; todos ellos, en relación a su vez con el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local [LRBRL] y con el artículo 28 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público [LRJSP].

Recurso núm. 4270/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el art. 32 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con lo dispuesto en el artículo 106.2 de la Constitución Española, así como el artículo 164 del Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, así como el artículo 27 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social.

Recurso núm. 4966/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los arts. 9.3 y 14, 23.2, 24, 103, 106, 117 y 118 de la Constitución española, el artículo 55.2, a) y b) del Estatuto Básico del Empleado Público, los artículos 51 y 110 Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los artículos 4 y 5 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, artículo 6 del Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, art. 25 de la Ley Orgánica de 28 de julio del Régimen del Personal de la Policía Nacional, arts. 207.3, 214 y 218 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y arts. 103 y 109 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y art. 18 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Recurso núm. 5532/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 17 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en relación con el artículo 5 y la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 480/1995, de 2 de abril por el que se integra en el Régimen General de la Seguridad Social el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios de la Administración Local y con los artículos cuatro y cinco de la ley 11/1960, de 12 de mayo, sobre creación de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local (MUNPAL).

Recurso núm. 8658/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 14.1.h) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Recurso núm. 9377/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 149.1.20º CE, 5 de la Ley 21/2023, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, y 2, 3 y 5 del Real Decreto 2858/1981, de 27 de noviembre, sobre calificación de aeropuertos civiles.

Recursos admitidos por autos de fecha 12 de marzo de 2025

Recurso núm. 2272/2023.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 6518/2023.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 7200/2023.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 1019/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 1321/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 1465/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 1888/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 2022/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 2048/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 2190/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 2304/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 2347/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 2409/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 3617/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 4084/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 4086/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 4672/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 5293/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 5294/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 5304/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 6181/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 6351/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 6455/2024.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 0226/2025.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 0575/2025.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 0577/2025.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recurso núm. 0599/2025.- Normas que serán objeto de interpretación:

Recursos admitidos por autos de fecha 19 de marzo de 2025

Recurso núm. 3321/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 6, 33.1, 35, la disposición transitoria novena y la disposición final octava de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en relación con los artículos 35.3 y 58 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.

Recurso núm. 2110/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: son los artículos 29 LJCA y 22 y 23 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE.

Recurso núm. 2417/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 14.1.e) del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo; el artículo 130 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre; el artículo 217 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, en su versión primigenia y el artículo 179.2.d. de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 2441/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 24 de la Constitución; el artículo 217 LGT y el artículo 103 LRHL.

Recurso núm. 2530/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 41.1 y 43.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP); el artículo 115 bis del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Actuaciones y Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria (RGGI); los artículos 2 y 5 del Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, por el que se regulan supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; y, la Orden PRE/878/2010, de 5 de abril, por la que se establece el régimen del sistema de dirección electrónica habilitada.

Recurso núm. 2595/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 10 del Real Decreto 436/2020, de 14 de marzo, y tercero del Real Decreto-Ley 16/1977, de 25 de febrero.

Recurso núm. 2698/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 114 del TRLA y los artículos 7 y 19 de la LTPP.

Recurso núm. 4766/2024, 4959/2024, 5128/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 32.2 LRJSP; y los arts. 84, 92, 99, y 115 LIVA.

Recurso núm. 5035/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 46.3 y 37.b) de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, en relación con los artículos 125, 126 y 128 de Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.

Recurso núm. 5522/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2 de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, tras la modificación operada por la disposición final segunda de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

Recurso núm. 5761/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 6 del Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas, y los artículos 93 y 94 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural. Así como el art. 70 del Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común.

Recurso núm. 6686/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 28 y 30 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y los arts. 10 y 61 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

Recurso núm. 6800/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el art. 14.3 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (RD 240/2007), así como los arts. 19 y 13 CE, sobre el derecho a la libre circulación de los extranjeros residentes en España. También será objeto de consideración la doctrina de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo recogida en sus sentencias n.º 731/2023 de 5 de junio (ECLI:ES:TS:2023:2645); n.º 1404/2023 de 8 de noviembre (ECLI:ES:TS:2023:4948); y n.º 1232/2024, de 9 de julio (ECLI:ES:TS:2024:3841).

Recurso núm. 6997/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 3, 3.bis y 3.ter de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud; y, la resolución de 20 de junio de 2019, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se hicieron públicas las "Recomendaciones para el procedimiento de solicitud, registro y expedición del documento certificativo que acredita a las personas extranjeras que, encontrándose en España, no tengan residencia legal en territorio español, para recibir asistencia sanitaria".

Recurso núm. 7924/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 32.2 LRJSP; y los arts. 84, 92, 99, y 115 LIVA.

Recurso núm. 9425/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 20.5 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 8 del Real Decreto 130/2019 puestos en relación con la disposición adicional primera.2 de la Ley 19/2013, a fin de determinar si en materia de subvenciones existe un régimen específico de acceso a la información y el carácter reservado de dicha información que suponga que se aplique de forma preferente a las previsiones de la ley de transparencia, quedando esta última como regulación supletoria.

Recurso núm. 0123/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.1, 14 y 103.1 CE y el artículo 3 del RD Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Recurso núm. 0541/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el apartado 3 en relación con el apartado 4.b).1º de la Disposición Final Tercera bis de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, introducida por la reforma operada por la Disposición Final Segunda apartado Dos del Real Decreto-ley 17/2019, de 22 de noviembre, en relación con el artículo 25 CE.

Recurso núm. 0578/2025, 0674/2025, 0714/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 129 y 130 LJCA; el artículo 68 y los considerandos 37 y 38 de la Directiva 2013//36/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE; y el artículo 5.1.c) del Reglamento UE 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Recursos admitidos por autos de fecha 26 de marzo de 2025

Recurso núm. 8746/2021, 2297/2022, 4046/2022, 5603/2022, 3828/2023, 3829/2023, 6448/2023, 6759/2023, 7249/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la Directiva 1999/70/CE en particular, las cláusulas 1 y 5 del Acuerdo marco y, en relación con ellas, el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y la Orden ECD/697/2017, de 24 de julio, por la que se regula la formación de listas de aspirantes a desempeñar en régimen de interinidad plazas de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Recurso núm. 8324/2023, 8520/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.3, 18.2 y 24 de la Constitución española; el artículo 11 y 267.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio; los artículos 207 y 222 de la Ley 1/2000, de 7 de enero; el artículo 113 y 142 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre; y, el artículo 8.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Recurso núm. 8461/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: la letra n) de la parte B) del anexo VI, el artículo 36.1 y 37 de la disposición final octava de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental; el artículo 30 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas; el artículo 1.2 d) y 1.2. e), 6, apartados 2, 3, 4 y 7 de la Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente; y los artículos, 33, 47.1.e) y 48.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 0066/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 26.5 LGT, así como el art. 103.2 y 5 LJCA.

Recurso núm. 1118/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 TRLHL, tras la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021; y, el artículo 38.Uno LOTC.

Recurso núm. 2580/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14 y 15 de la Directiva 2003/96/CE, y el artículo 51.2.c) de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, en la redacción dada por la Ley 15/2012, de 27 de diciembre.

Recurso núm. 2664/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 43.1 a) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 2669/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 27.4 y 5 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, en su redacción aplicable al caso, en relación con el artículo 67.1, segundo párrafo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y de la doctrina jurisprudencial, con la que entra en contradicción.

Recurso núm. 2869/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 16.10 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades [«TRLIS»] y los artículos 178 y 183 de la Ley 58/2003, General Tributaria [«LGT»].

Recurso núm. 4053/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 1091, 1124 y 1256 del Código Civil y el artículo 32 y 34 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Recurso núm. 5292/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 116.3 apartado f), en relación con el artículo 100, del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas [TRLA] y en relación con el artículo 245, del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico [RDPH]; todos ellos, en relación a su vez con el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local [LRBRL] y con el artículo 28 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público [LRJSP].

Recurso núm. 5741/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 33, 51 y 52 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y los artículos 61, 69, 70, 74, 110, 111 y 113 del Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas.

Recurso núm. 6058/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 13.2 de la LFEP y 3.2 del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo 1185/2009, de 25 de noviembre, al amparo de la LTAIBG, a fin de determinar si el secreto estadístico justifica la denegación de una petición de acceso a información pública referida a productos fitosanitarios por existir la posibilidad teórica de identificar a la unidad estadística; (ii) Determinar si la aplicación del secreto estadístico del artículo 13.2 LFEP es una potestad discrecional de la Administración y, en caso afirmativo, si el ejercicio de dicha potestad para denegar el acceso a una información pública exige previamente ponderar su aplicación con arreglo a los artículos 14.1 y 14.2 LTAIBG.

Recurso núm. 6679/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 17 y 24 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre; y los artículos 7 y 35.1 del Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 84/1996, de 26 de enero.

Recurso núm. 8812/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 28.2 y 19 CE; el artículo 20, apartados 2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 6.7 del Real Decreto-ley 17/1977 de 4 de marzo sobre relaciones de trabajo.

Recurso núm. 9517/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: (i) los artículos 13.2, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP), y 3.2 del Reglamento (CE) nº 1185/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a las estadísticas de plaguicidas, al amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIBG), a fin de determinar si el secreto estadístico justifica la denegación de una petición de acceso a información pública referida a productos fitosanitarios por existir la posibilidad teórica de identificar a la unidad estadística; (ii) Determinar si la aplicación del secreto estadístico del artículo 13.2 LFEP es una potestad discrecional de la Administración y, en caso afirmativo, si el ejercicio de dicha potestad para denegar el acceso a una información pública exige previamente ponderar su aplicación con arreglo a los artículos 14.1 y 14.2 LTAIBG.

Recurso núm. 0510/2025, 0670/2025, 0747/2025, 0790/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 129 y 130 LJCA; el artículo 68 y los considerandos 37 y 38 de la Directiva 2013//36/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE; y el artículo 5.1.c) del Reglamento UE 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Recurso núm. 0803/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 1.2, párrafo segundo del RDL 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

Recurso núm. 1568/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 1.3 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales.

Recursos admitidos por autos de fecha 2 de abril de 2025

Recurso núm. 4634/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 32.2 LRJSP; y los artículos 84, 92, 99, y 115 LIVA.

Recurso núm. 5545/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la disposición adicional primera de la Orden TED/980/2021, de 20 de septiembre, por la que se modifica el Anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas; los artículos 57 y 61 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad; y el artículo 16 de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

Recurso núm. 6277/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 116.3 apartado f), en relación con el artículo 100, del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas [TRLA] y en relación con el artículo 245, del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico [RDPH]; todos ellos, en relación a su vez con el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local [LRBRL] y con el artículo 28 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público [LRJSP].

Recurso núm. 6571/2024, 6699/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 25.1.b), 58 LPACAP, y 62.1 LPACAP; así como el artículo 3.4 del RD 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

Recurso núm. 7123/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la D.T. 1ª del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, que, a su vez, se remite a la D.T.1ª de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.

Recurso núm. 7925/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 68 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y el artículo 101.3 TFUE.

Recurso núm. 9369/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 40.5 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, a fin de determinar si resulta posible exigir el reintegro de una subvención no sólo a los sucesores universales de un beneficiario obligado al reintegro sino también a los que lo sean a título particular.

Recurso núm. 0761/2025, 0871/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 37.4 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), en relación con el artículo 23 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el artículo 2.1 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia; y el artículo 68.1 LDC, en relación con el artículo 29.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Recurso núm. 0828/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 2.1 y 4 del Real Decreto 908/2013, de 22 de noviembre, por el que se establecen las normas especiales para la concesión de las ayudas extraordinarias a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas.

Recurso núm. 1293/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 129 y 130 LJCA; el artículo 68 y los considerandos 37 y 38 de la Directiva 2013//36/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE; y el artículo 5.1.c) del Reglamento UE 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Recursos admitidos por autos de fecha 9 de abril de 2025

Recurso núm. 7450/2021, 7719/2021, 8911/2021, 2063/2022, 2120/2022, 2161/2022, 2571/2022, 3106/2022, 3199/2022, 4361/2022, 4363/2022, 4453/2022, 4617/2022, 2144/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: las contenidas en la Directiva 1999/70/CE en particular, las cláusulas 1 y 5 del Acuerdo marco y, en relación con ellas, el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y la Orden ECD/697/2017, de 24 de julio, por la que se regula la formación de listas de aspirantes a desempeñar en régimen de interinidad plazas de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Recurso núm. 3041/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 6, 33.1, 35, la disposición transitoria novena y la disposición final octava de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en relación con los artículos 35.3 y 58 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.

Recurso núm. 8051/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la DF 4ª.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, puestos en relación con los artículos 1758 y ss del Código Civil.

Recurso núm. 1791/2024, 2727/2024, 4587/2024, 4591/2024, 5780/2024, 8987/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 31.1, 133.2 y 142 de la Constitución española; los artículos 84, 85, 86, 87 y 134 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; y, la Regla 17.ª del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Recurso núm. 2739/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: El artículo 29 LIRPF, el artículo 11 RGIT y la Orden HAP/2549/2012, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2013 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

Recurso núm. 2743/2024- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 103 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; el artículo 30 del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (TRLITPAJD); y, el artículo 70 del Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Recurso núm. 2786/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 16.1.1º y 2º, primer inciso, en conexión con el artículo 16.4.1º.a) del (TRLIS) para el ejercicio 2014; y, el artículo 18.10, primer inciso, en conexión con el 18.4.a), de la LIS, para el ejercicio 2015.

Recurso núm. 2889/2024, 3071/2024, 3074/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 191.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 2923/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 130 LJCA y la jurisprudencia del Tribunal Supremo que lo interpreta.

Recurso núm. 3133/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 12 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con los artículos 3.1 del Código Civil y 3.1 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, así como el artículo 26 de la Directiva 2003/96/CE del Consejo de 27 de octubre de 2003 por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad y el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y el artículo 120.3 de la Constitución Española, en relación con los previsto en el artículo 267 del TFUE.

Recurso núm. 4078/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 116.3 apartado f), en relación con el artículo 100, del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas [TRLA] y en relación con el artículo 245, del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico [RDPH]; todos ellos, en relación a su vez con el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local [LRBRL] y con el artículo 28 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público [LRJSP].

Recurso núm. 4445/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 87.1 y 4 y 89 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, actuales artículos 102.1 y 6 y 103 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.

Recurso núm. 4955/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 41.3 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, así como los artículos 23 y 27 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones deportivas españolas, y de la doctrina jurisprudencial que analiza el principio de legalidad en relaciones de especial sujeción.

Recurso núm. 4956/2024, 4962/2024, 5785/2024, 6005/2024, 6916/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.3, 14, 23.2, 24, 103, 106, 117 y 118 de la Constitución española, el artículo 55.2, a) y b) del Estatuto Básico del Empleado Público, los artículos 51 y 110 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los artículos 4 y 5 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, el artículo 6 del Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, el artículo 25 de la Ley Orgánica de 28 de julio del Régimen del Personal de la Policía Nacional, los artículos 207.3, 214 y 218 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, los artículos 103 y 109 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y el artículo 18 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Recurso núm. 5122/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 177.3 LPACAP, en relación con los arts. 21, 24.4, 39.1, 70.1., 98, 112, 117.1, 117.4 in fine LPACAP. Además, los arts. 54 y 67.1 LJCA.

Recurso núm. 5145/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 203 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (actual artículo 208 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público) y el artículo 139, regla 4ª del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 5237/2024, 5286/2024, 5289/2024, 5290/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 116.3 apartado f), en relación con el artículo 100, del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas [TRLA] y en relación con el artículo 245, del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico [RDPH]; todos ellos, en relación a su vez con el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local [LRBRL] y con el artículo 28 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público [LRJSP].

Recurso núm. 5912/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 24 de la Constitución Española.

Recurso núm. 7438/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 1.3 y la disposición transitoria segunda de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Recurso núm. 0171/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y los artículos 61.2 y 47 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a fin de determinar el alcance de la excepción establecida en los preceptos referidos en cuanto a la omisión del trámite de audiencia en los procedimientos para la aprobación de las bases reguladoras de subvenciones financiadas con fondos europeos.

Recurso núm. 0895/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 29 y 118.1 párrafo 2º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 30, 37.1.c) y 42.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.

Recurso núm. 1231/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 4.11, 6.1 a) y 7.4 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, a fin de determinar si, a la luz de estos preceptos, puede considerarse libremente prestado el consentimiento otorgado por el cliente de un contrato de cuenta corriente bancaria cuando la obtención de comisiones se condiciona a que se preste el consentimiento para que sus datos sean tratados para otros fines no directamente relacionados con el contrato.

Recurso núm. 1254/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 58 y 70 del Reglamento (CE) 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) nº 1260/1999; el artículo 13 del Reglamento (CE) 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento (CE) nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional; el artículo 41 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea; y los artículos 21.3 y 25.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 1273/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: os artículos 2 y 3 de la Orden FOM/36/2008, así como el artículo 47.1 de la Ley de Procedimiento de las Administraciones Publicas.

Recurso núm. 1788/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 37.4 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), en relación con el artículo 23 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el artículo 2.1 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia; y el artículo 68.1 LDC, en relación con el artículo 29.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Recursos admitidos por autos de fecha 23 de abril de 2025

Recurso núm. 7135/2023, 3040/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 TRLHL, tras la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021; y el artículo 38.Uno LOTC.

Recurso núm. 0851/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la Orden PCM/170/2022, de 9 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de marzo de 2022, por el que se amplía la protección temporal otorgada en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo de 4 de marzo de 2022 a personas afectadas por el conflicto de Ucrania que puedan encontrar refugio en España, en relación con los artículos 4 y 10 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.

Recurso núm. 2480/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: a) con relación a la primera cuestión: arts. 118 CE y 17.2 LOPJ; arts. 69.c), 103,108 y 109 LJCA; art. 9 de la Directiva 92/43/CE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres ("Red Natura 2000"); y, b) con relación a la segunda cuestión: arts. 238.3 y 241.1 LOPJ; arts. 49.1 y 49.3 LJCA; arts. 24.1 y 24.2 CE.

Recurso núm. 2751/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 67.1, 189 y 192 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) y, el artículo 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL).

Recurso núm. 2805/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 27 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 5.Diez y 7.Tres.2 d) de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria; y 37.Dos del Real Decreto 1199/1999, de 9 de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del mercado de tabacos y normativa tributaria, y se regula el estatuto concesional de la red de expendedurías de tabaco y timbre.

Recurso núm. 2910/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 23 y 24 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (BOE de 21 de octubre) [«LOFCA»]; el artículo 9 del Reglamento de la Junta Arbitral de resolución de conflictos en materia de tributos del Estado cedidos a las Comunidades Autónomas, aprobado por Real Decreto 2451/1998, de 13 de noviembre (BOE de 25 de noviembre); los artículos 31.2, 54 y 55 de Ley 22/2009 de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias (BOE de 19 de diciembre); y, los artículos 148 y ss. del Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de junio (BOE de 5 de septiembre).

Recurso núm. 2932/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 191.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 3255/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la disposición adicional 19ª.4 del TRLIS en relación con el artículo 42 del Código de Comercio.

Recurso núm. 3353/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 114 TRLA; la disposición transitoria primera TRLA; y, el artículo 299 RDPH.

Recurso núm. 3515/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 20 a 23 de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, artículos 2.e) y 6.3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita; art. 33.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, todo ello en relación con el artículo 24 de la Constitución española.

Recurso núm. 4366/2024, 6831/2024, 7083/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 24 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el artículo 6.3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, puesto en relación con el artículo 18.1 in fine del Decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo 22 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social; todos ellos, a su vez, puestos en relación con el artículo 24 de la Constitución.

Recurso núm. 5151/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 86 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el artículo 32 y la Disposición adicional vigésima cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Recurso núm. 6606/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 124.3.c) -anterior apartado b)- del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en relación con los arts. 11.2 y 24.1 CE, 17 del Código Civil, 3º a) y 4º LJCA, 21.3 LEC; el Decreto 357/1962, de 22 de febrero, sobre obligatoriedad del Documento Nacional de Identidad en relación con las Órdenes de la Presidencia del Gobierno de 14/03/1970 (Boletín Oficial del Sáhara del día 31/03/1970) y de 04/09/1970 (Boletín Oficial del Estado del día 18/09/1970) y el Decreto n.º 2258/1976, de 10 de agosto, sobre opción por la nacionalidad española de los naturales del Sáhara (Boletín Oficial del Ministerio de Justicia de 28/09/1976). También será objeto de consideración la doctrina de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo recogida en sus sentencias n.º 207/2020 de 29 de mayo (ECLI:ES:TS: 2020:1240), n.º 444/2020 de 20 de julio (ECLI:ES:TS:2020:2668), y n.º 681/2021 de 7 de octubre (ECLI:ES:TS:2021:3663).

Recurso núm. 6759/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 19.1 a) y b) y 32.2 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en relación con los artículos 6.7, 12 y 33 de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.

Recurso núm. 7514/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en los artículos 112.3 y 116 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 1177/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 129 y 130 LJCA; el artículo 68 y los considerandos 37 y 38 de la Directiva 2013//36/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE; y el artículo 5.1.c) del Reglamento UE 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Recurso núm. 1866/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 4.7 y 4.8, 58.2.d) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo de 27 de abril de 2016, Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), en relación con el art. 5.2 y el art. 24.1 RGPD.

Recursos admitidos por autos de fecha 30 de abril de 2025

Recurso núm. 5961/2021, 6694/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: las contenidas en la Directiva 1999/70/CE en particular, las cláusulas 1 y 5 del Acuerdo marco y, en relación con ellas, el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y la Orden ECD/697/2017, de 24 de julio, por la que se regula la formación de listas de aspirantes a desempeñar en régimen de interinidad plazas de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Recurso núm. 2015/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la disposición adicional cuarta y el artículo 11 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, modificada por la disposición final 2.5 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre; el apartado 1 del Anexo I del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización y el artículo 83 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

Recurso núm. 2254/2024, 3039/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 TRLHL, tras la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021; y el artículo 38.Uno LOTC.

Recurso núm. 2632/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 33.3 c) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Recurso núm. 2776/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 29 y 30 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS); los artículos 13, 16 y 24 de la Ley 20/1999, de 19 de diciembre, del Régimen Fiscal de las Cooperativas (LRFC); y, los artículos 58 y 59 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas (LC).

Recurso núm. 2950/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 103, 104, 120, 217.1 y 3, 221.4 de la LGT; y, el artículo 21 de la LPACAP.

Recurso núm. 3021/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, según la redacción dada por la Ley 11/2009.

Recurso núm. 3155/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14 y 15 de la Directiva 2003/96/CE, y el artículo 51.2.c) de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, en la redacción dada por la Ley 15/2012, de 27 de diciembre.

Recurso núm. 3213/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 208.3, 210.4 y 211.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria [«LGT»] y el artículo 25.7 del Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general del régimen sancionador tributario [«RGRST»].

Recurso núm. 3260/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 92.Uno.1º, 92.Dos y 94.Uno.1º a) de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA); y, los artículos 31.1 y 103 de la Constitución española.

Recurso núm. 6297/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas para la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y el art. 6.1 de la Directiva 2011/7, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011.

Recurso núm. 6570/2024, 7119/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la disposición adicional primera de la Orden TED/980/2021, de 20 de septiembre, por la que se modifica el Anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas; los artículos 57 y 61 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad; y el artículo 16 de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

Recurso núm. 6814/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 29 LJCA, así como los artículos 22 y 23 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE).

Recurso núm. 1610/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 47.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en relación con los artículos 82 y 89 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 1741/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 82 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, en relación con el artículo 23.2 de la Constitución Española, y el artículo 7 del Reglamento del Congreso de los Diputados.

Recurso núm. 1941/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Recursos admitidos por autos de fecha 7 de mayo de 2025

Recurso núm. 1595/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas [LPACAP] y 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público [LRJSP], en relación con los artículos 80 y 82 de la LGSS y con los artículos 1 y 8 y ss de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Recurso núm. 2814/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 35, 37 y 102 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, el artículo 24.1 de la Constitución y el artículo 60.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Recurso núm. 3222/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los apartados 1, 2 y 3 del artículo 188 LGT.

Recurso núm. 3233/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 TRLHL, tras la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021; y, el artículo 38.Uno LOTC.

Recurso núm. 3394/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 66, 67.2, 68.2 y 8 y 176 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre.

Recurso núm. 3414/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 150.7 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 3434/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 57, apartados 1 y 5, del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (TRLITP y AJD); los artículos 12 y 14 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT); y, por extensión, resultan también vulnerados, en el sentido de incorrectamente interpretados y aplicados, los preceptos del Código Civil que regulan las instituciones de la resolución, la nulidad y la rescisión.

Recurso núm. 3494/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 23.1.b), 34.1.a) y 35.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (LIRPF); y, los artículos 14 y 40 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero (RIRPF).

Recurso núm. 3498/2024, 3501/2024, 3608/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2.b) de la Directiva 2009/133, de 19 de octubre de 2009.

Recurso núm. 5336/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.

Recurso núm. 5343/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 120.3 de la Constitución y 218.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y el artículo 1.1 y 141.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Recurso núm. 5528/2024, 6359/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 41 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud; 44 y 66 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; 37 y 38 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias; y 40 y 43.e) de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

Recurso núm. 5763/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 6 del Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas, y los artículos 93 y 94 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural. Así como el art. 70 del Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común.

Recurso núm. 6021/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 1964 del Código Civil y 15 de la Ley General Presupuestaria.

Recurso núm. 6215/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 83, 84, 130 y 132 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Recurso núm. 7899/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14 y 23.2 de la Constitución Española; el artículo 22.1. c) de la Ley 3/2017 de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018; el artículo 19 b) de la Ley 14/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2019; el artículo 34.3.2 de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 1990; el artículo 73.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; y el artículo 70.2 del Real Decreto 374/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado.

Recurso núm. 1874/2025, 2135/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 129 y 130 LJCA; el artículo 68 y los considerandos 37 y 38 de la Directiva 2013//36/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE; y el artículo 5.1.c) del Reglamento UE 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Recurso núm. 1924/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: determinar si el art. 2.17 del Real Decreto-Ley 25/2020, de 3 de julio, configura un régimen específico de acceso a la información u otorga a dicha información un carácter reservado que suponga su aplicación preferente sobre las previsiones de la Ley de Transparencia, a los efectos previstos en el apartado 2 de su disposición adicional primera.

Recursos admitidos por autos de fecha 14 de mayo de 2025

Recurso núm. 8616/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 113 y 142.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; y, el artículo 18.2 de la Constitución.

Recurso núm. 3193/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 97.5 y 98.1 del Reglamento de Armas aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, en la redacción dada por el Real Decreto 726/2020, de 4 de agosto.

Recurso núm. 3502/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.3, 18.2 y 24 de la Constitución; el artículo 11 y 267.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio; los artículos 207 y 222 de la Ley 1/2000, de 7 de enero; el artículo 113 y 142 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre; y, el artículo 8.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Recurso núm. 3539/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 12 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con los artículos 3.1 del Código Civil y 3.1 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, así como el artículo 26 de la Directiva 2003/96/CE del Consejo de 27 de octubre de 2003 por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad y el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y el artículo 120.3 de la Constitución Española, en relación con los previsto en el artículo 267 del TFUE.

Recurso núm. 3565/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 4. Ocho. Uno de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio; el artículo 3 del Real Decreto 1704/1999, de 5 de noviembre, por el que se determinan los requisitos y condiciones de las actividades empresariales y profesionales y de las participaciones en entidades para la aplicación de las exenciones correspondientes en el Impuesto sobre el Patrimonio; y, los artículos 15 y 56 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Recurso núm. 3646/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 57 y 134 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 3663/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 33.1 y 67.1 LJCA, en relación con el artículo 24.1 CE y 85.4 LJCA.

Recurso núm. 3725/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el apartado 5 del artículo 99 de la LIRPF y el artículo 23 de la LGT.

Recurso núm. 3763/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 175 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (TRLPEMM); y, el artículo 1 de la Orden FOM/818/2004, de 24 de marzo, de definición de conceptos, condiciones, escalas y criterios para la aplicación de las tasas portuarias y sus bonificaciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general (Orden FOM/818/2004).

Recurso núm. 4070/2024, 4075/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 116.3 apartado f), en relación con el artículo 100, del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas [TRLA] y en relación con el artículo 245, del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico [RDPH]; todos ellos, en relación a su vez con el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local [LRBRL] y con el artículo 28 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público [LRJSP].

Recurso núm. 6329/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la disposición Transitoria Segunda, apartados 1.a). Uno y Dos.1 a 6, y Décima del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Recurso núm. 6728/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 41.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y artículo 1, apartados 1 y 2 del artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

Recurso núm. 6862/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 105.2 LJCA, así como de la Disposición Adicional de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa (LEF), y del artículo 34.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LSP).

Recurso núm. 6970/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 55.1 y 56.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (LSE); de los artículos 115.3, 140.3, 143.2 y. 3, y 149.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; así como el artículo 52 la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Recurso núm. 7117/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 24.1 de la Constitución, en relación con los artículos 51, 78 y 128.1 LJCA; la doctrina de esta Sala expresada en las SSTS n.º 1.262/21, de 25 de octubre, dictada por la Sección Cuarta (RC 1186/2019) y n.º 1105/2022, de 27 de julio, de la Sección Quinta (RC 7727/2020), conforme a la cual "en el procedimiento abreviado, una vez expirado el plazo de subsanación de 10 días concedido por el Juzgado para presentar la demanda sin haberlo hecho, cuando hubiere sido iniciado el procedimiento por un escrito presentado en plazo y el órgano judicial hubiere dictado una resolución declarando la caducidad del plazo para formalizar la demanda, deberá admitir el escrito que la formule si se presenta dentro del día en que se notifica aquella resolución"; y la doctrina del Tribunal Constitucional acerca de la protección del derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de acceso a la jurisdicción, y en concreto, de la vinculación de los órganos judiciales al principio pro actione en su interpretación de los requisitos procesales legalmente previstos para el acceso a la jurisdicción (por todas, STC n.º 157/2007, de 2 de julio).

Recurso núm. 7195/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 28 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, el artículo 17 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil y los artículos 3, 19, 41, 42 y 43 de la Orden General 11, de 23 de diciembre de 2014, por la que se determinan los regímenes de prestación de servicio y la jornada y horario del personal de la Guardia Civil.

Recurso núm. 2015/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: determinar si el artículo 82 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, configura un régimen específico de acceso a la información u otorga a dicha información un carácter reservado que suponga su aplicación preferente sobre las previsiones de la Ley de Transparencia, a los efectos previstos en el apartado 2 de su disposición adicional primera.

Recurso núm. 2298/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 198.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en relación con el artículo 217.2 y 7 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y el artículo 24 de la Constitución; así como el artículo 25.1. b de la Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en relación con el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas para la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y el artículo 1973 del Código Civil.

Recursos admitidos por autos de fecha 21 de mayo de 2025

Recurso núm. 2835/2024, 2837/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 39.3 de la LPACAP, en relación con los artículos 9.3 y 24.1 de la CE, el artículo 27.8 de la Norma Foral 3/2016, de 18 de mayo, del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Histórico de Bizkaia, con disposiciones semejantes a los artículos 29.5 y 30.3 del TRLCI, y el artículo 103.4 de la LJCA.

Recurso núm. 3433/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 6 LOPJ, en relación con los arts. 26.1, 27.2 y 33.2 LJCA y con los artículos 9, 24 y 117 CE; así como la doctrina de esta Sala en su STS, Secc. 2ª, N.º 1304/2021 de 3 de noviembre, rec. 3913/2020 (ECLI:ES:TS:2021:4114), y la STS, Secc. 5ª, N.º 321/2024 de 28 de febrero, rec. 5394/2022 (ECLI:ES:TS:2024:1019).

Recurso núm. 3607/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 TRLHL, tras la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021; y el artículo 38.Uno LOTC.

Recurso núm. 3786/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los apartados 2 y 3 del artículo 162.2 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria.

Recurso núm. 4079/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 25 del Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general del régimen sancionador tributario.

Recurso núm. 4126/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 3.4 de la Directiva 2019/944 y 1.2 de la Directiva 2008/118/CE.

Recurso núm. 5305/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 34, 39 y 40 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; el artículo 12.3 del Real Decreto-Ley 20/2012; los artículos 444 y 496 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en los artículos 82 y 82 bis del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales y el artículo 28 de la Constitución Española.

Recurso núm. 5729/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 22.2 del Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo.

Recurso núm. 6502/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 517.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y la regla decimosexta de la Orden PRE/1417/2003, de 3 de junio, por la que se regulan las retribuciones complementarias por servicios de guardia del personal al servicio de la Administración de Justicia.

Recurso núm. 6667/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la Disposición Adicional 16ª de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental, en relación con la Directiva 2011/92/UE, del Parlamento y del Consejo de 13 de diciembre de 2011 relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente y la Directiva 92/43/CEE, del Consejo de 1 de mayo de 2022 a la que se remite la Directiva 2011/92/UE y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que las interpreta.

Recurso núm. 6952/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 19 y 21 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y los artículo 5.f) y 62 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.

Recurso núm. 7093/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 32.2 LRJSP; y los artículos 84, 92, 99, y 115 LIVA.

Recurso núm. 7634/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 110.5 c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con los artículos 9.3 y 14 de la Constitución Española.

Recurso núm. 7648/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 28.2 de la Ley 40/2015, LRJSP; el artículo 193.3 de Ley 33/2003 LPAP; el artículo 79.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad; y el artículo 77.1 y 2 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

Recurso núm. 9050/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 198.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y el artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas para la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y el artículo 6.1 de la Directiva 2011/7, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011.

Recurso núm. 0726/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 168 y 170.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el artículo 22.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, así como el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Recurso núm. 1206/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 1.2 del Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, en relación con el artículo 3.1.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Recursos admitidos por autos de fecha 28 de mayo de 2025

Recurso núm. 2049/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 335.1, 336 y 348 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC), así como el artículo 13.1.f, 3º del Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Recurso núm. 2832/2024, 2833/2024, 2838/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 39.3 de la LPACAP, en relación con los artículos 9.3 y 24.1 de la CE, el artículo 27.8 de la Norma Foral 3/2016, de 18 de mayo, del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Histórico de Vizcaya, con disposiciones semejantes a los artículos 29.5 y 30.3 del TRLCI, y el artículo 103.4 de la LJCA.

Recurso núm. 3374/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 61 de la LJCA, así como el artículo 49.2 con relación al artículo 55.1 LJCA.

Recurso núm. 3961/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 7.p) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio; el artículo 6 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero; los artículos 2 y 2 del Reglamento (UE) núm. 1024/2013 del Consejo, de 15 de octubre de 2013, que encomienda al Banco Central Europeo tareas específicas respecto de políticas relacionadas con la supervisión prudencial de las entidades de crédito; y, los artículos 2, 3 y 4 del Reglamento (UE) núm. 468/2014 del Banco Central Europeo, de 16 de abril de 2014, por el que se establece el marco de cooperación en el Mecanismo Único de Supervisión entre el Banco Central Europeo y las autoridades nacionales competentes y con las autoridades nacionales designadas (Reglamento Marco del MUS) (BCE/2014/17).

Recurso núm. 4000/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 26.4, 32.2, 240.2 y 221.1.b) LGT.

Recurso núm. 5232/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 37.b) y 46.3 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, artículo 125 y 126 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.

Recurso núm. 5546/2024, 5548/2024, 6050/2024, 6280/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la disposición adicional primera de la Orden TED/980/2021, de 20 de septiembre, por la que se modifica el Anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas; los artículos 57 y 61 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad; y el artículo 16 de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

Recurso núm. 5876/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 2.2.a) y 122.1 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 184 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística.

Recurso núm. 8395/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 19 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, el artículo 106.2 de la Constitución Española, los artículos 32.1 y 2 y el artículo 34 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y los artículos 2, 4 y 5 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, que regula con carácter básico la autonomía del paciente y los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

Recurso núm. 8869/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 3.2 del Reglamento (UE) n.º 343/2003, del Consejo de 18 de febrero de 2003 que establece los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país (el Reglamento "Dublin") y la interpretación que del mismo realiza la sentencia de 21 de enero de 2011 del Tribunal Europeo de Derechos Humanos -TEDH-, Asunto M.S.S. contra Bélgica y Grecia, (n.º demanda 30696/09).

Recurso núm. 2436/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14 y 27 de Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación, 8/1985, de 3 de julio, en especial, arts. 4.1.b), 6.1, 6.3.J), 14 y 23. La Ley Orgánica de Educación 2/2006, de 3 de mayo, artículos l.a.bis), l.b), 2.1.a), 2.2, 2bis.4), 39.S, 81.4, 83 y 108.

Recursos admitidos por autos de fecha 4 de junio de 2025

Recurso núm. 3132/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 150.7 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 4256/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 170.Dos.4º y 171.Uno.4º de la LIVA; y el artículo 35 de la LOTC.

Recurso núm. 4292/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 4 de la Orden 805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras y los artículos 57, 108 y 134 de la LGT.

Recurso núm. 4377/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 29 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades.

Recurso núm. 4425/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 7.p) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio; el artículo 6 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero; los artículos 2 y 2 del Reglamento (UE) n.º 1024/2013 del Consejo, de 15 de octubre de 2013, que encomienda al Banco Central Europeo tareas específicas respecto de políticas relacionadas con la supervisión prudencial de las entidades de crédito; el artículo 1 del Reglamento (UE) 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea); y, el artículo 7 del Reglamento (UE) n.° 806/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2014, por el que se establecen normas uniformes y un procedimiento uniforme para la resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión en el marco de un Mecanismo Único de Resolución y un Fondo Único de Resolución y se modifica el Reglamento (UE) n.° 1093/2010.

Recurso núm. 4486/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos quinto de la ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal; 3.1 y 11.1 del Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario y 396 y 401 del Código Civil.

Recurso núm. 6802/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 4.1 de la Orden ESS/485/2013, de 26 de marzo, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social (actualmente artículo 6.1 de la Orden IMS/903/2020, de 24 de septiembre, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la Administración de la Seguridad Social) y artículo 132.2 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Recurso núm. 7874/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 2.4 de la Orden TFP/153/2021, de 16 de febrero, por la que se regula la valoración de los méritos generales del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, así como el artículo 32.1.d) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, todo ello en relación con el artículo 37 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (actual artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario), así como con el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero o Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.

Recurso núm. 8053/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14 y 79 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, los artículos 178 y 179 del Real Decreto 2038/1975, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Policía Gubernativa, el artículo 67.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas y el artículo 25 de la ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria; además, por analogía, del artículo 23 del Real Decreto 485/1990, de 22 de febrero, por el que se regula el procedimiento a seguir en los expedientes para la declaración de responsabilidad administrativa y resarcimiento por daños a los bienes de los miembros del Instituto de la Guardia Civil.

Recurso núm. 0917/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 28.4 del Reglamento de Defensa de la Competencia, aprobado por Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero, en relación con el artículo 36 de la Ley de Defensa de la Competencia.

Recurso núm. 2262/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 14.1.c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Recurso núm. 3104/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: en determinar si la doctrina fijada en la sentencia del TJUE de 8 de junio de 2023 (C-50/21) -referida la imposibilidad de aplicar automáticamente el límite 1/30 para impedir nuevas licencias de VTC sin una justificación suficiente en los términos establecidos en dicha sentencia-, permite inaplicar el art. 79 quinquies párrafo segundo de la Ley canaria 13/2007, de 2007 de 17 de mayo sin plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE o si por el contrario, dicha previsión está suficientemente justificada en la ley canaria dada la singularidad de dicho territorio y las razones esgrimidas por el legislador canario para establecer dicha limitación.

Recursos admitidos por autos de fecha 11 de junio de 2025

Recurso núm. 2625/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 85 y 86 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Recurso núm. 2824/2024, 4603/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 TRLHL, tras la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021; y el artículo 38.Uno LOTC.

Recurso núm. 3121/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 19.1.b) LJC en relación con los artículos 81.1 y 82 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y 198, 199 y 216.3, g) del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

Recurso núm. 3941/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 67.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con el artículo 1969 del Código Civil y 42.2.a) de la LGT.

Recurso núm. 4161/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 25.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y los artículos 5,10, 19.2, 200.2 y 278 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Recurso núm. 4261/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 32.1, párrafo primero, de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Recurso núm. 4444/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 57 y 134 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 4706/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 7.p) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre; el Acuerdo entre las Naciones Unidas y el Gobierno del Líbano en relación con el status de la Fuerzas Provisionales de NNUU en tal país; la Sección 19 de la Convención sobre privilegios e inmunidades de los organismos especializados, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 21 de noviembre de 1947; la Sección 18 del artículo V de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas, Nueva York el 13 de febrero de 1946.

Recurso núm. 5754/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 197.1.a) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, y 23.2 de la Constitución Española.

Recurso núm. 5994/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 6 bis. 1 c) y la Disposición Adicional 2ª de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la Disposición Adicional 1ª del Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de Bachillerato y el Articulo II del Acuerdo suscrito por el Reino de España con la Santa Sede, de 3 de enero de 1979.

Recurso núm. 6335/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 198.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Recurso núm. 6512/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la Disposición Adicional Tercera, artículos 6 bis, 94 y 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, tras la reforma operada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre; los artículos 3 y 6 del Real Decreto 696/2007, de 1 de junio, por el que se regula la relación laboral de los profesores de religión; y el artículo 9 Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria.

Recurso núm. 6597/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 124.3.c) -anterior apartado b)- del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, puesto en relación con el artículo 17 y 22 del Código Civil.

Recurso núm. 7547/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 302 y 303.1 en relación con el artículo 215 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Recurso núm. 7985/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 32.2 LRJSP; y los artículos 84, 92, 99, y 115 LIVA.

Recurso núm. 8145/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 189, 209, 190, 211.1 f) y g) y 213.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Recurso núm. 8673/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los arts. 9.2 y 14 de la Constitución española, art. 22.4 del Código Civil y los arts. 11 y 14.6 de la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Recurso núm. 8968/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 124.1 del Real Decreto 537/2011 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009 (RLOEX), según la redacción dada por el Real Decreto 629/2022.

Recurso núm. 9117/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 41 y 42 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y los artículos 106 y 110 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

Recurso núm. 9131/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 32.2 LRJSP; y los arts. 84, 92, 99, y 115 LIVA.

Recurso núm. 0036/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en relación con el ya derogado artículo 126.2 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009. Todo ello de acuerdo con el criterio de esta Sala, establecido entre otros en el auto de 2 de noviembre de 2017 (RCA 2827/2017), en el sentido de que la apreciación del interés casacional pasa por constatar que la resolución del litigio sigue presentando interés porque la norma derogada ha sido sustituida por otra que presenta -en cuanto importa- el mismo o similar contenido (aquí, el artículo 128.3 del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social).

Recurso núm. 0295/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 57 del Real Decreto 537/2011 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009 (RLOEX).

Recurso núm. 1175/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el Reglamento (UE) nº 330/2010 de la Comisión, de 20 de abril de 2010, relacionado con artículos 1.3 de LDC y 101.3 del TFUE y las Directrices relativas a las restricciones verticales.

Recurso núm. 1357/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 126 del Real Decreto 557/2011 de veinte de abril, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 4/2000, de Derecho y Libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Recurso núm. 1471/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 129 y 130 LJCA; el artículo 68 y los considerandos 37 y 38 de la Directiva 2013//36/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE; y el artículo 5.1.c) del Reglamento UE 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Recurso núm. 2667/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 22.2 del Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo.

Recurso núm. 3241/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 3, 12, apartados 5 y 6), y 70.2.g), 13, 14.4, 15.1 y 70.2. d) y g) de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, así como los artículos 6, 12.1.A), 26 y Disposición Final 10.a), de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de Creación de la CNMC.

Recursos admitidos por autos de fecha 18 de junio de 2025

Recurso núm. 5201/2022.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 22.2 b), 28 y 34 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), los artículos 17.2, 21, 24 y 73.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (LGP), los artículos 1.089, 1.100 y 1.113 del Código Civil, y los artículos 12.3, 15.2 y 112 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación, en relación con los artículos 84.2.g y 131 del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Recurso núm. 0760/2024, 2442/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la disposición adicional 18ª del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987 de 30 de abril; en el artículo 106 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 28 de la Ley de esta Jurisdicción.

Recurso núm. 3672/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 20. Uno.20 de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Recurso núm. 3843/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 29 LIRPF, el artículo 11 RGIT y la Orden HAP/2549/2012, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2013 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

Recurso núm. 3871/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 4 del Convenio entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la Federación Rusa para evitar la doble imposición, y 9 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Recurso núm. 3937/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 76 a 89, Capítulo VII, Título VII, de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, donde se contiene el régimen de neutralidad fiscal o régimen especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea; así como el artículo 4.8 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.

Recurso núm. 4034/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 TRLHL, tras la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021; y el artículo 38. Uno LOTC.

Recurso núm. 4061/2024, 4601/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 116.3 apartados a), f) y g), en relación con el artículo 100, del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas [TRLA] y en relación con el artículo 245, del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico [RDPH]; todos ellos, en relación a su vez con el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local [LRBRL] y con el artículo 28 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público [LRJSP].

Recurso núm. 4710/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14, 66. c), 67, 68.3 y 120.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) y el artículo 23.1 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (LISD).

Recurso núm. 4890/2024, 4976/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 57 y 134 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 4942/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 216, 219.1 y 221 de la Ley 58/2003, General Tributaria [«LGT»]

Recurso núm. 7007/2024, 7064/2024, 7091/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la disposición adicional decimoctava del texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, en su redacción anterior a la modificación operada por el artículo 2 del Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico, y el artículo 14 de la Constitución Española.

Recurso núm. 7937/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 19 y 21 de la LJCA en relación con los artículos 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; y 80 y 82 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Recurso núm. 9462/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 22.2.b), 29 y 87 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 0785/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 2.1 y 22.3 de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria; y el artículo 18.2 del Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agro-alimentaria.

Recurso núm. 1024/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: determinar si conforme a la Ley 42/1998, de 15 de diciembre, sobre derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico y normas tributaria -actual Ley 4/2012, de 6 de julio, de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio y normas tributarias-, puede entenderse uso y disfrute de vivienda, a efectos de la adjudicación de una vivienda social, la disponibilidad de un alojamiento durante un período determinado cada año.

Recurso núm. 1210/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 21.2 y 3, 25.1.b) y 48.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puestos en relación con los artículos 128 y 129 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Recurso núm. 1925/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 2.17 del Real Decreto-Ley 25/2020, de 3 de julio, configura un régimen específico de acceso a la información u otorga a dicha información un carácter reservado que suponga su aplicación preferente sobre las previsiones de la Ley de Transparencia, a los efectos previstos en el apartado 2 de su disposición adicional primera.

Recurso núm. 3106/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 5, 16 y 17 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM), en relación con el artículo 3.11 de la Ley 17/2009, 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, a fin de determinar si existen razones imperiosas de interés general que justifiquen la exigencia de una titulación específica (en este caso los títulos que habilitan para el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero de Montes e Ingeniero Técnico Forestal) para la elaboración de los documentos técnicos regulados en el Decreto 15/2022, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de aplicación de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.

Recurso núm. 3433/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 11 y 12 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, 3.1 y 27.1 y 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989, en relación con la autorización judicial a la que se refiere el artículo 18.2 de la Constitución.

Recursos admitidos por autos de fecha 25 de junio de 2025

Recurso núm. 3812/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 63, 64 y 65 del TFUE; el artículo 105 de la LGT; y, el artículo 217 de la LEC.

Recurso núm. 3273/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 130 LJCA y la jurisprudencia del Tribunal Supremo que lo interpreta.

Recurso núm. 4105/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, tras la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021; y el artículo 38. Uno Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

Recurso núm. 4143/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 7.p) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio; el artículo 6 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero; los artículos 2 y 2 del Reglamento (UE) n.º 1024/2013 del Consejo, de 15 de octubre de 2013, que encomienda al Banco Central Europeo tareas específicas respecto de políticas relacionadas con la supervisión prudencial de las entidades de crédito; y, los artículos 2, 3 y 4 del Reglamento (UE) n.º 468/2014 del Banco Central Europeo, de 16 de abril de 2014, por el que se establece el marco de cooperación en el Mecanismo Único de Supervisión entre el Banco Central Europeo y las autoridades nacionales competentes y con las autoridades nacionales designadas (Reglamento Marco del MUS) (BCE/2014/17).

Recurso núm. 4380/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 39.3 de la LPACAP, en relación con los artículos 9.3 y 24.1 de la CE, el artículo 27.8 de la Norma Foral 3/2016, de 18 de mayo, del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Histórico de Vizcaya, con disposiciones semejantes a los artículos 29.5 y 30.3 del TRLCI, y el artículo 103.4 de la LJCA.

Recurso núm. 4439/2024, 4671/2024, 4921/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 57 y 134 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 4570/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 140.1 de la Ley 58/2003 General Tributaria; y, el artículo 119.3 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 4578/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 71, apartado 6 y, por su remisión, del Anexo I, apartado 3, de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones (LGTel), aplicable ratione temporis al ejercicio 2016.

Recurso núm. 4605/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 7, letras o) y p) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y el artículo 90 de la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.

Recurso núm. 4817/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 123 apartados 1º y 2º, en relación con el artículo 126.1º, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Recurso núm. 6170/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14.1.h), 14.2 y 22.2 de la Ley 19/2013.

Recurso núm. 6299/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 117.3 y 118 de la Constitución, 18 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículos 103 y 104 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, 35.3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (actual artículo 42 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014).

Recurso núm. 6473/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo. 216.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, (actual artículo 198.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014), en relación con el artículo 2.8 de la Directiva 2011/7, de 16 de febrero de 2011.

Recurso núm. 7916/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 50.5 de la Ley General de Telecomunicaciones.

Recurso núm. 8530/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el art. 133.1 LPACAP.

Recurso núm. 9255/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 123.2 y 124.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los artículos 46,1 y 4 y 74 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y los artículos 19 y 20 de la Ley de Enjuiciamiento Civil; todos ellos, en relación con el artículo 24 de la Constitución.

Recurso núm. 9433/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 19 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, son las contenidas en los artículos: 121 de la Constitución Española (CE); 292 y 293 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ); 109 y 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim).

Recurso núm. 0086/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: determinar si la revisión de las potestades discrecionales de la Administración al elaborar y aprobar un instrumento de ordenación autorizan a examinar las condiciones que se imponen en la legislación en materia de ruidos y su posible afección al acceso a una actividad económica o su ejercicio de conformidad con lo previsto en los artículos 5 y 17 de la ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado. en relación con el artículo 3.11 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Recurso núm. 1555/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 103 y 105 de la de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Recurso núm. 2412/2025, 3386/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 14.1 c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno -LTAIBG- y el artículo 4.2 del Reglamento 1049/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión.

Recurso núm. 3396/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, sobre el carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria excluye la aplicación las previsiones de la Ley de Transparencia a los efectos previstos en el apartado 2 de su disposición adicional primera en relación con las conductas sobre la identidad del funcionario actuante.

Recurso núm. 3538/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 34.1 y 35.1 LJCA, 71.4 LEC, 24 CE.

Recurso núm. 3685/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 23.1 del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.

Recursos admitidos por autos de fecha 2 de julio de 2025

Recurso núm. 7281/2021.- Normas que serán objeto de interpretación: la Orden PCM/170/2022, de 9 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de marzo de 2022, por el que se amplía la protección temporal otorgada en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo de 4 de marzo de 2022 a personas afectadas por el conflicto de Ucrania que puedan encontrar refugio en España, en relación con los artículos 4 y 10 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.

Recurso núm. 0422/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 103, 104, 120, 217.1 y 3, 221.4 de la Ley General Tributaria; y, el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 2012/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Recurso núm. 4260/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 4 de la Orden 805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras y los artículos 57, 108 y 134 de la LGT.

Recurso núm. 4338/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 72.4 y la Disposición Transitoria Decimoquinta del del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), así como la norma 20 del anexo I del Real Decreto 1020/1993, de 25 de junio, por el que se aprueban las normas técnicas de valoración y el cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones para determinar el valor catastral de los bienes inmuebles de naturaleza urbana.

Recurso núm. 4370/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 16 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.

Recurso núm. 4713/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 14, 66. c), 67, 68.3 y 120.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) y el artículo 23.1 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (LISD).

Recurso núm. 5033/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los apartados 2 y 3 del artículo 162.2 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria.

Recurso núm. 5077/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 24.1.a) y 25 del TRLHL; 85 de la LPAP; 64 de la Ley 25/1998, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público; 20.1 de LTPP, así como la jurisprudencia que cita como infringida en su escrito de preparación.

Recurso núm. 5827/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 35.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España, y 190.3 y 4 del RD 557/2011, de 20 de abril por el que se aprueba el reglamento de la citada Ley Orgánica 4/2000.

Recurso núm. 7299/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 33 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, el artículo 32 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017; y la Disposición Adicional 33 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 en relación con el artículo 88 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

Recurso núm. 7488/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 5.2 y 3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, puesto en conexión con el artículo 2 n) y el artículo 3 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, este último en su redacción operada tras la sentencia del Tribunal Constitucional núm. 145/2022, de 15 de noviembre. Asimismo, debe tenerse en cuenta el Auto núm. 4/2023, de 21 de febrero, de la Sala de Conflictos del Tribunal Supremo.

Recurso núm. 3176/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 41 y 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en relación con el artículo 40.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a fin de determinar la incidencia que pueda tener, para poder declarar la responsabilidad subsidiaria, la falta de inscripción en el registro correspondiente del acuerdo del cese de actividades, en este caso del presidente de la Federación Andaluza de Asociaciones de Empresas de Turismo Activo.

Recurso núm. 3310/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 25 y 69 c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con el artículo 95.3 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 3479/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 25.2, 30 y 31 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con el artículo 38 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras.

Recurso núm. 3516/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: determinar si el art. 2.17 del Real Decreto-Ley 25/2020, de 3 de julio, configura un régimen específico de acceso a la información u otorga a dicha información un carácter reservado que suponga su aplicación preferente sobre las previsiones de la Ley de Transparencia, a los efectos previstos en el apartado 2 de su disposición adicional primera.

Recurso núm. 3648/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 14 CE y el artículo 3 del RD Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Recurso núm. 3650/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 34.1 y 35.1 LJCA, 71.4 LEC, 24 CE.

Recursos admitidos por autos de fecha 9 de julio de 2025

Recurso núm. 2346/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 43 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje; los artículos 3 y 24 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (LISD); los artículos 12 y 13 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) y el artículo 7 del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (RISD).

Recurso núm. 3954/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: determinar si el apartado 15 del artículo 17 del Real Decreto-ley 5/2021, por el que se crea el Fondo de recapitalización de empresas afectadas por el COVID-19, configura un régimen específico de acceso a la información u otorga a dicha información un carácter reservado que suponga su aplicación preferente sobre las previsiones de la Ley de Transparencia, a los efectos previstos en el apartado 2 de su disposición adicional primera.

Recurso núm. 4249/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la DF 4ª.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, puestos en relación con los artículos 1758 y ss del Código Civil.

Recurso núm. 4853/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 89. Uno, Dos y Tres, apartado 2º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, así como del artículo 9.3 de la Constitución española (CE).

Recurso núm. 4889/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 4 de la Orden 805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras y los artículos 57, 108 y 134 de la LGT.

Recurso núm. 5026/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 135, apartados 4 y 5 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Recurso núm. 5073/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 26 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa (LJCA), los artículos 24.1.a) y 25 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), el artículo 20.1 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos (LTPP) y los artículos 24.1, 31 y 106.1 de la Constitución española.

Recurso núm. 5161/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 21 y 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).

Recurso núm. 5927/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 6.1.e) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), en relación con la Disposición adicional 23ª de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación; el artículo 33.3 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales; y la Disposición Adicional 23ª de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Recurso núm. 7244/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 22.1 del Real Decreto Legislativo 7/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana, y los artículos 6 y 8 de la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental.

Recurso núm. 7338/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 99.1 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, actual artículo 198 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; los artículos 3.1, 5 y 7 de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Recurso núm. 7488/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 5.2 y 3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, puesto en conexión con el artículo 2 n) y el artículo 3 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, este último en su redacción operada tras la sentencia del Tribunal Constitucional núm. 145/2022, de 15 de noviembre. Asimismo, debe tenerse en cuenta el Auto núm. 4/2023, de 21 de febrero, de la Sala de Conflictos del Tribunal Supremo.

Recurso núm. 0547/2025, 1307/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 32.2 LRJSP; y los arts. 84, 92, 99, y 115 LIVA.

Recurso núm. 0665/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 67, puesto en relación con el artículo 94, ambos de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 3050/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 5.4 de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales.

Recurso núm. 4006/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 29 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19, y el artículo 2.4.h) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Recurso núm. 4325/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 129 y 130 LJCA; el artículo 68 y los considerandos 37 y 38 de la Directiva 2013//36/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE; y el artículo 5.1.c) del Reglamento UE 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Recursos admitidos por autos de fecha 16 de julio de 2025

Recurso núm. 0458/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 33.1 y. 3 de la Constitución, los artículos 6.2, 16.1 y. 2, 17, y 27.2 en relación con el 23.1.c) y e), todos de la Ley 38/2015, del Sector Ferroviario, los artículos 26.2 y. 3, 2.1, 29.1 y. 2, 30.1, 30.2.d), 31.2, 32.1 y 33 del Real Decreto 2378/2004, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario, el artículo 30.5 del Real Decreto 1044/2013, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial ADIF-AV, así como el derogado artículo 118 del Real Decreto 2378/2004, del Reglamento del Sector Ferroviario, hoy artículo 153 del Real Decreto 929/2020, sobre seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias.

Recurso núm. 8405/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: el art. 180.1 LGT, actual art. 251.2 último inciso LGT.

Recurso núm. 1112/2024, 2184/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 7.p) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre; el Acuerdo entre las Naciones Unidas y el Gobierno del Líbano en relación con el status de la Fuerzas Provisionales de NNUU en tal país; la Sección 19 de la Convención sobre privilegios e inmunidades de los organismos especializados, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 21 de noviembre de 1947; la Sección 18 del artículo V de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas, Nueva York el 13 de febrero de 1946.

Recurso núm. 3834/2024, 4424/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 6, 7.2, 21 y 23 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita y art. 33.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, todo ello en relación con el artículo 24 de la Constitución Española

Recurso núm. 4773/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 81.1.a), 81.2.a), y 85.10 LJCA de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Recurso núm. 5130/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 104, apartados 1 y 4, de la LGT y el artículo 134, apartados 1 y 3, de la misma ley.

Recurso núm. 5139/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 7.2.C) del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Recurso núm. 5181/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 25, 26 y 39 de la LGT y los artículos 1.023 y 1.033 del Código civil.

Recurso núm. 5197/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: la Disposición Transitoria Undécima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades y los artículos 14, 24 y 120.3 de la Constitución Española.

Recurso núm. 5308/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 219.1, 221.3 y 216.c de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Recurso núm. 5506/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 1.a) y b) de la Directiva 2001/23/CE, el artículo 2.b) y c) de la Directiva 2009/133/CE, el artículo 83 del TRLIS, el artículo 25 de la Constitución española y el artículo 195.1 de la LGT.

Recurso núm. 5553/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 24.1.a) y 25 del TRLHL; 85 de la LPAP; 64 de la Ley 25/1998, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público; 20.1 de LTPP, así como la jurisprudencia que cita como infringida en su escrito de preparación.

Recurso núm. 0232/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: la Disposición Final Tercera bis de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, a fin de determinar si la misma es aplicable a aquellas instalaciones que han sido objeto de procedimientos arbitrales, aunque el titular actual no haya sido parte en dichos procedimientos, y si la rentabilidad en ella regulada se asigna a la instalación en sí o al titular de la instalación.

Recurso núm. 0619/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 46.d) del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009. Asimismo, indicar que esta disposición es similar al vigente artículo 61.2.a) Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. También será objeto de consideración la doctrina de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo recogida en sus sentencias de 22/03/2012, rec. 299/2010 (ECLI:ES:TS:2012:1859) y de 22/03/2012, rec. 2260/2010 (ECLI:ES:TS:2012:2061).

Recurso núm. 1771/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 2.a de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, 24.3 del Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional, y 35 y 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso núm. 3452/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: el artículo 3.2 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19. en relación con el artículo 19.3 Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Recurso núm. 3751/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 9.1 y 2 y 14 CE y el artículo 3 del RD Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Recurso núm. 4044/2025.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 30.1, 30.2.j), l) y t) y 33.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y 59 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Madrid, 22 de julio de 2025.- Letrada de la Administracion de Justicia, Aurelia Lorente Lamarca.

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