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Documento BOE-B-2025-26541

Anuncio del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Cantabria de información pública respecto a la solicitud de autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental del anteproyecto del parque eólico Benavieja, de 86,8 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Santa María de Cayón, Penagos, Liérganes, Villaescusa y El Astillero, en la Comunidad Autónoma de Cantabria, promovido por la empresa Araste SPV 2021, S.L.U.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 14 de julio de 2025, páginas 40781 a 40784 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-B-2025-26541

TEXTO

Araste SPV 2021, S.L.U. ha procedido a iniciar los trámites preceptivos al objeto de que le sea concedida la autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental del anteproyecto de instalación de generación de energía eólica denominado parque eólico Benavieja, sus accesos y su infraestructura eléctrica de evacuación.

La puesta en funcionamiento de las instalaciones de producción de energía eléctrica está sometida al régimen de autorizaciones establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector eléctrico y en sus disposiciones de desarrollo. Así mismo, la citada instalación se encuentra sometida al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria definido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, para la formulación de la Declaración de Impacto Ambiental.

El Órgano sustantivo competente para resolver la solicitud de la autorización administrativa previa es la Dirección General de Política Energética y Minas y el Órgano competente para resolver sobre la declaración de impacto ambiental es la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, ambas pertenecientes al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, correspondiendo a este Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Cantabria la tramitación del expediente administrativo.

Por consiguiente, a los efectos de lo previsto en el citado artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, así como en el artículo 124 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la solicitud que se detalla a continuación:

Expediente nº: PEol-947

Peticionario: ARASTE SPV 2021, S.L.U., con N.I.F. B06918353, y domicilio social en la calle Méndez Álvaro, nº 44, Madrid, Código Postal 28045.

Objeto de la petición: Solicitud de autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental para promover una instalación de producción de energía eólica de 86,8 MW de potencia, denominada parque eólico Benavieja, así como sus accesos y su infraestructura eléctrica de evacuación.

Dicha instalación estará configurada, por una parte, por los aerogeneradores del parque y sus líneas a 30 kV hasta una Subestación Colectora Elevadora (SCE) dentro del propio parque, Subestación Colectora-Elevadora 220/30 kV "Benavieja".

Y, por otra parte, por un conjunto de infraestructuras energéticas, que podrían ser compartidas con otros promotores, y que van a transportar la energía producida hasta la actual red nacional, en concreto;

- La citada Subestación Colectora Elevadora 220/30 kV "Benavieja", en la que se recoge la energía generada por el parque y se eleva su tensión a 220 kV para la correspondiente evacuación, disponiendo de suficiente capacidad y espacio de reserva de ampliación futura para permitir la incorporación de otros promotores de la zona.

- La línea de evacuación de esta energía; Línea mixta (aéreo-subterránea) a 220 kV, que unirá la SCE con una subestación anexa a la actual subestación de Astillero.

- Subestación eléctrica Anexa a SE Astillero 220 kV (SE Anexa 220 kV)

- Línea subterránea 220 kV, que enlaza la SE Anexa 220 kV con la existente subestación de Astillero a 220 kV, propiedad de REE, punto de conexión con la red nacional de transporte de energía eléctrica.

Términos municipales afectados: Santa María de Cayón, Penagos, Liérganes, Villaescusa y El Astillero

Características generales de la instalación de generación

Emplazamiento y configuración: El área de implantación del parque eólico Benavieja se localiza, principalmente, en los parajes conocidos como Barrio de Cotornedo, La Plazona, Monte Sotorrio, Pico Lamaría, Campo La Espina, La Piedra, La Raposera, El Cuadrante, La Crespa, Pico Pindio, Rascanio, Alto del Seluco, La Tejera, Maserón y Labarda, afectando a los términos municipales de Santa María de Cayón, Penagos y Liérganes, y estará configurado por 14 aerogeneradores cuya posición en coordenadas UTM - ETRS89, Huso 30N - se indican a continuación:

AEROGENERADOR

COORDENADAS UTM ETRS89 (HUSO 30)

Cota Centro Aerogenerador

Potencia Nominal Unitaria

X (m)

Y (m)

(m.s.n.m.)

(MW)

BNV01

437.249

4.798.647

315,37

6,22

BNV02

437.003

4.797.901

365,55

6,22

BNV03

436.681

4.797.240

419,72

6,22

BNV04

437.625

4.796.833

441,36

6,22

BNV05

437.088

4.796.763

470,08

6,22

BNV06

436.647

4.795.640

444,10

6,22

BNV07

436.900

4.794.399

623,28

6,22

BNV08

436.076

4.794.038

593,69

6,22

BNV09

435.649

4.794.112

566,86

6,22

BNV10

435.294

4.794.368

544,52

6,22

BNV11

435.314

4.795.553

370,09

5,94

BNV12

434.089

4.795.423

376,30

6,22

BNV13

434.014

4.796.119

322,94

6,22

BNV14

433.601

4.795.293

383,08

6,22

Número de aerogeneradores: 14

Tipo Aerogenerador: Nordex N175 6.X o similar

Potencia unitaria: 6,22 MW, excepto el aerogenerador BNV11, con 5,94 MW

Potencia total instalada: 86,8 MW

Diámetro del rotor: 175 metros

Altura de torre: 112 metros

Altura del aerogenerador a punta de pala: 199,5 metros

En el interior de cada aerogenerador se instalará un centro de transformación que elevará el voltaje de la energía producida en baja tensión hasta los 30 kV para su transporte en subterráneo hasta la Subestación Colectora Elevadora 220/30 kV "Benavieja". Así mismo, el parque consta de una red de puesta a tierra, una red de comunicaciones para su operación y control, un conjunto de viales de acceso a sus diferentes infraestructuras y tres torres meteorológicas para la correcta evaluación del recurso eólico.

Subestación Colectora Elevadora 220/30 kV "Benavieja"

Localizada en los términos municipales de Liérganes y Penagos - sitio de La Serna -, esta subestación va a recibir la energía producida por el parque, mediante siete circuitos subterráneos a 30 kV, elevando su tensión a 220 kV para el transporte. Su diseño ha sido planteado de manera que permita la incorporación de otros promotores futuros, por lo que incluye tanto infraestructuras individuales para cada proyecto, como previsiones para aquellas que serán comunes a todos los promotores que se puedan incorporar y que, a su vez, permitirán el uso de una única línea de transmisión en doble circuito para la evacuación conjunta de potencia hacia la SE Anexa 220 kV, en Astillero.

Su potencia nominal es de 120 MVA y su relación de transformación, 30/220 kV, con transformador de baño de aceite y preparado para servicio en intemperie. Se dispondrá adicionalmente de espacio suficiente para la instalación de tres transformadores adicionales en caso de incorporarse otros promotores más adelante.

Características básicas de la línea aéreo-subterránea a 220 kV, SCE "Benavieja" - SE Anexa Astillero 220 kV

Esta línea mixta (aéreo-subterránea) de 220 kV tiene su origen en la subestación del parque, Subestación "Benavieja", y final en la Subestación eléctrica Anexa a la existente subestación de Astillero 220 kV, y consta de un doble circuito con capacidad suficiente para transportar hasta 353,56 MW por cada circuito, lo cual permite, al igual que en la SCE "Benavieja", la evacuación de la energía generada por futuras incorporaciones de otros promotores.

Su trazado va a discurrir por los términos municipales de Liérganes, Penagos, Santa María de Cayón, Villaescusa y El Astillero, y se configura mediante seis tramos diferenciados, tres de ellos en aéreo sobre apoyos metálicos de celosía - con un total de 42 apoyos y una longitud total de unos 12,1 km -, y otros tres tramos en subterráneo, cuyas longitudes suman 6,9 kilómetros.

Subestación eléctrica Anexa a SE Astillero 220 kV (SE Anexa 220 kV)

En las proximidades de la actual subestación de Astillero se dispondrá de una subestación anexa para compartir el punto de conexión con el actual operador asignado y con otros promotores con el mismo punto de conexión asignado. Esta infraestructura se configura en edificación cerrada, mediante tecnología tipo GIS para 220 kV y celdas metálicas para media tensión, y se une con la subestación de Astillero 220 kV mediante una línea subterránea de 250 metros de longitud, ejecutada en zanja subterránea con conductores unipolares aislados XLPE 127/220 kV y con sección de 630 mm2.

La subestación incluirá también un área destinada a la instalación de un transformador elevador 220/30 kV de 120 MVA en un nicho con cerramiento de protección para no causar ningún tipo de peligro hacia el exterior.

Estudio de Impacto Ambiental: La evaluación ambiental del parque Eólico Benavieja, junto con sus infraestructuras de evacuación, se encuentra recogida en el documento ambiental denominado Estudio de Impacto Ambiental del Parque Eólico Benavieja y su infraestructura de evacuación, cuyo trámite de información pública se inicia con el presente anuncio, conforme lo establecido en el citado artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Presupuesto:

El presupuesto asciende a 105.391.782,08 € (CIENTO CINCO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS euros con OCHO céntimos de euro

Lo que se hace público para conocimiento general y para que cuantos interesados lo deseen puedan presentar por escrito, en el Registro General de esta Delegación del Gobierno en Cantabria o en las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta días a partir del siguiente a su publicación, significando que, a estos efectos, pueden consultar el anteproyecto de la instalación así como su Estudio de Impacto Ambiental en nuestras oficinas de Santander, calle Calvo Sotelo nº 25, primera planta, solicitando la correspondiente cita al teléfono 942 99 90 50, o en la siguiente sede electrónica:

https://run.gob.es/dxoProyectosIndustriaCantabria

Santander, 3 de julio de 2025.- Director del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Cantabria, Alfredo Diego Granado.

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