En el expediente instado por Antonio Julián Pons Boscá e Isabel Soler Calatayud sobre concesión de aguas superficiales a derivar del Barranc del Raboser en el término municipal de Bélgida (Valencia), con un volumen máximo anual de 33.164 m³/año y un caudal máximo instantáneo de 3,00 l/s, con destino a riego de 6,54 ha sitas en los términos municipal de Bélgida, El Palomar y Atzeneta d´Albaida (Valencia) se ha resuelto favorablemente con arreglo a las condiciones impuestas por esta Confederación Hidrográfica del Júcar, autorizando dicha legalización en el expediente referencia 2021CR0016.
Lo que de orden de su Presidencia se hace público en cumplimiento de las disposiciones vigentes.
Valencia, 16 de junio de 2025.- Jefe del Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico, José Antonio Soria Vidal.
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