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Documento BOE-B-2025-22893

Anuncio de la Delegación de Economía y Hacienda de Alicante, sobre acuerdo de caducidad en procedimiento de declaración administrativa de heredero abintestato a favor de la Administración General del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 18 de junio de 2025, páginas 34853 a 34853 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2025-22893

TEXTO

En atención a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 20 bis. 6 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, con fecha 11 de junio de 2025, el Subdirector General de Patrimonio, por delegación del Director General de Patrimonio (Res. 27/07/2015, BOE 05/08/2015) ha dictado el siguiente acuerdo de caducidad:

"Con fecha 15 de diciembre de 2023 se procedió a incoar por el Delegado de Economía y Hacienda en Alicante expediente para la declaración administrativa de herencia abintestato a favor de la Administración General del Estado de ROSA RUZAFA MIRA, publicándose el referido acuerdo en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de última residencia del causante y en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública, siendo instruido de conformidad con los artículos 20.6 y 20 bis de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP), y en los artículos 4 y siguientes de su Reglamento General, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto.

De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 20 bis.6 de la LPAP, el procedimiento de abintestato ha incurrido en caducidad al haber transcurrido el plazo de un año desde que se acordó su inicio.

Por todo lo expuesto, esta Dirección General acuerda:

1º.- Declarar la caducidad del procedimiento incoado el 15 de diciembre de 2023 para reconocer a la Administración General del Estado como heredera abintestato ROSA RUZAFA MIRA en aplicación del artículo 20 bis.6 LPAP, por haberse agotado el plazo de un año para la resolución del procedimiento, pudiendo volverse a incoar un nuevo procedimiento en el que, además de efectuarse el trámite de las publicaciones previstas en la ley, se incorporarán los actos y documentos cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse producido la caducidad.

2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado y en los demás medios en los que se publicó el acuerdo de incoación, de conformidad con lo previsto en apartado 7 del artículo 20.bis de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, debiendo comunicarse además personalmente a los interesados en el expediente y, en su caso, al denunciante".

Conforme a lo dispuesto en artículo 20 bis.7 de la LPAP, se ordena la publicación de este acuerdo en Boletín Oficial del Estado.

Alicante, 13 de junio de 2025.- El Delegado de Economía y Hacienda, P.S. El Secretario General, José Antonio Martínez Motos.

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