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Documento BOE-B-2025-19521

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias sobre resolución del Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se aprueba el expediente de Información Pública y Definitivamente el Proyecto de Trazado "Estabilización del talud en la Autovía A-8, calzada derecha, entre los pp.kk. 392+600 y 392+700. Provincia de Asturias" de clave: 38-O-6540.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 28 de mayo de 2025, páginas 29656 a 29657 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-B-2025-19521

TEXTO

Por Resolución de 19 de mayo de 2025, el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por delegación del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, conforme a la Orden TMA/1007/2021, modificada por la Orden TMA/355/2023; DA quinta RD 253/2024) ha resuelto:

"1. APROBAR el Expediente de Información Pública y, definitivamente, el proyecto de trazado "Estabilización del talud en la Autovía A-8, calzada derecha, entre los pp.kk. 392+600 y 392+700. Provincia de Asturias" con un Presupuesto Base de Licitación estimado (IVA incluido) de 784.703,67 €, con las siguientes prescripciones que son resultado de la admisión de alegaciones presentadas en el procedimiento de información pública y que deberán incluirse en el proyecto de construcción a redactar:

1.1. En relación con las alegaciones presentadas por la Consejería de Movilidad, Cooperación Local y Gestión de Emergencias del Principado de Asturias:

1.1.1. Las cunetas de borde de calzada existentes en la carretera AS-326 Tabaza – Somonte, se mantendrán durante la ejecución de los trabajos definidos en el proyecto, añadiendo las unidades de reperfilado de los tramos de esta que actualmente no cumplan la sección hidráulica por aterramientos, así como la ejecución de un nuevo tramo de cuneta en dicha carretera.

1.1.2. En caso de que fuera necesario la ejecución de un paso salvacunetas, el diámetro interior del tubo a colocar sería como mínimo de 30 centímetros.

1.1.3. En el Anejo nº 19 "Soluciones al tráfico durante la ejecución de las obras" se definirán la señalización y balizamiento oportunos para realizar los desvíos necesarios y que todos ellos cumplan con la vigente instrucción 8.3 - IC "Señalización de Obras" y con el Código de la Circulación y resto de disposiciones legales vigentes aplicables.

1.1.4. Los sistemas de contención de vehículos a instalar para proteger los elementos o situaciones potenciales de riesgo deberán tener el marcado CE y cumplir la vigente Orden Circular 35/2014 sobre Criterios de Aplicación de Sistemas Contención de Vehículos.

2. ORDENAR que se redacte un proyecto de construcción de forma que se cumplimenten las prescripciones expuestas anteriormente.

3. Dado que en la resolución de aprobación provisional del Proyecto de Trazado se declaró la urgencia del proyecto a los fines de expropiación de los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y en la reposición de servicios afectados, la presente aprobación definitiva del proyecto de trazado implica la urgencia a los fines de expropiación, en virtud del artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras.

Por consiguiente, en aplicación del artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, SE ORDENA a la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias la incoación del expediente de expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, teniendo en cuenta, en su caso, lo indicado en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, modificado por la Ley 11/1996, de 27 de diciembre.

4. que la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5. ORDENAR que la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado."

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Lo que comunico para su general conocimiento.

Oviedo, 23 de mayo de 2025.- La Ingeniera Jefa de la Demarcación, Mireya Muñoz Herrero.

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