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Documento BOE-B-2024-47793

Anuncio de Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A. sobre solicitud de una concesión de aguas superficiales en el T.M. de Cordobilla de Lácara (Badajoz). Conc. 14/24.

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 31 de diciembre de 2024, páginas 75239 a 75240 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2024-47793

TEXTO

D. Juan Manuel Iglesias Carrillo, en representación de la Mancomunidad Integral Lácara Los Baldíos, solicita de la Confederación Hidrográfica del Guadiana concesión de un aprovechamiento de aguas superficiales, en el término municipal de Cordobilla de Lácara (Badajoz).

La finalidad del aprovechamiento es el abastecimiento a las poblaciones de La Roca de la Sierra, Puebla de Obando, La Nava de Santiago, Carmonita y Cordobilla de Lácara, todas ellas de la provincia de Badajoz, y a Rincón de Ballesteros, Entidad Local Menor de Cáceres, en la provincia de Cáceres.

- El caudal máximo instantáneo es de 19,47 l/s.

- El volumen máximo anual es:

Término Municipal

Volumen (m³/año)

Carmonita

56.721

Cordobilla de Lácara

91.761

La Nava de Santiago

99.536

Puebla de Obando

198.852

La Roca de la Sierra

157.242

Rincón de Ballesteros

9.855

TOTAL

613.967

- Las aguas serán captadas del Embalse de Horno Tejero (Río Lácara), en el siguiente punto de toma:

Coordenadas UTM (ETRS89): X: 721.999, Y: 4.336.892; Huso 29.

Las obras descritas en la documentación presentada son las siguientes:

La captación en el embalse se llevará a cabo mediante toma flotante constituida por dos bombas sumergidas de 7,5 CV (1+1), que impulsarán las aguas a través de una tubería de 150 mm de diámetro a la ETAP Lácara con una capacidad de tratamiento de 2.592 m³/día, situada en Cordobilla de Lácara. Una vez tratadas las aguas, se bombearán a través de dos bombas de 2,2 Kw c/u hasta el depósito de regulación de la ETAP con una capacidad de 1.200 m³, de dos vasos y con estructura circular. Desde el depósito de regulación de la ETAP se impulsan las aguas a dos depósitos de regulación, denominados Mancomunados 1 y 2 respectivamente, desde estos depósitos, por gravedad, se distribuye el agua a las distintas poblaciones.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el R.D. 849/1986, de 11 de abril, modificado por el artículo 53 del Real Decreto 665/2023 de 18 de julio, a fin de que, en el plazo de veinte días, contado a partir de la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", los que tengan la condición de interesados puedan examinar el expediente y documentos técnicos tanto en el portal de internet del organismo de cuenca como por medios electrónicos o físicos, previa solicitud, para aquellos documentos que no puedan publicarse en el portal de internet del organismo de cuenca, a donde deberán dirigir por escrito las alegaciones pertinentes, por los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dentro del mismo plazo.

Badajoz, 26 de diciembre de 2024.- La Comisaria de Aguas, María Hayas López.

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