Está Vd. en

Documento BOE-B-2024-47200

Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Dirección General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León por la que se da continuidad al procedimiento y se hace pública la solicitud de modificación normal del pliego de condiciones de la indicación geográfica protegida (IGP) «Morcilla de Burgos».

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 24 de diciembre de 2024, páginas 74199 a 74200 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-B-2024-47200

TEXTO

Vista la solicitud de modificación normal del pliego de condiciones de la IGP «Morcilla de Burgos», presentada con fecha 29 de octubre de 2024 por la Asociación IGP Morcilla de Burgos, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 10 y 18 del Decreto 50/2018, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León.

Revisada la solicitud y la documentación aportada, y comprobado que se cumplen los requisitos y condiciones para continuar su tramitación.

Teniendo en cuenta que el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, establece en su artículo 24, apartado 9, que las modificaciones normales serán evaluadas y aprobadas por los Estados miembros o los terceros países en cuyo territorio se encuentre la zona geográfica del producto del que se trate, y comunicadas a la Comisión.

Considerando que el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, aplicable también a las solicitudes de registro o de modificación presentadas ante el órgano competente de las comunidades autónomas, dispone en el artículo 8.6 que: Si la resolución de la solicitud es favorable, al objeto de dar publicidad a la misma y, en su caso, iniciar el procedimiento nacional de oposición, se publicará dicha resolución en el "Boletín Oficial del Estado" por parte de la autoridad competente. La resolución publicando la solicitud en el "Boletín Oficial del Estado" deberá incluir la dirección de la página web oficial, donde se encontrarán, el pliego de condiciones y el documento único del producto. Atendiendo, asimismo, a lo establecido en el artículo 10 de este mismo Real Decreto, según el cual el plazo para la presentación de las declaraciones de oposición ha de ser de dos meses.

Habiendo sido verificado que la modificación propuesta del pliego de condiciones es una modificación menor en el sentido establecido en la normativa comunitaria, actualmente llamada modificación normal, e implica cambios en su documento único, conforme a lo establecido en el artículo 18 del Decreto 50/2018, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León, facultándose al Instituto Tecnológica Agrario de Castilla y León para proceder a publicar la solicitud e iniciar el trámite de oposición nacional.

En virtud de las funciones y facultades atribuidas al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León en materia de calidad alimentaria por los artículos 2, 3 y 18 de la Ley 7/2002, de 3 de mayo, de creación del Instituto, por el artículo 12.2 del Reglamento del Instituto aprobado por Decreto 121/2002 y por el artículo 41 de la Ley 8/2005, de 10 de junio, de la Viña y del Vino de Castilla y León,

RESUELVO:

Primero.- Continuar el procedimiento para la tramitación de la solicitud de modificación normal del pliego de condiciones de la IGP «Morcilla de Burgos», presentada por la Asociación IGP Morcilla de Burgos el 29 de octubre de 2024, una vez comprobado que se cumplen los requisitos y condiciones establecidos en el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 668/2014 de la Comisión, de 13 de junio de 2014, y el Decreto 50/2018, de 20 de diciembre, así como en el resto de normativa aplicable.

Segundo.- Dar publicidad a la presente resolución ordenando la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la solicitud de modificación normal del pliego de condiciones de la IGP «Morcilla de Burgos», y, al objeto de iniciar el procedimiento nacional de oposición, incluir la dirección de la página web oficial donde se encuentra el pliego de condiciones y el documento único modificados; todo ello conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre.

En el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, cualquier persona, física o jurídica, que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos intereses considere afectados, puede oponerse a la solicitud de modificación mediante la presentación de la correspondiente declaración de oposición dirigida a la Dirección General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, en carretera de Burgos Km. 119, finca Zamadueñas, 47071 Valladolid.

El pliego de condiciones y el documento único modificados pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica:

https://www.itacyl.es/web/guest/calidad-diferenciada/dop-e-igp/listado-dop-agroalimentarias

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Política Agraria Comunitaria y Desarrollo Rural, conforme al artículo 121 de la ley 39/2015, a contar desde el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Valladolid, 18 de diciembre de 2024.- Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, Rafael Sáez González.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid