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Documento BOE-B-2024-47190

Extracto de la Resolución de 19 de diciembre de 2024 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se aprueba la publicación de la Convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo de proyectos aprobados en el marco del programa LIFE en el ámbito de la biodiversidad y para el fomento de la digitalización del conocimiento del patrimonio natural.

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 24 de diciembre de 2024, páginas 74176 a 74178 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2024-47190

TEXTO

BDNS(Identif.):804448

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/804448)

Primero.- Beneficiarios. 

1. En función de la línea de ayudas se diferenciarán las entidades que podrán obtener la condición de beneficiarias para estas subvenciones.  

2. Para la línea de apoyo a proyectos del programa LIFE:  

a) Entidades y organizaciones privadas sin ánimo de lucro, que según sus estatutos o normativa que los regule realicen actividades de I+D+i o generen conocimiento científico o tecnológico. 

b) Organismos públicos de investigación. 

c) Universidades públicas. 

3. No podrán presentarse a la línea de apoyo a proyectos del programa LIFE, las entidades que coordinen o participen en proyectos LIFE en los que la Fundación Biodiversidad también forme parte.  

4. Para la línea de digitalización: 

a) Entidades y organizaciones privadas sin ánimo de lucro, que según sus estatutos o normativa que los regule realicen actividades de I+D+i o generen conocimiento científico o tecnológico.  

Segundo.- Objeto. 

El objeto de esta convocatoria es cofinanciar actuaciones con las que se contribuirá, a través del conocimiento científico, a la conservación del patrimonio natural, de conformidad con lo establecido en los planes y estrategias del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, especialmente en lo referido en el Plan estratégico estatal del patrimonio natural y de la biodiversidad a 2030. 

La línea de ayudas de apoyo a proyectos del programa LIFE contribuirá a la financiación de proyectos aprobados por la Comisión Europea. Con el apoyo a estos proyectos se favorecerá la implementación de las líneas de actuación prioritarias sobre protección y conservación de la naturaleza, recuperación y restauración de ecosistemas y reducción de amenazas para el patrimonio natural y la biodiversidad del Plan estratégico estatal del patrimonio natural y de la biodiversidad a 2030.  

Los proyectos de la línea de ayudas de digitalización permitirán alcanzar un mayor conocimiento de los elementos del patrimonio natural, para contribuir a fundamentar la toma de decisiones, a gestionar de forma más eficaz y eficiente y a difundir el conocimiento, a través de información abierta, fácil de encontrar, interoperable, accesible y reutilizable (de acuerdo con los principios FAIR). Con el apoyo a estos proyectos se favorecerá la implementación de la línea de actuación prioritaria de mejora del conocimiento sobre el patrimonio natural y la biodiversidad del Plan estratégico estatal del patrimonio natural y de la biodiversidad a 2030.  

Tercero.- Bases reguladoras. 

Orden TED/818/2021, de 12 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de la investigación y actividades que contribuyan a la transición ecológica, a la conservación del patrimonio natural y a hacer frente al cambio climático. 

Cuarto.- Dotación y plazo de ejecución de los proyectos. 

La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 8.000.000,000 euros, repartida en dos líneas de ayuda: 

a) Apoyo a proyectos del programa LIFE, con una dotación máxima de 5.500.000,00 €. 

b) Apoyo a la digitalización, con una dotación máxima de 2.500.000,00 €. 

En el caso en el que no se conceda la dotación máxima en alguna de las dos líneas de ayuda, el remanente se podrá mover a la otra línea de ayuda e incrementar su dotación inicial.  

En ambas líneas el mínimo de ayuda a solicitar será de 50.000,00 € y el máximo de 300.000,00 € por proyecto. 

En el caso de la línea de apoyo a los proyectos del programa LIFE, el comienzo de los proyectos podrá ser a partir del 1 de enero de 2024 y tendrán una duración máxima hasta el 30 de septiembre de 2027, prórrogas incluidas.  

En el caso de la línea de apoyo a la digitalización, el comienzo de los proyectos comenzará a partir de la fecha de publicación de la resolución de la convocatoria y tendrán una duración máxima hasta el 30 de septiembre de 2027, prórrogas incluidas.  

El porcentaje máximo de subvención será del 80% en las dos líneas. 

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. 

El plazo de presentación de solicitudes comenzará desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, hasta el 13 de marzo de 2025, inclusive, en los términos y condiciones especificados en la Orden TED/818/2021, de 12 de julio. 

Sexto.- Otros datos. 

El texto completo de la convocatoria, así como el resto de la información relevante del proceso estará publicado en la página web de la Fundación Biodiversidad, www.fundacion-biodiversidad.es. 

Madrid, 19 de diciembre de 2024.- Elena Pita Domínguez - Directora de la Fundación Biodiversidad, F.S.P.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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