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Ha sido admitida la desvinculación al comprobarse que reúnen los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de desvinculación fue formulada por D. Francisco Miguel Fernández Rodriguez mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2024/002543.
La Ejecutiva del SINDICATO ANDALUZ DE BOMBEROS celebrada el 25 de mayo de 2024 decidió por unanimidad su desvinculación de la UNION DE POLICIAS LOCALES Y BOMBEROS DE ESPAÑA. El acta está suscrita por D. Gonzalo Córdoba Gallego en calidad de Secretario de Administración con el visto bueno del Secretario General D. Miguel Sánchez Martín. La desvinculación fue comunicada a la UNION DE POLICIAS LOCALES Y BOMBEROS DE ESPAÑA con fecha 19 de septiembre de 2024.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Madrid, 17 de octubre de 2024, La Directora General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 502/2024, de 21 de mayo y Orden TES/167/2022, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre) El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.
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