Está Vd. en

Documento BOE-B-2024-12797

Extracto de la Resolución de 8 de abril de 2024, de la Dirección de la Fundación Biodiversidad F.S.P., por la que se aprueba la publicación de la convocatoria de ayudas, para el impulso de la economía circular en el sector textil, de la moda y confección y del calzado, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para el año 2024.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 9 de abril de 2024, páginas 18817 a 18818 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2024-12797

TEXTO

BDNS(Identif.):753040

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/753040)

Primero. - Entidades beneficiarias.

Podrán adquirir la condición de entidades beneficiarias alguna de las siguientes:

Las personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica propia. No podrán acogerse a las ayudas, las entidades sin ánimo de lucro a excepción de las entidades de economía social, conforme a lo señalado en el apartado b).

Las entidades de economía social definidas en el artículo 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social. Estas entidades no podrán formar parte del sector público y deberán estar incorporadas en el registro correspondiente que les resulte aplicable según su forma jurídica y su ámbito de actividad económica, ya sea estatal o autonómico.

Las agrupaciones de las anteriores siempre que estén participadas por, al menos, una PYME, start-up o entidad de economía social que cumpla con los requisitos del apartado b), sin necesidad de que dichas agrupaciones dispongan de personalidad jurídica propia diferente de las entidades que las compongan. Las personas jurídicas integrantes de la agrupación tendrán igualmente la consideración de beneficiarias, debiendo atenerse a las previsiones contenidas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo.- Objeto.

El objeto de esta convocatoria es apoyar proyectos que contribuyan de forma sustancial a mejorar la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales del sector del textil y de la moda, mejorando la competitividad e innovación del tejido industrial en el marco de una economía circular.

Las ayudas que se financien con cargo a esta convocatoria para el año 2024 se enmarcan en la línea de acción 1: «Actuaciones sobre sectores clave de la economía española» del PERTE EC y en la inversión C12.I5 «Régimen de subvenciones en apoyo de la economía circular» del Componente 12 «Política Industrial de España 2030», de la segunda fase del PRTR, del Gobierno de España, conforme a la Adenda aprobada por la Comisión Europea, con fecha 2 de octubre de 2023, y de acuerdo con la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en adelante MRR.

Quedan incluidos dentro del objeto de esta convocatoria los proyectos dirigidos a los productos detallados en el Anexo I de la convocatoria en cualquiera de los estados del proceso productivo ("bruto", "semielaborado", "elaborado", "semimanufacturado", "manufacturado", "semiconfeccionado" o "confeccionado"); así como a sus materias primas, productos intermedios y residuos.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden TED/167/2024, de 20 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras, para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para el impulso de la economía circular en los sectores del textil y la moda y del plástico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Cuarto.- Dotación.

La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 97.500.000 €. El importe mínimo de las ayudas concedidas por proyecto y entidad será de 100.000 € y el máximo de 10.000.000 €.

En el caso de los estudios de viabilidad y en los proyectos de digitalización la ayuda máxima por proyecto será de 5.000.000 €

Ninguna de las entidades beneficiarias podrá recibir más de 10.000.000 € por convocatoria, independientemente del número de proyectos que ejecute en cada una de ellas.

Para los proyectos presentados por una agrupación el importe mínimo a recibir por cada una de las entidades que la forman deberá ser, como mínimo, de 100.000 € de ayuda.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación será de dos meses desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en los términos y condiciones especificados en las bases reguladoras y en la convocatoria.

Sexto.- Otros datos.

El texto completo de la convocatoria, así como el resto de la información relevante del proceso estará publicado en la página web de la Fundación Biodiversidad, www.fundacion-biodiversidad.es

Madrid, 8 de abril de 2024.- Elena Pita Domínguez Directora de la Fundación Biodiversidad, F.S.P.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid