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Documento BOE-B-2023-9288

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia por el que se publica la Resolución del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el Proyecto de trazado: "Autovía Ourense – Lugo (A-56). Tramo: Ourense – enlace de Cambeo. Provincia de Ourense. Clave: T2-OR-4340.

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 30 de marzo de 2023, páginas 14620 a 14621 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2023-9288

TEXTO

La Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, P.D. en el Secretario General de Infraestructuras (OM TMA/1007/2021, modificada por la OM TMA/221/2022), con fecha 6 de marzo de 2023 ha resuelto:

1. "Aprobar el Expediente de Información Pública y definitivamente el Proyecto de Trazado "Autovía Ourense - Lugo (A-56). Tramo: Ourense - Enlace de Cambeo", de clave T2-OR-4340, con las siguientes prescripciones:

1.1. Se revisará y subsanará el Anejo de Expropiaciones con el fin de componer una relación de afectados veraz y completa, considerando las alegaciones efectuadas relativas a modificaciones de superficies, bienes valorables en ellas o naturaleza y usos de las mismas, así como las referentes a la titularidad de las fincas, siempre que se hayan demostrado fehacientemente las titularidades y éstas estén inscritas en los registros oficiales, incluido el Catastro, sin perjuicio de las verificaciones pertinentes en el momento de levantamiento de Actas Previas.

1.2. Durante el procedimiento expropiatorio se estudiará si procede la expropiación total de las fincas cuyos propietarios lo han solicitado, de acuerdo a la legislación vigente.

1.3. El Proyecto de Construcción tendrá en cuenta los artículos 127 a 132 del Reglamento General de Carreteras de Galicia aprobado por Decreto 66/2016, de 26 de mayo, y la Orden de 23 de mayo de 2019 por la que se regulan los accesos en las carreteras de Galicia, en la definición de las conexiones a la carretera OU-0529 en el enlace de Coles.

1.4. En el Proyecto de Construcción se incluirá la reposición de los servicios indicados por el Concello de Coles en su informe de fecha 31 de agosto de 2022.

1.5. Se repondrá el acceso a las fincas 32.0026-1111 y 32.0026-1118 y se estudiará la posibilidad de mantener el acceso existente a la finca n° 32.0026-0913.

1.6. Durante el procedimiento expropiatorio, se buscará la mejor solución que permita continuar con la actividad desarrollada en la finca n° 32.0026-0993, en la que se fabrican y almacenan artículos pirotécnicos. Asimismo, se deberá recabar el informe de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, en cuanto a las modificaciones a realizar.

1.7. En el Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto de Construcción se tendrá en cuenta la existencia de la pirotecnia de cara a evaluar el riesgo y establecer las medidas de prevención durante la ejecución de las obras en esa zona.

1.8. Durante la redacción del Proyecto de Construcción se realizará un estudio de ruido que, conforme al Informe de Impacto Ambiental formulado por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, de fecha 24 de marzo de 2017, se remitirá a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Xunta de Galicia y a la Subdirección General de Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

2. De acuerdo con la Resolución de aprobación provisional de 18 de julio de 2022 (B.O.E. de 29 de julio), y conforme a lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, modificada por Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, la aprobación definitiva del Proyecto de Trazado implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres.

3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia que:

3.1. Notifique la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, dará una respuesta razonada a los alegantes, que podrá ser común para todas aquellas alegaciones que planteen cuestiones sustancialmente iguales, en cumplimiento del artículo 83 de la misma Ley.

3.2. Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

A Coruña, 27 de marzo de 2023.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Ángel González del Río.

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