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Documento BOE-B-2023-8270

Extracto de la Resolución de 16 de marzo de 2023 de la Dirección de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. por la que se convoca la Segunda Edición de los Premios a la mejor Invención protegida mediante derechos de propiedad industrial

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 22 de marzo de 2023, páginas 12932 a 12933 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-B-2023-8270

TEXTO

BDNS(Identif.):682610

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/682610)

Primero. Beneficiarios.

Podrá ser beneficiario del premio el inventor/a persona física, de nacionalidad española o residencia legal en España, que figure como tal en una solicitud de patente o modelo de utilidad nacionales que no reivindique prioridad extranjera, concedidos por la OEPM, al amparo de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, en el año 2021, debiendo estar al corriente de los pagos de las tasas pertinentes.

En el caso de que una invención tuviera varios inventores o inventoras, sólo se podrá presentar candidatura a favor de uno de ellos. En el caso de que se presentasen dos o más candidaturas relativas a una misma invención, solo se admitirá la primera solicitud recibida en el registro.

Las candidaturas podrán ser presentadas por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, siempre y cuando se haga referencia a una patente o modelo de utilidad concedida en los términos establecidos en la presente convocatoria.

La persona solicitante de la candidatura podrá ser el propio inventor o inventora o bien otra persona física o jurídica.

Segundo. Objeto.

Convocar la Segunda Edición de los Premios a la Mejor Invención Protegida mediante Derechos de Propiedad Industrial, creados por la Orden ICT/861/2021, de 3 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de los Premios a la Mejor Invención Protegida mediante Derechos de Propiedad Industrial.  

La finalidad de estos premios es distinguir la protección de resultados de investigación mediante patentes y modelos de utilidad concedidos en el año 2021.

Tercero. Bases Reguladoras.

Orden ICT/861/2021, de 3 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de los premios a la mejor invención protegida mediante derechos de propiedad industrial por la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/08/09/pdfs/BOE-A-2021-13659.pdf

Cuarto. Cuantía.

Los premios que se convocan están divididos en las siguientes categorías:

-          Mejor Patente (categoría absoluta). Dotación económica: 4.000 euros.

-          Mejor Patente de inventor/a joven (menos de 40 años en la fecha de presentación de la solicitud). Dotación económica: 4.000 euros.

-          Mejor Patente de una mujer inventora. Dotación económica: 4.000 euros.

-          Mejor Modelo de Utilidad (categoría absoluta). Dotación económica: 2.500 euros.

-          Mejor Modelo de utilidad de inventor/a joven (menos de 40 años en la fecha de presentación de la solicitud). Dotación económica: 2.500 euros.

Si así lo estimara el jurado, una vez decididas las candidaturas ganadoras, se podrá realizar una mención especial en cada una de las categorías a aquellas candidaturas que merezcan una especial valoración sobre el resto. A cada una de dichas menciones especiales, se le otorgará una cantidad económica que será de 2.000 euros para las categorías de patentes y 1.000 euros para las categorías de modelos de utilidad.

Los premios otorgados a las candidaturas ganadoras en cada una de las categorías, así como, las menciones especiales que se consideren, se financiarán con un máximo de 28.500 euros, con cargo al concepto presupuestario 20.102.421N.485 del presupuesto de gastos de la OEPM.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

La presente resolución se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y un extracto de la misma en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo previsto en el artículo 23.2 y en los puntos 4 y 8 del artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexto. Otros datos.

La presentación de la candidatura, acompañada de la documentación correspondiente se deberá llevar a cabo a través de la sede electrónica de la OEPM, (https://sede.oepm.gob.es) mediante el formulario de inscripción que figura en él.

Madrid, 16 de marzo de 2023.- La Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., Aida Fernández González.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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