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Documento BOE-B-2023-36726

Extracto de la Resolución de la Presidencia del CSD, de 28 de noviembre de 2023, por la que se convocan ayudas de tramitación anticipada, con relación al año 2023, a Federaciones Deportivas Españolas para financiar el desarrollo de soluciones innovadoras que mejoren el rendimiento, la salud y la seguridad de los deportistas, la sostenibilidad medioambiental y, en general, contribuya al desarrollo de la práctica deportiva con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 6 de diciembre de 2023, páginas 59451 a 59453 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2023-36726

TEXTO

BDNS(Identif.):730076

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/730076)

Primero: Beneficiarios.

Podrán ser solicitantes y perceptoras de estas ayudas todas las federaciones deportivas españolas (FFDDEE) y/o agrupaciones de FFDDEE que cumplan los requisitos indicados en la convocatoria y presenten proyectos encuadrados en alguna de las finalidades previstas en ella.

Segundo: Objeto de la convocatoria.

El objeto se centra en el apoyo a proyectos que tengan como eje principal el diseño, desarrollo y validación de soluciones innovadoras que incrementen el rendimiento, la salud y la seguridad en el deporte, en áreas de actuación como:

Análisis de la técnica deportiva: Fomentar proyectos que utilicen soluciones innovadoras para analizar y mejorar la técnica de los deportistas en especialidades específicas.

Diseño y desarrollo de equipamiento y material deportivo: Impulsar proyectos que busquen mejorar y optimizar el diseño de equipamiento deportivo, como calzado, vestimenta o complementos, así como de elementos y materiales necesarios para la práctica deportiva como embarcaciones, vehículos, etc.

Prevención y tratamiento de lesiones: Apoyar proyectos que utilicen soluciones innovadoras para identificar factores de riesgo de lesiones y desarrollar estrategias de prevención dirigidas a deportistas, como a su vez el desarrollo de nuevas soluciones que favorezcan su tratamiento y prevención.

Mejora del rendimiento deportivo: Promover proyectos que optimicen el rendimiento de los atletas mediante el análisis de variables biomecánicas relevantes y la implementación de intervenciones personalizadas.

Rehabilitación y readaptación: Estimular proyectos que apliquen la biomecánica en la rehabilitación y readaptación de lesiones deportivas mediante el desarrollo de técnicas y dispositivos específicos frutos de la innovación.

Diseño de nuevos materiales: Fomentar la investigación, desarrollo y rediseño de materiales y productos utilizados en las diferentes prácticas deportivas para su adaptación a las necesidades de los deportistas o del entorno.

Tercero: Bases Reguladoras.

La concesión de subvenciones prevista en esta convocatoria se regirá por la presente Resolución, por la Orden CUD/1008/2023, de 23 de agosto, por la que se modifica la Orden CUD/684/2023, de 15 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas del Consejo Superior de Deportes a Federaciones Deportivas Españolas para proyectos y actuaciones encaminadas a digitalizar el sector deportivo español, financiadas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; por Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como el resto de las normas de la Unión Europea sobre la materia y estatales de desarrollo o trasposición de aquellas; por la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; por el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y, por la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte y por las demás normas vigentes que resulten aplicables.

Cuarto: Cuantía.

El CSD destinará a financiar las ayudas convocadas un importe máximo de hasta 6.000.000 €, con el siguiente desglose:

24.106.33ZA.484 "A Federaciones Deportivas Españolas, para gastos corrientes", hasta 4.500.000 €.

24.106.33ZA.789 "A Federaciones Deportivas Españolas, para gastos de inversión", hasta 1.500.000 €.

Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.

Las solicitudes podrán presentarse hasta el 31 de enero de 2024 a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de este extracto de la Resolución de convocatoria.

En virtud de lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes, accesible en la dirección electrónica https://sede.csd.gob.es, debidamente firmadas mediante una firma electrónica avanzada, por el representante legal autorizado mediante poder notarial o disposición estatutaria de la respectiva FDE, acompañadas de la documentación que figura detallada en la convocatoria.

Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.

El órgano instructor del procedimiento de concesión será la Dirección General de Deportes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Orden CUD/684/2023, de 15 de junio, modificada por la Orden CUD/1008/2023, de 23 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas del Consejo Superior de Deportes a Federaciones Deportivas Españolas para proyectos y actuaciones encaminadas a digitalizar el sector deportivo español, financiadas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el artículo 8.4 b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, y seguirá el procedimiento descrito en el artículo 19 de la Orden de bases reguladoras.

El pago de las subvenciones que se concedan en virtud de la presente Resolución tendrá carácter de pago anticipado y se podrá efectuar de una sola vez.

El pago y justificación de las subvenciones que se concedan en virtud de la presente Resolución se realizarán conforme al artículo 21 de la Orden CUD/684/2023, de 15 de junio, modificada por la Orden CUD/1008/2023, de 23 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas del Consejo Superior de Deportes a Federaciones Deportivas Españolas para proyectos y actuaciones encaminadas a digitalizar el sector deportivo español, financiadas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El plazo de presentación de cuentas justificativas finaliza el 30 de junio de 2025, tal y como se contempla en el punto Decimocuarto.5 de la Resolución.

Madrid, 28 de noviembre de 2023.- Presidente del Consejo Superior de Deportes, Víctor Francos Díaz.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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