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Documento BOE-B-2023-35640

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. sobre el canon de regulación para el año 2024 de los aprovechamientos con aguas procedentes del embalse de La Cierva.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 28 de noviembre de 2023, páginas 57761 a 57762 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2023-35640

TEXTO

Con fecha 21 de noviembre de 2023, el Sr. Presidente de este Organismo ha dictado la siguiente Resolución:

"Por la Dirección Técnica de esta Confederación Hidrográfica, ha sido redactada la propuesta correspondiente al canon de regulación para el año 2024 del embalse de La Cierva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas y artículos concordantes del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, indicando el canon a aplicar, una vez debatido el correspondiente estudio económico en la Junta de Explotación del embalse de La Cierva, en la reunión celebrada el día 22 de septiembre de 2023".

La propuesta de aprobación del canon, ya elaborada, fue sometida a trámite de información pública, siendo publicada en el Boletín Oficial del Estado el día 20 de octubre de 2023.

Durante el plazo de información pública no se han presentado alegaciones.

Por todo lo cual ESTA PRESIDENCIA en virtud de las atribuciones legalmente conferidas HA RESUELTO:

1º.- APROBAR definitivamente el canon de regulación para el año 2024 de los aprovechamientos con aguas procedentes del embalse de La Cierva.

El canon a aplicar es el siguiente:

Canon C.R. Pantano de La Cierva: 28,89 €/ha.

Será aplicable a 1.621,40 hectáreas.

Canon C.R. Heredamiento de aguas de la Puebla de Mula: 28,90 €/ha.

Será aplicable a 187,99 hectáreas.

Canon C.R. La Purísima de Yechar: 53,03 €/ha.

Será aplicable a 28,48 hectáreas.

El canon a aplicar a los usuarios está sujeto a las tasas e impuestos que correspondan en su caso de acuerdo con la legislación vigente al respecto.

Se establece un mínimo de 1,80 euros por cada liquidación, cuyo valor resulte inferior a éste.

2º.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el portal web de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, Texto Refundido de la Ley de Aguas, artículo 235 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, así como en el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo por el que se aprueba el Reglamento General de desarrollo de la Ley anterior, en materia de revisión en vía administrativa, contra la presente resolución podrá interponerse reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia, dirigiendo el escrito de interposición a este mismo Organismo de cuenca, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma.

En el mismo plazo y ante este mismo Organismo, de conformidad con los artículos 222 y 223 de la citada Ley Tributaria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, en cuyo caso, no podrá promoverse reclamación económico-administrativa hasta la resolución expresa o presunta, del mismo.

Lo que se comunica para general conocimiento.

Murcia, 22 de noviembre de 2023.- La Secretaria General, Mónica Gonzalo Martínez.

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