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Documento BOE-B-2023-33603

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, el proyecto denominado «LÍNEA DE EVACUACIÓN SUBTERRÁNEA 20 kV, VINCULADA A PLANTA FOTOVOLTAICA 4.000 kWp / 4.000 kWn "FV DISPOSOL" en el término municipal de Órgiva (Granada)».

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 14 de noviembre de 2023, páginas 54610 a 54616 (7 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2023-33603

TEXTO

En relación con dicho asunto consta en el expediente (E-4899; 14155/AT) los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 7 de marzo de 2023, por la representante de la entidad TRVE DISPOSOL S. L., con CIF nº B98988538 y domicilio a efectos de notificaciones en la calle Forcadell, 30 de Alzira (Valencia), se presentó escrito y otra documentación solicitando la declaración, en concreto, de la utilidad pública respecto del proyecto denominado «LÍNEA DE EVACUACIÓN SUBTERRÁNEA 20 kV, VINCULADA A PLANTA FOTOVOLTAICA 4.000 kWp/4.000 kWn "FV DISPOSOL" en el término municipal de Órgiva (Granada)». Respecto de dicha actuación, se hallaba en trámite por esta Delegación Territorial el correspondiente procedimiento de autorización administrativa previa y de construcción.

SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se remitieron las respectivas separatas del proyecto, solicitando informe, a los siguientes organismos y empresas de servicios de interés general afectados: Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía; Servicio de Carreteras de la Diputación Provincial de Granada; Comunidad de Regantes de la Acequia Tíjola, Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y Red Eléctrica de España S.A.U.. Emitidos los correspondientes informes o transcurrido el plazo sin contestación, se entiende que no existe objeción o condición que formular.

TERCERO.- De conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose el correspondiente anuncio en en el Boletín Oficial del Estado de 12 de junio de 2023 y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de fecha 27 de junio de 2023; y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada de 11 de julio de 2023. Del mismo modo, se publicó en el diario Granada Hoy de fecha 23 de junio del mismo año, se expuso en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Órgiva por el plazo establecido y se publicó el anuncio y su proyecto en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.

CUARTO.- Durante el periodo de información pública, salvo error u omisión, no consta que se haya presentado ninguna alegación.

QUINTO.- Mediante Resolución de esta Delegación Territorial de fecha 14 de septiembre de 2023, se ha concedido la correspondiente autorización administrativa previa y de construcción al proyecto que incluye dicha actuación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1a.) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (en su redacción vigente dada por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto); así como, en la Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en particular, su artículo 5.6, cuyo primer párrafo atribuye a las Delegaciones Territoriales la competencia en materia de expropiación forzosa, para declarar la utilidad pública y necesidad de ocupación de los bienes y derechos a expropiar en materia de energía, hidrocarburos y minas, salvo que la expropiación afecte a bienes en dos o más provincias, en cuyo caso la competencia será de la Dirección General de Industria, Energía y Minas. Por lo cual, esta resolución se entenderá dictada por la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas.

SEGUNDO.- El procedimiento para la declaración, en concreto, de la utilidad pública de las instalaciones eléctricas se encuentra regulado en el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, antes citado. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.1 la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, «la declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa». El número siguiente continúa estableciendo que «Igualmente, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública».

TERCERO.- Respecto de la servidumbre de paso, el artículo 57 de la Ley 24/2013 establece lo siguiente: «1. La servidumbre de paso de energía eléctrica tendrá la consideración de servidumbre legal, gravará los bienes ajenos en la forma y con el alcance que se determinan en la presente ley y se regirá por lo dispuesto en la misma, en sus disposiciones de desarrollo y en la legislación mencionada en el artículo anterior, así como en la legislación especial aplicable. 2. La servidumbre de paso aéreo comprende, además del vuelo sobre el predio sirviente, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de cables conductores de energía, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. 3. La servidumbre de paso subterráneo comprende la ocupación del subsuelo por los cables conductores, a la profundidad y con las demás características que señale la legislación urbanística aplicable, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. 4. Una y otra forma de servidumbre comprenderán igualmente el derecho de paso o acceso y la ocupación temporal de terrenos u otros bienes necesarios para construcción, vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones, así como la tala de arbolado, si fuera necesario».

Por todo lo cual y, vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación

RESUELVO

PRIMERO.- Declarar, en concreto, la utilidad pública, de la instalación eléctrica promovida por la entidad TRVE DISPOSOL S.L., denominada «LÍNEA DE EVACUACIÓN SUBTERRÁNEA 20 kV, VINCULADA A PLANTA FOTOVOLTAICA 4.000 kWp/4.000 kWn "FV DISPOSOL" en el término municipal de Órgiva (Granada)», según se describe en el Antecedente de Hecho Primero y, respecto de los bienes y derechos descritos en el listado Anexo, con las siguientes condiciones:

1ª. Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, se realiza a los efectos de la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios para la construcción de la instalación que se cita y de sus servicios auxiliares o complementarios, en su caso, o de la constitución de las correspondientes servidumbres de paso.

2ª. Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la misma, e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, adquiriendo la entidad solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, siempre que se acredite previamente el pago de la tasa legalmente establecida.

3ª. En cualquier momento, el solicitante de la declaración de utilidad pública podrá convenir libremente con los titulares de los bienes y derechos necesarios, la adquisición por mutuo acuerdo de los mismos. Este acuerdo, en el momento de declararse la utilidad pública de la instalación, adquirirá la naturaleza y efectos previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando, por tanto, la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos supuestos, el beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del Reglamento de Expropiación Forzosa.

SEGUNDO.- Ordenar la notificación de la presente resolución al solicitante, a las Administraciones u organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general que informaron o debieron informar durante su tramitación, a los titulares de bienes y derechos afectados y a los restantes interesados en el expediente, así como, su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada. Tales publicaciones se realizan, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas respecto de aquellos interesados que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la misma no se hubiera podido practicar.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Delegación Territorial o la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

ANEXO: RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS por la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado «LÍNEA DE EVACUACIÓN SUBTERRÁNEA 20 kV, VINCULADA A PLANTA FOTOVOLTAICA 4.000 kWp/4.000 kWn "FV DISPOSOL" en el término municipal de Órgiva (Granada)» Expte: E-4899-14155/AT.

RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL PROYECTO DE LA LÍNEA ELÉCTRICA 20 kV ENTRE EL CENTRO DE SECCIONAMIENTO DE LA PLANTA FOTOVOLTAICA "FV DISPOSOL" Y LA SUBESTACIÓN SET ÓRGIVA
TRAMO 1. SUBTERRÁNEO 1
Nº ORDEN TITULAR Término Municipal DATOS CATASTRALES AFECCIÓN USO
Nº Polígono Nº Parcela Referencia Catastral ZANJA ARQUETAS Servidumbre Paso (m2) Ocupación Temporal (m²)
Longitud (m) Servidumbre Ocupación (m2) Cantidad Pleno Dominio (m2)
1 GONZALEZ MARTINEZ MARIA TERESA ÓRGIVA 5 183 18150A005001830000ES 92,55 55,53 - - - 394,97 800 Matorral; Almendro Secano
2 DESCUENTOS ÓRGIVA 5 9013 18150A005090130000EE 336,24 201,74 - - - 834,43 100 Improductivo
3 AYUNTAMIENTO DE ORGIVA ÓRGIVA 5 181 18150A005001810000EJ 489,8 293,88 - - - 1.236,44 500 Pinar Maderable; Matorral
4 GONZALEZ FERNANDEZ ENRIQUE ÓRGIVA 5 174 18150A005001740000ER 118,27 70,96 - - - 2.099,16 360 Olivos Secano
5 AYUNTAMIENTO DE ORGIVA ÓRGIVA 5 193 18150A005001930000EY 40,17 24,1 - - - 130,6 40 Matorral
6 GONZALEZ FERNANDEZ ENRIQUE ÓRGIVA 5 173 18150A005001730000EK 25,62 15,37 1 AQ2 10,1 168,07 - Matorral
7 RINCON LUQUE MARIA DOLORES ÓRGIVA 5 170 18150A005001700000EF - - - - - 249,75 - Improductivo
8 VILCHEZ JIMENEZ JOSEFA VILCHEZ VILCHEZ JOSE FRANCISCO VILCHEZ VILCHEZ JUAN VILCHEZ VILCHEZ MIGUEL ÓRGIVA 5 353 18150A005003530000EG - - - - - 115,8 - Labor o Labradío Regadío
9 KLOOSTER LUTSKE JANNETTE JOHANNA ÓRGIVA 5 150 18150A005001500000EE - - - - - 203,35 - Labor o Labradío Regadío
10 AYUNTAMIENTO DE ORGIVA ÓRGIVA 5 9010 18150A005090100000EX - - - - - 69,09 - VT Vía de comunicación de dominio público
11 VILCHEZ PEREZ MANUEL ÓRGIVA 5 149 18150A005001490000EZ - - - - - 167,27 - Labor o Labradío Regadío
12 HEREDEROS DE VILCHEZ PEREZ RAMON ÓRGIVA 5 142 18150A005001420000ER - - - - - 282,1 - Labor o Labradío Regadío; Olivos regadío
13 VILCHEZ PEREZ ANTONIO ÓRGIVA 5 141 18150A005001410000EK - - - - - 45,16 - Labor o Labradío Regadío
14 MAYBREY NICHOLAS DUNCAN ÓRGIVA 5 144 18150A005001440000EX - - - - - 50,41 - Labor o Labradío Regadío
15 AULTON SCOTT ÓRGIVA 5 351 18150A005003510000EB - - - - - 184,89 - Labor o Labradío Regadío
16 MOORE ANDREW LAURENCE BROOKS VANESSA RUTH ÓRGIVA 5 143 18150A005001430000ED - - - - - 109,79 - Labor o Labradío Regadío
17 HEREDEROS DE MARTIN RODRIGUEZ JOSE ÓRGIVA 5 139 18150A005001390000ER - - - - - 490,82 - Labor o Labradío Regadío
18 SARRAF MOUNZER JOSEPH ROSENBLAT INBAL ETY ÓRGIVA 5 138 18150A005001380000EK - - - - - 450,5 - Labor o Labradío Regadío
19 JUNTA DE ANDALUCIA ÓRGIVA 900 9601 18150A900096010000GO 90,26 54,16 - - - 397,25 90 VT Vía de comunicación de dominio público
20 JUNTA DE ANDALUCIA ÓRGIVA 900 9201 18150A900092010000GH 217,95 130,77 - - - 385,78 360 Hidrografía Natural
21 MARTIN HERRERA RAFAEL ÓRGIVA 6 182 18150A006001820000EK 31,78 19,07 1 AQ3 10,1 380,31 55 Labor o Labradío Regadío
22 GARCIA LIZANA MANUEL ÓRGIVA 6 181 18150A006001810000EO - - - - - 26,22 - Improductivo
23 BENTICUAGA MARTIN ANTONIO ÓRGIVA 6 179 18150A006001790000EK 43,7 26,22 - - - 124,57 45 Labor o Labradío Regadío
24 BENTICUAGA MARTIN ANTONIO ÓRGIVA 6 178 18150A006001780000EO 106 63,6 1 AQ4 10,1 264,92 105 Labor o Labradío Regadío
25 GARCIA SAEZ MARIA ARACELI GARCIA LIZANA CARLOS ÓRGIVA 6 177 18150A006001770000EM 83,48 50,09 - - - 187,91 85 Olivar
26 GARCIA SAEZ MARIA ARACELI GARCIA LIZANA CARLOS ÓRGIVA 6 406 18150A006004060000EX 66,66 40 - - - 207,03 65 Olivar
27 MARTIN HERRERA RAFAEL ÓRGIVA 6 176 18150A006001760000EF 113,72 68,23 - - - 308,26 115 Olivos Regadío
28 ROMERO DOMINGUEZ EVARISTO ÓRGIVA 6 368 18150A006003680000EM 53,15 31,89 - - - 149,3 55 Labor o Labradío Regadío
29 ROMERO DOMINGUEZ ROSA ÓRGIVA 6 175 18150A006001750000ET 55,59 33,35 - - - 169,39 55 Labor o Labradío Regadío
30 BENTICUAGA MARTIN ANTONIO ÓRGIVA 6 174 18150A006001740000EL 57,46 34,48 - - - 186,85 60 Labor o Labradío Regadío
31 DESCUENTOS ÓRGIVA 6 9011 18150A006090110000EM 2,89 1,73 - - - 9,23 3 Improductivo
32 DESCUENTOS ÓRGIVA 6 9010 18150A006090100000EF 512,17 307,3 1 AQ5 10,1 1.213,73 515 Improductivo
33 HEREDEROS DE FERNANDEZ LOPEZ ANTONIO ÓRGIVA 6 235 18150A006002350000EP 3,13 1,88 - - - 15,03 20 Labor o Labradío Regadío
34 FERNANDEZ MORALES FRANCISCO JOSE ÓRGIVA 6 141 18150A006001410000EP 13,68 8,21 29,33 15 Labor o Labradío Regadío
35 TAYLOR PAUL RUFUS CORAZZINI SIMONETTA ÓRGIVA 6 142 18150A006001420000EL 72,14 43,28 - - - 244,95 75 Labor o Labradío Regadío
36 VILCHEZ PEREZ JOSE ÓRGIVA 6 254 18150A006002540000ES 25,08 15,05 - - - 64,34 25 Labor o Labradío Regadío
37 VILCHEZ BARBERO JOE ÓRGIVA 6 256 18150A006002560000EU 26,77 16,06 - - - 75,89 25 Labor o Labradío Regadío
38 HEREDEROS DE JIMENEZ FERNANDEZ ANA ÓRGIVA 6 129 18150A006001290000EW 20,48 12,29 - - - 69,62 20 Labor o Labradío Regadío
39 SALGUERO LUPIAÑEZ ANTONIO ÓRGIVA 6 261 18150A006002610000EW 123,38 74,03 - - - 400,68 125 Labor o Labradío secano
40 MORALES MARTIN MANUEL ÓRGIVA 6 267 18150A006002670000EP 55,95 33,57 - - - 184,87 55 Labor o Labradío secano
41 HEREDEROS DE VILCHEZ BARBERO JOSE ÓRGIVA 6 268 18150A006002680000EL 27,44 16,46 - - - 107,97 30 Labor o Labradío secano
42 GOMEZ VILCHEZ JOSE ANTONIO ÓRGIVA 6 269 18150A006002690000ET 14,33 8,6 - - - 53,31 15 Labor o Labradío secano; Árboles de Ribera
43 VILCHEZ SANTIAGO MARIA MERCEDES ÓRGIVA 6 270 18150A006002700000EP 30,86 18,52 - - - 107,57 30 Labor o Labradío secano
44 SAEZ CIFUENTES CONCEPCION ALVAREZ SAEZ MIGUEL ALVAREZ SAEZ ANDRES ÓRGIVA 6 106 18150A006001060000EP 143,63 86,18 - - - 1171,44 145 Olivos Regadío;Labor o Labradío Regadío
45 SAEZ CIFUENTES CONCEPCION ALVAREZ SAEZ MIGUEL ALVAREZ SAEZ ANDRES ÓRGIVA 6 107 18150A006001070000EL - - - - - 202,34 - Labor o Labradío Regadío; Olivos regadío
46 MOYA FERNANDEZ MARIA SALOME LOPEZ PUENTE JUAN ÓRGIVA 6 103 18150A006001030000EY - - - - - 46,75 - Frutales regadío
47 BUENO QUERO ANTONIO GOMEZ CABRERA ANTONIA ÓRGIVA 6 274 18150A006002740000EM 69,43 41,66 - - - 240,01 70 Olivos Regadío
48 CARMONA JIMENEZ MARIA DEL CARMEN ÓRGIVA 6 275 18150A006002750000EO - - - - - 19,98 25 Labor o Labradío Regadío
49 MARTIN JIMENEZ MANUEL ÓRGIVA 6 276 18150A006002760000EK - - - - - 23,03 25 Labor o Labradío Regadío
50 JIMENEZ MARTIN CARMEN ÓRGIVA 6 277 18150A006002770000ER - - - - - 20,32 25 Labor o Labradío Regadío
51 ALVAREZ SAEZ ANDRES MARTIN MINGORANCE ANGELES ÓRGIVA 6 105 18150A006001050000EQ 67,79 40,67 - - - 158,55 70 Olivos Regadío; Labor o Labradío Regadío
52 LOPEZ PEREZ ANTONIO MANUEL ÓRGIVA 6 278 18150A006002780000ED 5,7 3,42 - - - 28,89 10 Labor o Labradío Regadío
53 GOMEZ CABRERA JOSE ANTONIO ÓRGIVA 6 281 18150A006002810000ED 48,75 29,25 1 AQ6 10,1 159,72 50 Labor o Labradío Regadío
54 LOPEZ PEREZ ANTONIO MANUEL ÓRGIVA 6 283 18150A006002830000EI 23,69 14,21 - - - 80,55 25 Labor o Labradío Regadío
55 LIZANA ADAMUZ MARIA ALMUDENA ÓRGIVA 6 287 18150A006002870000EZ 23,79 14,27 - - - 83,14 25 Labor o Labradío Regadío
56 ALABARCE TELLO ANTONIO ROSILLO VEGA JULIA ÓRGIVA 6 286 18150A006002860000ES 49,39 29,63 - - - 165,67 50 Labor o Labradío Regadío
57 MARTIN JIMENEZ ANA ÓRGIVA 6 291 18150A006002910000EU 38,12 22,87 - - - 129,61 40 Labor o Labradío Regadío
58 MARTIN PEREZ FRANCISCO ÓRGIVA 6 292 18150A006002920000EH 33,27 19,96 - - - 113,12 35 Labor o Labradío Regadío
59 DOMINGUEZ RODRIGUEZ ANA CRISTINA ROMERO DOMINGUEZ JUAN MANUEL ÓRGIVA 6 293 18150A006002930000EW 19,6 11,76 - - - 66,67 20 Labor o Labradío Regadío
60 VILCHEZ LOPEZ CARLOS ÓRGIVA 6 295 18150A006002950000EB 28 16,8 - - - 95,17 30 Labor o Labradío Regadío
61 ROMERO LOPEZ SERGIO ÓRGIVA 6 294 18150A006002940000EA 13,81 8,29 - - - 89,26 200 Labor o Labradío Regadío
62 DESCUENTOS ÓRGIVA 6 9008 18150A006090080000EM 399,05 239,43 - - - 9.876,57 400 Improductivo
63 CUMBRES BLANCAS SDAD COOP ANDALUZA ÓRGIVA 6 332 18150A006003320000EP 396,29 237,77 - - - 1.362,70 400 Labor o Labradío Regadío; Matorral; Árboles de Ribera; Improductivo
64 RODRIGUEZ CLARK EMMA ÓRGIVA 6 386 18150A006003860000EH 99,2 59,52 - - - 659,19 100 Olivos Regadío; Agrios Regadío; Árboles de Ribera
65 RAMIREZ CAMPOS MARIA ADORACION ÓRGIVA 6 383 18150A006003830000ES - - - - - 364,1 - Olivos Regadío; Árboles de Ribera
66 HEREDEROS DE FEIJOO PORTERO ROBERTO FEIJOO CUARESMA VIRGINIA FEIJOO CUARESMA SONIA FEIJOO CUARESMA MONICA ÓRGIVA 6 385 18150A006003850000EU - - - - - 240,31 - Árboles de Ribera
67 GRENFEELL WILLIAMS TANYA ÓRGIVA 6 369 18150A006003690000EO - - - - - 81,15 - Agrios regadío
68 RUEDA LEON MARIA ANGELES ÓRGIVA 6 62 18150A006000620000EE - - - - - 875,48 - Improductivo; Olivos Regadío; Labor o labradío regadío
69 TORRALBA FERNANDEZ ANTONIO ÓRGIVA 6 67 18150A006000670000EW - - - - - 247,1 - Agrios Regadío; Olivos Regadío
70 BREUIL CHRISTINE QUESSON CHRISTINE CHANTAL ÓRGIVA 6 66 18150A006000660000EH - - - - - 185,99 - Agrios Regadío; Olivos Regadío
71 JUNTA DE ANDALUCIA ÓRGIVA 6 9007 18150A006090070000EF 51,73 31,04 - - - 175,86 50 Improductivo
72 GARCIA PARRA JUAN Y MARIA JOSE ÓRGIVA 6 336 18150A006003360000EM 13,71 8,23 - - - 77,68 15 Improductivo; Olivos Regadío; Matorral
73 HORMIGONES LASTRA SL ÓRGIVA 6 335 18150A006003350000EF 391,4 234,84 - - - 1.652,16 400 Matorral
74 HEREDEROS DE TORRES ALONSO MANUEL ÓRGIVA 6 340 18150A006003400000EO - - - - - 15 - Matorral
75 JUNTA DE ANDALUCIA ÓRGIVA 6 9004 18150A006090040000EP 91,71 55,03 - - - 3.946,98 90 Improductivo
76 FERNANDEZ PEÑA MARIA DOLORES ÓRGIVA 6 51 18150A006000510000EM - - - - - 246,84 - Arboles de ribera
77 MORALES JIMENEZ GABRIEL ÓRGIVA 6 45 18150A006000450000EL - - - - - 192,95 - LABOR -TIERRA ARABLE, NARANJO, OLIVAR
78 GARCIA TALAVERA JORGE JUAN ÓRGIVA 6 344 18150A006003440000EX 21,48 12,89 - - - 72,79 20 Olivos Regadío; Labor o Labradío Regadío; Árboles de Ribera
79 LOPEZ FERNANDEZ ENCARNACION ÓRGIVA 6 343 18150A006003430000ED 57,47 34,48 - - - 497,68 60 Frutales Regadío
80 JUNTA DE ANDALUCIA ÓRGIVA 6 354 18150A006003540000EH - - - - - 471,48 - Pastos
81 LOPEZ MARTIN SANTIAGO LOPEZ GIL FRANCISCO JOSE LOPEZ FERNANDEZ MANUEL LOPEZ FERNANDEZ ENCARNACION ÓRGIVA 6 342 18150A006003420000ER 165,47 99,28 1 AQ7 10,1 707,88 340 Frutales regadío; Labor o Labor Regadío
82 JUNTA DE ANDALUCIA ÓRGIVA 7 9011 18150A007090110000EG 281,39 168,83 - - - 1.292,37 65 Hidrografía Natural
83 MANRIQUE DOMINGO JOSE FRANCISCO ÓRGIVA 7 155 18150A007001550000EO 6,14 3,68 1 AQ8 10,1 65,29 35 Olivos Regadío; Improductivo
84 LOPEZ TORRES JOSE AGUSTIN ÓRGIVA 7 154 18150A007001540000EM 209,35 125,61 - - - 690,84 210 Labor o Labradío Regadío; Agrios Regadío; Olivos Regadío, Improductivo
85 CASTILLO MORALES JOSE ÓRGIVA 7 157 18150A007001570000ER 131,02 78,61 - - - 487,86 130 Olivos Regadío; Agrios Regadío; Labor o Labor Regadío
86 DESCUENTOS ÓRGIVA 7 9007 18150A007090070000EY 293,78 176,27 5 AQ9, AQ10, AQ11, AQ12 y AQ13 50,5 838,29 100 Improductivo
87 GARCIA CARMONA ROSA MARIA ÓRGIVA 7 134 18150A006003400000EO - - - - - - 50 Matorral
88 SANCHEZ ORTEGA ANTONIO JOSE CALVENTE CAMPOY MONTSERRAT ÓRGIVA 7 109 18150A007001090000EY 56,26 33,76 - - - 162,92 50 Almendro Regadío; Agrios Regadío; Olivos Regadío
89 MARTIN MARTIN FRANCISCO TERRON PUENTEDURA FRANCISCA ÓRGIVA 7 107 18150A007001070000EA 91,51 54,91 - - - 277,22 90 Labor o Labradío Regadío
90 LOPEZ ACOSTA MARIA VILLENA LOPEZ SANDRA VILLENA LOPEZ ANTONIO JOSE VILLENA LOPEZ IGNACIO ÓRGIVA 7 140 18150A007001400000EH 20,54 12,32 - - - 68,79 20 Labor o Labradío Regadío
91 REYES RODRIGUEZ ANGEL PEREZ ROBLES FRANCISCA ÓRGIVA 7 141 18150A007001410000EW 21,72 13,03 - - - 73,79 22 Frutales Regadío
92 MARQUEZ BELMONTE FRANCISCO ÓRGIVA 7 142 18150A007001420000EA 9,21 5,53 - - - 93,57 10 Agrios Regadío; Olivos Regadío
93 JUAREZ GONZALEZ ANTONIO BAUTISTA LOPEZ ISABEL ÓRGIVA 7 106 18150A007001060000EW 12,03 7,22 - - - 38,04 15 Frutales regadío
94 MARTIN RODRIGUEZ TRINIDAD ÓRGIVA 7 104 18150A007001040000EU 17,51 10,51 - - - 41,48 18 Agrios regadío
95 GIMENO PEYROU AMADO JAVIER ÓRGIVA 7 105 18150A007001050000EH 88,5 53,1 - - - 328,49 90 Labor o labradío regadío
96 FUNEZ VILCHEZ MANUEL Y HNOS ÓRGIVA 7 90 18150A007000900000ET 57,35 34,41 - - - 295,87 60 Improductivo

Granada, 2 de octubre de 2023.- El Delegado Territorial, Gumersindo Carlos Fernández Casas.

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