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Documento BOE-B-2023-22692

Extracto de la Resolución de la Presidencia del CSD, de 25 de julio de 2023, por la que se convocan ayudas para la preparación de la alta competición a Federaciones españolas de Deportes para personas con discapacidad y Federaciones Deportivas Españolas que tienen integrada la especialidad del deporte con discapacidad, con cargo a los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 28 de julio de 2023, páginas 36956 a 36958 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2023-22692

TEXTO

BDNS(Identif.):710290

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/710290)

Primero: Beneficiarios.

Podrán ser solicitantes y perceptoras de estas ayudas las:

Federaciones Deportivas Españolas que desarrollen actividad de alta competición y tengan integrada la especialidad del deporte de personas con discapacidad incluida en sus estatutos como una especialidad independiente y cumplan los requisitos previstos en la presente Resolución y en las normas aplicables,

Federaciones españolas de deportes para personas con discapacidad, que cumplan los requisitos indicados en la convocatoria y presenten proyectos encuadrados en alguna de las finalidades previstas en ella.

Segundo: Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene por objeto apoyar a dichas Federaciones en la promoción, preparación y fomento de la actividad en alta competición a personas con discapacidad, a través de inversiones y gasto corriente en los siguientes ámbitos:

Preparación de los deportistas de los equipos nacionales de las especialidades de deportes para personas con discapacidad.

Participación, preparación y optimización del rendimiento de deportistas y equipos nacionales en competiciones de ámbito internacional

Mejora de los procesos y condiciones de traslado y alojamiento para los entrenamientos, incluyendo tanto la gestión como los costes directos asociados a traslados.

Adecuación y adquisición del material deportivo no inventariable.

Servicios médicos, de fisioterapia y farmacéuticos (incluidas pruebas médicas) orientados a la preparación y entrenamiento de alta competición.

Alquileres que coadyuven a esta innovación y profesionalización de estructuras.

Optimización del equipamiento de alta competición y de las infraestructuras deportivas relacionadas con la alta competición.

Adquisición de material deportivo inventariable específico según especialidades.

Material e inversiones para la preparación y competición de los deportistas

Mejoras de infraestructuras.

Fomento de la actividad nacional.

Participación y desarrollo en concentraciones y competiciones nacionales que mejoren la preparación de los deportistas.

Proyectos de innovación orientados al deporte de alta competición de personas con discapacidad.

Gastos de innovación en procesos y organización

Mantenimiento de sistemas informáticos y en digitalización (página web, servidores, licencias informáticas).

Formación especializada para el correcto desarrollo de la actividad deportiva.

Gastos en formación para técnicos, entrenadores y personal de apoyo de alta competición

Los costes de servicios de asesoramiento relacionados con el proyecto de formación.

La finalidad de estas ayudas es conceder subvenciones que contribuyan al objeto descrito anteriormente y subvencionar gastos motivados por la preparación en la alta competición de la especialidad del deporte de personas con discapacidad o por los gastos que estas generen en la preparación de la actividad nacional e internacional.

Tercero: Bases Reguladoras.

La concesión de las ayudas previstas en esta convocatoria se regirá por lo establecido en la presente Resolución; por la Orden CUD/804/2023, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas del Consejo Superior de Deportes para la preparación de la alta competición a Federaciones españolas de Deportes para personas con discapacidad y Federaciones Deportivas españolas que tienen integrada la especialidad del deporte con discapacidad, con cargo a los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; por su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; por el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y por la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, y por las demás normas vigentes que resulten aplicables.

Cuarto: Cuantía.

El CSD destinará a financiar las ayudas convocadas un importe máximo de hasta 5.500.000€ con el siguiente desglose:

Concepto 01. 24.106.33ZC.789 "A Federaciones Deportivas Españolas, para Gastos de Inversión", hasta 2.500.000€.

Concepto 02. 24.106.33ZC.484 "A Federaciones Deportivas Españolas, para Gastos Corrientes", hasta 3.000.000€.

Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de este extracto de la convocatoria.

En virtud de lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes, accesible en la dirección electrónica https://sede.csd.gob.es, debidamente firmadas mediante una firma electrónica avanzada, por el representante legal autorizado mediante poder notarial o disposición estatutaria de la respectiva FDE, acompañadas de la documentación que figura detallada en la convocatoria.

Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.

El órgano instructor del procedimiento de concesión será la Dirección General de Deportes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Orden CUD/804/2023, de 7 de julio, el artículo 8.4 b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, y seguirá el procedimiento descrito en el artículo 19 de la Orden de bases reguladoras.

El pago de las subvenciones que se concedan en virtud de la presente Resolución tendrá carácter de pago anticipado y se podrá efectuar de una sola vez.

El pago y justificación de las subvenciones que se concedan en virtud de la presente Resolución se realizarán conforme al artículo 21 de la Orden CUD/804/2023, de 7 de julio.

El plazo de presentación de cuentas justificativas corresponderá al periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2024, tal y como se contempla en la Orden de Bases referida.

Madrid, 25 de julio de 2023.- El Presidente del Consejo Superior de Deportes, Víctor Francos Díaz.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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