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Documento BOE-B-2023-21740

Extracto de la Resolución de 13 de julio de 2023 de la Presidencia del CDTI E.P.E., por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 del procedimiento de acreditación y concesión de ayudas destinadas a Centros Tecnológicos de Excelencia Cervera

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 2023, páginas 34921 a 34923 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-B-2023-21740

TEXTO

BDNS(Identif.):708172

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/708172)

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en la  convocatoria las agrupaciones de personas jurídicas definidas en el artículo 4.1 de la Orden CIN/644/2023, de 16 de junio, que puedan llevar a cabo proyectos en cooperación.

Las agrupaciones deberán estar integradas por Centros Tecnológicos y/o Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros. Para poder adquirir la condición de beneficiario, todos los integrantes de la agrupación solicitante deberán estar inscritos en el registro de centros en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.

El coordinador de la agrupación deberá ser un Centro Tecnológico según la definición del Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre.

La agrupación deberá estar integrada por un mínimo de tres y un máximo de cinco centros.

Los miembros de la agrupación deberán suscribir, con carácter previo a la formulación de la solicitud, un acuerdo interno que regule su funcionamiento, con el contenido mínimo previsto en el artículo 4.4 de la Orden CIN/644/2023, de 16 de junio.

Cada centro podrá presentarse en un máximo de tres solicitudes por convocatoria. Sólo podrá actuar como coordinador en una de las solicitudes en las que se presente.

Asimismo, los beneficiarios deberán cumplir con la definición y condiciones que se especifican para los organismos de investigación y de difusión de conocimientos en el apartado12 del Anexo I de la Orden CIN/644/2023 de 16 de junio, debiendo acreditarlo mediante la presentación de una declaración responsable, y, en caso contrario, presentarán una declaración responsable de que las ayudas serán dedicadas única y exclusivamente a la actividad no económica de la entidad.

No podrán obtener la condición de beneficiario las siguientes entidades:

a. Las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias descritas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b. Las entidades que tengan deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración.

c. Las entidades del sector público institucional comprendidas en el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las agrupaciones se deberán ajustar a lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden CIN/644/2023, de 16 de junio, así como a los artículos 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y 67 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.

Segundo. Actividades objeto y características de las ayudas.

Las ayudas reguladas en esta convocatoria  financiarán programas estratégicos de investigación, desarrollo e innovación, según la definición del apartado 15 del Anexo I de la Orden CIN/644/2023, de 16 de junio, desarrollados en cooperación, según lo previsto en el artículo 9.1 de la Orden CIN/644/2023, de 16 de junio, y en el artículo 3 de la convocatoria.

Los programas estratégicos deberán centrarse en una de las tecnologías prioritarias que se establecen en el Anexo I de la convocatoria ("tecnologías prioritarias Cervera").

Los programas estratégicos deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.- De cuantía: los programas deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 2.000.000 euros y máximo elegible de 3.500.000 euros.

La ayuda se calculará como un porcentaje del presupuesto del programa estratégico hasta un máximo del 100%.

La cuantía individual máxima de cada ayuda por agrupación beneficiaria será de 3.500.000 euros.

2.-Distribución presupuestaria equilibrada por años: los programas estratégicos deberán tener una distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del mismo.

Las actividades dentro de la agrupación deberán estar equilibradas. La participación en términos del presupuesto elegible tendrá los siguientes límites:

- La participación mínima por entidad deberá ser del 15% del presupuesto elegible.

- La participación máxima de una entidad será del 35% del presupuesto elegible, excepto la del coordinador que podrá ser de hasta el 50% del presupuesto elegible.

3.-De duración: el plazo de ejecución de los programas estratégicos será plurianual, de modo que las actuaciones subvencionables deberán iniciarse en 2023 y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2024 o el 30 de junio de 2025, solicitando ayuda en todo caso para el año 2023.

4.-De contenido: los programas estratégicos deberán tener el contenido mínimo establecido en el Anexo II de la convocatoria y adecuarse a la tecnología prioritaria Cervera seleccionada en la solicitud. En caso de que el programa presentado no se adecúe claramente a la tecnología prioritaria seleccionada se podrá desestimar la solicitud.Las ayudas de esta convocatoria consistirán en subvenciones. El objeto de las ayudas es financiar las actividades necesarias para la consecución de los objetivos establecidos en los programas estratégicos de investigación, desarrollo e innovación presentados por los beneficiarios.

En ningún caso será objeto de ayuda la realización de actividades económicas, según la definición del Anexo I de la Orden CIN/644/2023, de 16 de junio.

La obtención de la ayuda supondrá asimismo la acreditación del beneficiario como «Centro de Excelencia Cervera» en la tecnología prioritaria para la que haya recibido la ayuda.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden CIN/644/2023, de 16 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas, por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., a los programas «Ayudas Cervera a Centros Tecnológicos» y «Ayudas a Ecosistemas de Innovación» del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y por la que se modifica la Orden CIN/373/2022, de 26 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas, por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., a proyectos de I+D y nuevos proyectos empresariales del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Cuarto. - Financiación.

El presupuesto máximo de esta convocatoria es de 40.000.000 euros y se financiará con cargo a la aplicación 28.50.46QE.74908 de los Presupuestos Generales del Estado de 2022.

Esta convocatoria está financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas, medidas integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE y finalizará el 21 de septiembre de 2023, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Madrid, 13 de julio de 2023.- La Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E., Dª. Teresa Riesgo Alcaide.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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