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Documento BOE-B-2023-21448

Extracto de la Resolución de 6 de julio de 2023, de la Fundación EOI, F.S.P. por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital a través de la iniciativa «Activa Industria 4.0», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 12 de julio de 2023, páginas 34375 a 34376 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-B-2023-21448

TEXTO

BDNS(Identif.):707790

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/707790)

Primero. Beneficiarios.

Podrán tener la condición de beneficiarias, las empresas que tengan la condición de PYME, que tengan personalidad jurídica propia en España y estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente, cuya actividad se refiera a la industria manufacturera, encuadrada en Sección C-Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril y que en su condición de tales cumplan con lo establecido en el artículo 7 de la orden de bases para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de las pymes a través de los programas «Activa Industria 4.0», «Activa Crecimiento» y «Activa Ciberseguridad» en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicadas mediante Orden ICT/819/2022, de 12 de agosto.

Segundo. Objeto.

Las ayudas que se concedan en el marco de esta convocatoria tendrán la consideración de ayudas en especie, consistentes en la recepción de un asesoramiento especializado y personalizado que permita el impulso de la transformación digital de pymes industriales a la Industria 4.0.

Las ayudas de esta convocatoria tienen la consideración de ayudas de menor importancia o de minimis, sujetas por tanto a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

El objetivo del asesoramiento especializado y personalizado a las pymes beneficiarias es ofrecer un diagnóstico y análisis exhaustivo de la situación digital de partida de la empresa y la elaboración de un Plan de Transformación que incluirá la definición, cuantificación y priorización de oportunidades de digitalización personalizadas. El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias en la sede de las mismas, trabajo remoto de la entidad colaboradora y la realización de talleres temáticos y demostrativos con presentación de las tecnologías que ayuden a la empresa beneficiaria a definir el proceso de implantación de las acciones recogidas en el Plan de Transformación Digital.

La empresa beneficiaria recibirá dentro del asesoramiento especializado los siguientes servicios:

1º Diagnóstico de la situación de partida de la pyme en términos de madurez digital.

2º Elaboración de un Plan de Transformación Digital.

3º Taller grupal y cierre de la prestación del servicio.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden ICT/819/2022, de 12 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de las pymes a través de los programas «Activa Industria 4.0», «Activa Crecimiento» y «Activa Ciberseguridad», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 204, de 25 de agosto de 2022.

Cuarto. Cuantía.

El gasto para esta convocatoria es de un máximo de VEINTICUATRO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL EUROS (24.420.000,00 €) que será aportado por la Fundación EOI con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, integrándose en la inversión 2, «Crecimiento», del Componente 13, Impulso a la pyme.

La cuantía individualizada de las ayudas en especie que se concedan, entendida como el equivalente de subvención bruta, será de 7.400 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y permanecerá abierto hasta que se agote el crédito presupuestario establecido en la convocatoria.

Madrid, 6 de julio de 2023.- Don Juan Ignacio Díaz Bidart, Director General de la Fundación EOI, F.S.P.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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