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Documento BOE-B-2023-21356

Extracto de la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes (CSD) de 7 de julio de 2023, por la que se convocan ayudas para la protección social de los deportistas de alto nivel y el apoyo a los deportistas que participen en competiciones internacionales representando a España.

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 11 de julio de 2023, páginas 34186 a 34188 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2023-21356

TEXTO

BDNS(Identif.):707559

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/707559)

Primero: Beneficiarios.

Serán beneficiarias de las ayudas las Federaciones Deportivas Españolas en función de los deportistas pertenecientes a las mismas que acrediten el correspondiente derecho en los términos que figuran en la convocatoria como destinatarios finales.

Las Federaciones Deportivas Españolas y los deportistas destinatarios a los que se hace referencia en la convocatoria deberán cumplir, en su caso, los requisitos establecidos en la Resolución de Presidencia de 8 de abril de 2022 sobre obligaciones generales que deberán cumplir los beneficiarios de subvenciones concedidas por el CSD.

Segundo: Objeto de la convocatoria.

El objeto de la convocatoria es la financiación, mediante ayudas concedidas por el CSD, de las cuotas de la Seguridad Social satisfechas en relación con los deportistas de alto nivel.

Asimismo, la convocatoria está destinada a la financiación mediante ayudas concedidas por el CSD para la preparación y participación de deportistas en competiciones de ámbito internacional.

Tercero: Bases Reguladoras.

La concesión de subvenciones en esta Convocatoria se regirá por la Resolución de convocatoria y por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012, de12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf.

Cuarto: Cuantía.

El CSD destinará a financiar las ayudas convocadas un importe máximo de 19.000.000€ con cargo al crédito 24.106.336A.481, "A familias e instituciones sin fines de lucro, procedente de los ingresos obtenidos en la comercialización conjunta de derechos audiovisuales, en aplicación Real Decreto-ley 5/2015", con el siguiente desglose:

Subconcepto 01 "A federaciones deportivas españolas, para cotizaciones a la Seguridad Social de los deportistas de alto nivel", hasta 3.000.000 €.

Subconcepto 02 "A federaciones deportivas españolas, para ayudas a deportistas que representen a España en competiciones internacionales", un mínimo de 16.000.000 €, que irán dirigidos a:

Ayudas del Programa "Becas CSD Team España".

Ayudas para deportistas españoles por resultados deportivos.

Ayudas a deportistas para complementar el proyecto deportivo con el objetivo de mejorar su rendimiento en los próximos Juegos Olímpicos y Paralímpicos.

Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.

Las solicitudes deberán presentarse desde el día siguiente de la publicación del extracto de la resolución en el BOE hasta el 31 de agosto del 2023.

En virtud de lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del LPACAP, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes (https://sede.csd.gob.es), concretamente desde el trámite: "688019 - Ayudas para la protección social de los deportistas alto nivel y para participación en competiciones internacionales" y deberán estar firmadas mediante una firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto en la citada Ley, en todo caso por el Presidente de la Federaciones Deportivas Españolas o bien por el representante legal autorizado mediante poder notarial o disposición estatutaria de la respectiva Federaciones Deportivas Españolas.

Las solicitudes deberán estar firmadas mediante firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015 y deberá acompañarse de los documentos y anexos expresados en la convocatoria.

Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.

El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.

El pago de las subvenciones que se concedan en virtud de la presente Resolución tendrá carácter de pago anticipado y se podrá efectuar de una sola vez.

La justificación de las ayudas concedidas de acuerdo con la presente convocatoria se realizará en el periodo comprendido desde el 1 enero del 2024 hasta el 31 de marzo del 2024. Esta justificación se hará conforme con lo previsto en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD y con lo establecido en la "Guía", e incluirá los gastos financiados con esta subvención CSD a lo largo del periodo subvencionable.

Madrid, 7 de julio de 2023.- El Presidente del Consejo Superior de Deportes, Víctor Francos Díaz.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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