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Documento BOE-B-2023-16991

Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica de la Comunitat Valenciana, por la que se da publicidad a la solicitud realizada por el Consejo Regulador de Denominación de Origen Protegida Aceite de la Comunitat Valenciana para su anulación en el registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 5 de junio de 2023, páginas 26868 a 26868 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
BOE-B-2023-16991

TEXTO

El día 7 de julio de 2022, el Consejo Regulador de Denominación de Origen Protegida Aceite de la Comunitat Valenciana presentó solicitud para anular el registro de la mencionada Denominación de Origen Protegida.

El Reglamento Delegado (UE) 664/2014 en su artículo 7 de Anulación y apartado 1, expone que el procedimiento de anulación en los artículos 49 a 52 del Reglamento 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, se aplicará mutatis mutandis a la anulación de un registro a tenor del artículo 54, apartado 1, párrafos primero y segundo, de dicho Reglamento.

El Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, establece que el órgano competente de la Comunidad Autónoma publicará en el Boletín Oficial del Estado una resolución de la solicitud de anulación y, al menos en una página web oficial, el pliego de condiciones y el documento único del producto.

Por lo anteriormente expuesto, resuelvo continuar el procedimiento de tramitación de la anulación en el registro de la Denominación de Origen Protegida Aceite de la Comunitat Valenciana

Mediante la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, se establece un plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de la fecha de su publicación para que cualquier persona física o jurídica que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos derechos o intereses consideren afectados, pueda oponerse a la anulación pretendida, mediante la correspondiente declaración de oposición, debidamente motivada, dirigida a la Dirección General de Desarrollo Rural de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica de la Comunitat Valenciana.

València, 30 de mayo de 2023.- Director general de Desarrollo Rural, David Torres García.

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