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Documento BOE-B-2023-16414

Extracto de la Resolución de 30 de mayo de 2023 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se aprueba la publicación de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la restauración y mejora ambiental en el ámbito agrícola, para contribuir a la recuperación de la funcionalidad ecológica del Mar Menor.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 1 de junio de 2023, páginas 25997 a 25999 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2023-16414

TEXTO

BDNS(Identif.):699775

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/699775)

Primero. - Beneficiarios.

Podrán obtener la condición de beneficiarios las entidades que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 3 de las bases reguladoras y, en concreto, en lo establecido en el artículo 2 de la convocatoria:

1.     Pertenecientes al sector agrícola

a)     Organizaciones profesionales e interprofesionales agrarias.

b)     Otras entidades con personalidad jurídica del ámbito agrícola (organizaciones de productores, cooperativas, comunidades de bienes agrarias, etc.).

2.     Otras entidades

a)     Universidades públicas o institutos universitarios que estén inscritos en el registro de Universidades, Centros y Títulos.

b)     Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.

c)     Ayuntamientos.

d)     Entidades y organizaciones privadas sin ánimo de lucro. Se incluyen en esta categoría las entidades inscritas en el registro regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.

e)     Agrupaciones conformadas por las entidades reflejadas en los apartados anteriores. La agrupación no podrá estar conformada por más de 6 entidades.

Segundo. - Objeto.

Las ayudas se concederán para la ejecución de proyectos piloto, de carácter experimental, para la demostración de las mejores prácticas en el ámbito agrícola, y su contribución a la transición ecológica en la agricultura mediante la reducción de los impactos en origen en la cuenca vertiente del Mar Menor. Incluyen la diversificación y apoyo a la conversión de cultivos, la promoción de la reducción sustancial del uso de pesticidas y fertilizantes (y en general agroquímicos), la reducción de retornos de riego, escorrentía y procesos erosivos en parcelas a través de soluciones basadas en la naturaleza, y la restauración y mejora ambiental integral en las explotaciones. Su objetivo último es contribuir al restablecimiento del equilibrio natural de la laguna del Mar Menor y la compatibilización con la continuidad y aumento de sostenibilidad de la actividad agraria.

El ámbito territorial de los proyectos a los que se aplicarán estas ayudas comprenderá la superficie agrícola dentro de la cuenca vertiente del Mar Menor definida en el Anexo 1 de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor, perteneciente a los municipios de: San Pedro del Pinatar, San Javier, Los Alcázares, Torre Pacheco, Fuente Álamo de Murcia, Cartagena, La Unión, Murcia, Mazarrón y Alhama de Murcia.

Tercero. - Bases reguladoras.

Orden TED/818/2021, de 12 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de la investigación y actividades que contribuyan a la transición ecológica, a la conservación del patrimonio natural y a hacer frente al cambio climático.

Cuarto. - Dotación de la convocatoria, cofinanciación y plazo de ejecución.

La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 20.000.000,00 euros. El importe mínimo de ayuda a solicitar por propuesta presentada será de 300.000,00 euros. El importe máximo a conceder por propuesta será de hasta 2.000.000,00 euros. El porcentaje máximo de la subvención a conceder será del 90% del importe total del proyecto.

El plazo para la ejecución abarcará hasta el 31 de diciembre de 2026. En casos excepcionales, bajo previa solicitud de la entidad beneficiaria o agrupación en su caso, la FB podrá autorizar prórrogas de hasta 6 meses máximo desde dicha fecha.

Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las solicitudes se presentarán conforme a los modelos oficiales facilitados, que permitan la adecuada valoración y evaluación de la propuesta, dentro de los plazos y cauces establecidos en esta convocatoria. En caso contrario, no podrán ser tenidos en cuenta.

Sexto. - Otros datos.

El texto completo de la convocatoria, así como el resto de la información relevante del proceso estará publicado en la página web de la Fundación Biodiversidad, www.fundacion-biodiversidad.es.

Madrid, 30 de mayo de 2023.- La Directora de la Fundación Biodiversidad, F.S.P.- Elena Pita Domínguez.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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