El Real Decreto 752/2022, de 13 de septiembre, por el que se establecen las funciones, el régimen de funcionamiento y la composición del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer prevé en su artículo 4.1 d) 8º.i) que formarán parte del mismo seis vocalías en representación de organizaciones de mujeres de ámbito estatal con especialización en materia de las distintas formas de violencia contra las mujeres, designadas para un período de cuatro años por la persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género a propuesta de las mismas.
Asimismo, el citado precepto dispone que la selección de las seis asociaciones de mujeres se realizará por convocatoria pública efectuada por Resolución de la persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género.
Para tal fin se aprobó la Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, por la que se convoca el proceso para la selección de las organizaciones de mujeres a las que corresponderá ocupar las vocalías del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer en representación de las organizaciones de mujeres de ámbito estatal con especialización en materia de las distintas formas de violencia contra las mujeres.
En su virtud, vistas todas las solicitudes presentadas, el día 16 de marzo de 2023 la Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género resolvió el nombramiento de las organizaciones de mujeres que ocuparán las vocalías del mencionado Observatorio.
Para general conocimiento, esta Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género acuerda:
Primero.
La publicación de la citada resolución como anexo al presente anuncio.
Anexo
Resolución de 16 de marzo de 2023 de la persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género por la que se nombran las organizaciones de mujeres que ocuparán las vocalías del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer en representación de las organizaciones de mujeres de ámbito estatal con especialización en materia de las distintas formas de violencia contra las mujeres.
El Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer es un órgano colegiado adscrito al Ministerio de Igualdad. Aparece previsto en el artículo 30 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y le corresponde el asesoramiento, evaluación, colaboración institucional, elaboración de informes y estudios, y propuestas de actuación en materia de violencia de género. Además, se prevé que reglamentariamente se determinen sus funciones, su régimen de funcionamiento y su composición, en la que se garantizará, en todo caso, la participación de las Comunidades Autónomas, las entidades locales, los agentes sociales, las asociaciones de consumidores y usuarios, y las organizaciones de mujeres con implantación en todo el territorio del Estado, así como de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.
El Real Decreto 752/2022, de 13 de septiembre, por el que se establecen las funciones, el régimen de funcionamiento y la composición del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer prevé en su artículo 4.1 d) 8º.i) que formarán parte del mismo seis vocalías en representación de organizaciones de mujeres de ámbito estatal con especialización en materia de las distintas formas de violencia contra las mujeres, designadas para un período de cuatro años por la persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género a propuesta de las mismas.
Asimismo, el citado precepto dispone que la selección de las seis asociaciones de mujeres se realizará por convocatoria pública efectuada por Resolución de la persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género.
Para tal fin se aprobó la Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, por la que se convoca el proceso para la selección de las organizaciones de mujeres a las que corresponderá ocupar las vocalías del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer en representación de las organizaciones de mujeres de ámbito estatal con especialización en materia de las distintas formas de violencia contra las mujeres.
La Subdirección General de Sensibilización, Prevención y Estudios de la Violencia de Género, órgano instructor del procedimiento, ha valorado las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado 7 de la Resolución de la convocatoria, y ha formulado la correspondiente propuesta de Resolución para la designación de las organizaciones de mujeres a las que corresponderá ocupar las vocalías del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer.
En virtud de ello, vistas todas las solicitudes presentadas, así como la propuesta de Resolución de la Subdirección General de Sensibilización, Prevención y Estudios de la Violencia de Género, y de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 752/2022, de 13 de septiembre, y en la Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, resuelvo:
Primero. - Designar a las organizaciones de mujeres que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución para ocupar las seis vocalías del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer.
Segundo. - Designar a las organizaciones de mujeres que figuran en el Anexo II para que permanezcan en la reserva durante el período de designación.
Tercero. - Declarar excluidas las solicitudes que figuran en el Anexo III, por no cumplir con los requisitos establecidos para poder participar en la convocatoria.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra la misma recurso de alzada, ante la Secretaria de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, María Victoria Rosell Aguilar
ANEXO I RELACIÓN DE ORGANIZACIONES DE MUJERES DESIGNADAS PARA OCUPAR LAS VOCALÍAS DEL OBSERVATORIO ESTATAL DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER
Nº Expediente sede electrónica | Organización de mujeres | NIF | Puntuación obtenida |
1106031 | Federación de Mujeres Progresistas | G78764966 | 78,21 |
1117462 | Fundación Mujeres | G80974702 | 78,11 |
1111079 | Confederación Nacional de Mujeres en Igualdad | G80409105 | 70,47 |
1176917 | Asociación Mujeres en Zona de Conflicto | G14422075 | 68,91 |
1122172 | Federación de Asociaciones de Mujeres Arena y Laurisilva | G38374468 | 67,64 |
1111212 | Asociación de Familias y Mujeres del Medio Rural | G28766202 | 66,33 |
ANEXO II RELACIÓN DE ORGANIZACIONES DE MUJERES QUE PERMANECERÁN COMO RESERVA
Nº Expediente sede electrónica | Organización de mujeres | NIF | Puntuación obtenida |
1119487 | Asociación Mujeres Opañel | G80222607 | 65,08 |
1119060 | Asociación de Mujeres Juristas Themis | G78777455 | 63,82 |
1119543 | Federación Nacional de Asociaciones de Mujeres Gitanas Kamira | G82391814 | 63,14 |
1120028 | Federación Mujeres Jóvenes | G78313327 | 60,15 |
1105631 | Confederación Estatal de Mujeres con Discapacidad | G85942159 | 54,41 |
1120215 | Federación Nacional de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas | G79137675 | 50,98 |
1113491 | Asociación para la Prevención, Reinserción y Atención a la Mujer Prostituida | G79414082 | 50,89 |
1119956 | Asociación Rumiñahui | G81782625 | 47,52 |
1120746 | Comisión para la investigación de malos tratos a mujeres | G28917383 | 47,37 |
1121712 | Fórum de Política Feminista | G78795978 | 40,13 |
1122467 | Assistència i Gestió Integral, FP | G60729084 | 38,10 |
1082495 | Red Mujeres Latinoamericanas y del Caribe | G88084686 | 32,41 |
1121181 | Asociación de mujeres empresarias iberoamericanas | G85392363 | 31,32 |
1088218 | Organización No Gubernamental Fiet Gratia | G86114741 | 31,31 |
ANEXO III RELACIÓN DE SOLICITUDES EXCLUIDAS
Nº Expediente sede electrónica | Organización de mujeres | NIF | Causa de exclusión |
1118966 | Asociación contra la Violencia Vicaria | G16861585 | La organización de mujeres solicitante no cumple todos los requisitos señalados en el apartado segundo de la convocatoria. |
1119404 | Asociación de Mujeres Progresistas Victoria Kent | G11278066 | La organización de mujeres solicitante no ha subsanado las deficiencias detectadas en el plazo facilitado para ello. |
1119964 | Asociación Alanna | G97285308 | La organización de mujeres solicitante ha subsanado las deficiencias detectadas fuera del plazo facilitado para ello. |
1122890 | Fundación Ibn Battuta | G66052960 | La organización de mujeres solicitante no cumple todos los requisitos señalados en el apartado segundo de la convocatoria. |
1101382 | Federación de Asociaciones de Mujeres Gitanas (FAKALI) | G91274035 | La organización de mujeres solicitante no cumple todos los requisitos señalados en el apartado segundo de la convocatoria |
Madrid, 20 de abril de 2023.- Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, María Victoria Rosell Aguilar.
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