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Documento BOE-B-2022-9144

Anuncio de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por el que se procede a hacer pública la Resolución de fecha 17 de marzo de 2022, por la que se determinan los operadores obligados a contribuir al fondo nacional del servicio universal de comunicaciones electrónicas por el ejercicio 2017 (SU/DTSA/003/20/FNSU 2017).

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 23 de marzo de 2022, páginas 14040 a 14041 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Referencia:
BOE-B-2022-9144

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 51.4 b) del Reglamento sobre condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el Servicio Universal y la protección de los usuarios, aprobado mediante Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, se procede a publicar por esta vía un extracto del acto, de fecha 17 de marzo, por el que el Consejo de esta Comisión ha resuelto, en relación con el expediente SU/DTSA/003/20/FNSU 2017, lo siguiente:

Primero.- Los operadores obligados a contribuir al Fondo Nacional del Servicio Universal para el ejercicio 2017 así como sus contribuciones son (en euros):

Operador

Contribución al FNSU 2017

%

TELEFÓNICA

4.075.733

29,46%

ORANGE ESPAGNE

2.731.546

19,74%

VODAFONE ESPAÑA

2.330.706

16,85%

TELEFÓNICA MÓVILES

2.192.149

15,85%

VODAFONE ONO

668.974

4,84%

XFERA MÓVILES

510.461

3,69%

OSFI

488.076

3,53%

BT ESPAÑA

195.200

1,41%

EUSKALTEL

170.051

1,23%

RETEVISIÓN I

162.818

1,18%

R CABLE

125.502

0,91%

TELECABLE DE ASTURIAS

71.606

0,52%

COLT TELECOM ESPAÑA

67.715

0,49%

LYCAMOBILE

43.638

0,32%

TOTAL

13.834.175

100,00%

Segundo.- Orange Espagne, S.A.U., Vodafone España, S.A.U., Telefónica Móviles España, S.A.U., Vodafone Ono, S.A.U., Xfera Móviles, S.A.U., Orange España Comunicaciones Fijas, S.L.U., Evolutio Cloud Enabler, S.A. (en nombre de BT España), Euskaltel, S.A., Retevisión I, S.A.U., R Cable y Telecable Telecomunicaciones, S.A.U. (en nombre de R Cable y Telecable de Asturias), Colt Technology Services, S.A.U. (en nombre de Colt Telecom España) y Lycamobile, S.L.U., deberán ingresar las cantidades señaladas en el resuelve primero, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente resolución, en la cuenta bancaria indicada a tal efecto. Una vez efectuado el ingreso, cada uno de los operadores obligados deberá remitir a esta Comisión un ejemplar del recibo de ingreso para su archivo.

Tercero.- Telefónica de España, S.A.U., como operador con derecho a compensación, recibirá dentro del mes siguiente a la finalización del período de pago, transferencia por importe de 9.758.442 euros, correspondiente a la prestación del servicio universal del ejercicio 2017.

Cuarto.- Declarar exentos de contribuir al Fondo Nacional del Servicio Universal del año 2017 a los operadores no incluidos en el resuelve primero anterior.

Quinto.- Acordar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.4.b del Reglamento sobre condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado mediante Real Decreto 424/2005, de 15 de abril.

De conformidad con el artículo 24.2 del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial Boletín Oficial del Estado, se publica un extracto de la Resolución adoptada el día 17 de marzo de 2022. El texto íntegro de la citada Resolución está a disposición para conocimiento en la página web www.cnmc.es No obstante, los interesados pueden acceder al expediente cursando la solicitud correspondiente a través de la Sede Electrónica de la CNMC, https://sede.cnmc.gob.es.

Madrid, 18 de marzo de 2022.- El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Miguel Bordiu García-Ovies.

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