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Documento BOE-B-2022-6319

Resolución de la Autoridad Portuaria de Sevilla por la que se otorga concesión administrativa a Heliopol, S.A.U. Expediente Concesión E575.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 1 de marzo de 2022, páginas 9886 a 9886 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2022-6319

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla, en uso de las facultades conferidas por el artículo 30.5.n) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha otorgado con fecha 10 de Febrero de 2022, una concesión administrativa para la ocupación de una parcela de unos 5.850 metros cuadrados, y nave situada en la misma de unos 3.465 metros cuadrados, situadas en la zona de servicio del Puerto de Sevilla y perteneciente al dominio público portuario estatal, margen izquierda del Canal de Alfonso XIII, con destino al desarrollo de actividades logísticas (E575).

Autorizado: Heliopol, Sociedad Anónima Unipersonal.

Plazo: Hasta 31 de Diciembre de 2041.

Tasas a abonar:

Tasa de ocupación de terrenos por la ocupación privativa del dominio público portuario, por importe 1,833727 euros/metro cuadrado/año, IVA no incluido, que se aplicará a la superficie de 5.850 metros cuadrados, o a la que resulte tras el replanteo de las obras y, en su caso, el reconocimiento final de las mismas.

Tasa por ocupación de obras e instalaciones: 42.678,76 euros/año, IVA no incluido.

Tasa de actividad, por el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios en el dominio público portuario, que se devengará en su integridad a partir de la fecha de inicio de la actividad objeto de la concesión, entendiendo por tal la fecha de levantamiento del acta de reconocimiento final de las obras definidas en la Regla 9 del Pliego de Condiciones y se abonará por semestres adelantados por las siguientes cuantías:

Años 1 a 4: Se abonará en la cuantía anual del 25 por 100 de la tasa por ocupación de terrenos y de obras e instalaciones vigente en cada momento, IVA no incluido

Años 5 a final: Se abonará en la cuantía anual del 35 por 100 de la tasa por ocupación de terrenos y de obras e instalaciones vigente en cada momento, IVA no incluido

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 18 de febrero de 2022.- Presidente, Rafael Carmona Ruíz.

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