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Documento BOE-B-2022-5615

Extracto de la Resolución, de 16 de febrero de 2022, del Museo Nacional del Prado, por la que se convocan 8 becas de Formación e Investigación en Restauración, Conservación de Colecciones y Desarrollo Digital en el Museo del Prado

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 2022, páginas 8889 a 8890 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2022-5615

TEXTO

BDNS(Identif.):611505

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/611505)

Primero. Beneficiarios

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria son los siguientes:

1. Tener la nacionalidad española o de algún otro Estado Miembro de la Unión Europea, en adelante UE, o de alguno de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; ser residente en España en el momento de incorporarse a la beca; poseer un dominio del idioma español -hablado y escrito- que permita a los solicitantes desenvolverse satisfactoriamente en su entorno de trabajo.

2. Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título exigido con posterioridad a enero de 2017. En cuanto al plazo, se atenderá exclusivamente la finalización de la diplomatura, licenciatura o grado, sin que se tenga en cuenta la fecha de finalización de los cursos de doctorado u otros estudios de postgrado

3. Poseer la titulación exigida:

Grado universitario o equivalente en Ingeniería de Desarrollo de Contenidos Digitales, Ingeniería Multimedia, Ciencia de Datos e Inteligencia Artificial, Bellas Artes, Diseño Digital, Diseño Multimedia y Gráfico, Desarrollo de videojuegos, Diseño, Historia del Arte o similar .Los expedientes académicos con valoración media inferior a notable o equivalente serán desestimados (por debajo de 2 puntos en una escala de 0 a 4 y por debajo de 7 puntos en una escala de 0 a 10).

4. Estar al corriente del cumplimiento en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en la normativa vigente, y no ser deudor por obligaciones de reintegro.

5. No haber sido beneficiario con anterioridad a esta convocatoria de una beca en el MNP (excluidas las becas otorgadas para la asistencia a cursos o seminarios Cátedra del Prado).

6. No podrán ser beneficiarios de la beca las personas en quien concurra cualquiera de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS.

De conformidad con lo establecido en el artículo 69.1 de la LPACAP, el solicitante se compromete a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el periodo de tiempo inherente al disfrute de la beca, debiendo informar de cualquier variación en las circunstancias al Órgano de Instrucción.

Segundo. Objeto

El objeto de la presente Resolución es la convocatoria de una beca Fundación María Cristina Masaveu Peterson-Museo del Prado que contribuya a la formación de investigadores y especialistas en el Área de Desarrollo Digital.

La beca se destinará a la formación en las distintas tareas y proyectos del Área, con especial dedicación a la visualización de datos en la página web del Museo.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, (BOE de 13 de noviembre de 2010)

Cuarto. Cuantía y duración.

La beca tendrá una duración de doce meses (12) consecutivos. La cuantía de la beca se fija en 18.000 €. Y se financiará en su totalidad por la Fundación María Cristina Masaveu Peterson.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán, en el plazo de quince (15) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de febrero de 2022.- El Director del Museo del Prado. D. Miguel Falomir Faus.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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