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Documento BOE-B-2022-3894

Extracto de la Resolución de 3 de febrero de 2022 del Centro de Investigaciones Sociológicas por la que se publica la convocatoria de subvenciones para formación e investigación en materias de interés para el organismo, para el año 2022

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2022, páginas 6449 a 6451 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-B-2022-3894

TEXTO

BDNS(Identif.):609943

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/609943)

Primero. Beneficiarios.

Tener nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la Unión o de terceros países con residencia legal en España.

Estar en posesión del título de graduado o licenciado o titulaciones equivalentes expedidas por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior. 

No concurrir los solicitantes, así como los miembros integrantes de los equipos de investigación en su caso, en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 

No padecer ninguna enfermedad, ni limitación física o psíquica que les imposibilite para el cumplimiento de sus obligaciones como beneficiario de la beca. Asimismo, los solicitantes, así como los miembros integrantes de los equipos de investigación en su caso, deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 

Los solicitantes de las ayudas individuales deberán acreditar encontrarse en alguno de los siguientes casos: haber alcanzado la Suficiencia Investigadora, estar en posesión del Diploma de Estudios, estar en posesión del título oficial de Máster universitario, o equivalente, o encontrarse en alguno de los supuestos que establece el artículo 6, apartado 2, Requisitos del Acceso al Doctorado, del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. 

Los investigadores principales de equipos de investigación solicitantes de las ayudas para la explotación de uno de los temas propuestos en el objeto de esta convocatoria deberán acreditar estar en posesión del título de doctor en alguna disciplina o área de las ciencias sociales.

Los solicitantes de las ayudas para la finalización de tesis doctorales deberán acreditar encontrarse en alguno de los siguientes casos: haber alcanzado la Suficiencia Investigadora, estar en posesión del Diploma de Estudios Avanzados, estar en posesión del título oficial de Máster universitario, o equivalente, o encontrarse en alguno de los supuestos que establece el artículo 6, apartado 2, Requisitos del Acceso al Doctorado, del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. Además, deberán justificar que se está en la fase de finalización de la tesis doctoral en Ciencia Política o Sociología.

Todos los solicitantes, deberán presentar cumplimentada una declaración responsable (Anexo IV, publicado en la Resolución de la convocatoria) de que el proyecto presentado no cuenta con otro tipo de ayuda o subvención pública o privada simultánea y de similares características, y de que el solicitante o investigador principal en el caso de las ayudas a equipos investigadores, no ha recibido por parte del CIS una ayuda de la misma modalidad en la convocatoria inmediatamente anterior.

Segundo. Objeto

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, ocho ayudas para la explotación del Banco de Datos del CIS, y dos ayudas para la finalización de tesis doctorales en ciencia política o sociología, en materias de interés para el Organismo. Las ocho ayudas para la explotación del Banco de Datos del CIS podrán ser indistintamente para investigadores individuales y/o equipos de investigación.

Tercero. Bases Reguladoras. 

Orden PRE/593/2016, de 21 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro de Investigaciones Sociológicas de subvenciones para formación e investigación en materias de interés para el Organismo. 

Cuarto. Cuantía.

En las ayudas individuales para la explotación del Banco de Datos del CIS la cuantía de cada una será de 6.000 euros.

En las ayudas a un equipo investigador para la explotación del Banco de Datos del CIS la cuantía de cada una será de 10.000 euros, cantidad que podrá distribuirse de forma heterogénea entre los integrantes de cada equipo de investigación en función del trabajo efectivamente realizado y las horas reales dedicadas al proyecto según declaración responsable de conformidad firmada por el Investigador Principal (IP).

En las ayudas para la finalización de tesis doctorales la cuantía será de 5.000 euros cada una.

Quinto. Plazo de presentación de la solicitud.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto. Formalización de solicitudes

La solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática (https://mpr.sede.gob.es/) y a dicha solicitud se adjuntará toda la documentación preceptiva en formato electrónico, Podrá obtenerse más información a través de la página web del Centro de Investigaciones Sociológicas (www.cis.es) y los medios en ella señalados. También en esta página web serán accesibles las bases reguladoras, esta convocatoria, el modelo de solicitud, así como se publicarán las listas de admitidos y excluidos, así como la resolución provisional de adjudicación y la definitiva. De la misma forma, podrá presentarse la solicitud en papel en el Registro General del Centro de Investigaciones Sociológicas (calle Montalbán, 8, Madrid, 28014) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptimo. Obligaciones de los beneficiarios

Los solicitantes adjuntarán dos declaraciones responsables a la solicitud, en los modelos que figuran como Anexos III y IV publicados en la Resolución de la convocatoria. Los trabajos de investigación deberán ser entregados antes del 1 de noviembre de 2022. 

Madrid, 3 de febrero de 2022.- El Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas, D. José Félix Tezanos Tortajada.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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