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Documento BOE-B-2022-37765

Extracto de la Resolución de 28 de noviembre 2022, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba, la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación de las inversiones del Componente 23 "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas"

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 1 de diciembre de 2022, páginas 58041 a 58042 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-B-2022-37765

TEXTO

BDNS(Identif.):661289

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/661289)

Primero: Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de la subvención las siguientes entidades, a aquellas microempresas y trabajares autónomos que desarrolle su actividad en la ciudad de Melilla, que tengan al menos un centro de trabajo en la Ciudad Autonoma, no cuenten con mas de 10 trabajadores asalariados a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria, y tuvieran un volumen de negocios inferior a dos millones de euros. b las cooperativas y sociedades laborales que desarrollen actividad emprecial donde a de tener al menos un lugar de trabajo. en el caso de las cooperativas deberán haber optado por la modalidad de asimilados a personas trabajadores por cuenta ajena a los efectos de la seguridad social.Para ser beneficiarias de la subvención, las entidades solicitantes deberán reunir los requisitos establecidos con carácter general en la normativa reguladora de las subvenciones, así como en las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones contenidas en la Orden TES/1151/2021, de 24 de octubre. solo será posible obtener la condición de beneficiario de esta subvención en cualquiera de las dos líneas una única vez. la empresa o entidad que resulte beneficiaria de cualquiera de las dos líneas de subvención no podrán volver hacer beneficiario de ninguna de ellas en sucesivas convocatorias. ninguna empresa o entidad podrá ser beneficiaria de ambas líneas de subvención simultanea ni sucesivamente, sin prejuicio de la solicitud subsidiaria de ambas, en su caso.

Segundo: Objeto:

Será objeto el mantenimiento del empleo de los trabajadores por cuenta ajena contratados por microempres y por trabajadores autónomos, así como el de los socios trabajadores y de trabajo.

Tercero: Normativa:

Esta convocatoria se regirá de acuerdo con lo dispuesto en la Orden TES/1151/2021, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación de las inversiones del Componente 23 "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas" en la ciudad de Ceuta y Melilla, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Asimismo se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y en su reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y demás normativa vigente de general aplicación. Esta convocatoria es ejecución de la Inversión 4 "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad", comprendida en el componente 23 "Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo" del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y es objeto de financiación mediante los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación ("Next Generation EU"), a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021. Serán por consiguiente de aplicación a esta convocatoria las disposiciones que resulten aplicables del Real Decreto Ley 36/2020 de 30 de diciembre.

Cuarto: Cuantía:

Las subvenciones previstas en esta resolución se financiarán con cargo a los correspondientes fondos dotados en el Presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, en el marco de los fondos europeos del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, Con cargo a la partida presupuestaria 19.PR52.24WD.482.15, para las subvenciones para el mantenimiento del empleo microempresas y empresas de emprendimiento colectivo. hasta un máximo de quinientos mil euros (500.000 euros).

Quinto: Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes habrán de presentarse en el plazo de 15 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta resolución en el BOE

Melilla, 28 de noviembre de 2022.- El Director General del SEPE P.D. La Directora Provincial del SEPE en Melilla. Apartado Siete.3.1.a).Resolución de 6 de octubre de 2008 del SEPE (B.O.E. de 13 de octubre de 2008) Mª Gemma Torres Fernández .

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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