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Documento BOE-B-2022-32556

Modificación del extracto de la Orden de 21 de julio de 2022, por la que se convoca el procedimiento para la concesión de las ayudas del programa Bono Cultural Joven 2022

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 22 de octubre de 2022, páginas 50141 a 50142 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2022-32556

TEXTO

BDNS(Identif.):640313

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/640313)

Con fecha 25 de julio de 2022, se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 177, el extracto de la Orden de 21 de julio de 2022, del Ministro de Cultura y Deporte, por la que se convoca el procedimiento para la concesión de las ayudas del programa Bono Cultural Joven 2022. Mediante Orden del Ministro de Cultura y Deporte de 21 de octubre de 2022, se ha aprobado la siguiente modificación que afecta a la referida convocatoria:

Primero.- Se ha modificado el apartado Sexto. Otros datos: "Para poder efectuar la solicitud, la persona interesada deberá identificarse electrónicamente en la plataforma web del Bono Cultural Joven, de acuerdo con los medios previstos en el artículo 9, apartado 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta identificación se realizará utilizando alguno de los sistemas de identificación previstos en la plataforma Cl@ve:

a) Sistemas de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la "Lista de prestadores de servicios electrónicos de confianza cualificados", a consultar en: https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/Prestadores/.

b) Sistemas basados en claves concertadas como Cl@ve PIN o Cl@ve permanente, siendo suficiente el de nivel básico.

Si la persona interesada no ha cumplido 18 años de edad a fecha de solicitud, podrá utilizar para su identificación únicamente Cl@ve PIN con registro avanzado o Cl@ve permanente, que se obtiene de forma presencial, acompañado del padre, madre o tutor en cualquiera de las Oficinas de Registro Cl@ve a consultar en https://administracion.gob.es/pag_Home/atencionCiudadana/encuentraTuOficina/OficinasRegistro_CLAVE.html

Los beneficiarios deberán subir a la plataforma del Bono Cultural Joven el comprobante electrónico o la imagen digitalizada del justificante de la compra efectuada en la que consten, al menos, los siguientes datos: importe, fecha de la compra y entidad en la que se haya realizado.

En caso de detección de uso indebido o fraudulento, la tarjeta prepago del Bono Cultural Joven quedará inoperativa hasta que se subsane la incidencia detectada."

Madrid, 21 de octubre de 2022.- Miquel Octavi Iceta i Llorens, El Ministro de Cultura y Deporte.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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