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Documento BOE-B-2022-32080

Extracto de la Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo de otros programas formativos, adaptados a colectivos con necesidades específicas en las ciudades de Ceuta y Melilla para el ejercicio 2022

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 19 de octubre de 2022, páginas 49450 a 49451 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-B-2022-32080

TEXTO

BDNS(Identif.):654106

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/654106)

Primero. Objeto. - Subvenciones para el desarrollo de otros programas formativos, destinados a colectivos con necesidades específicas, de los establecidos en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica en las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Segundo. Beneficiarios. Las organizaciones sindicales y asociaciones privadas sin fines de lucro, de acuerdo a lo previsto en el artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Dichas entidades deben tener ámbito de actuación en las ciudades de Ceuta y Melilla.

 Tercero. Bases reguladoras. Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, BOE de 12 de mayo, de bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

 Cuarto. Cuantía. Importe máximo 1.300.000,00 euros. El número máximo de programas formativos específicos que se pueden implantar en cada ciudad autónoma no superará la cuantía económica de 650.000,00 euros.

 Los programas formativos específicos que se implanten por primera vez recibirán 65.000,00 euros.

 Los programas que mantengan la estructura y contenido de convocatorias anteriores e introduzcan nuevos módulos profesionales del título de formación profesional básica asociados a nuevas unidades de competencia, a partir del programa presentado en convocatorias anteriores, recibirán 52.000,00 euros.

Los programas que mantengan la estructura y contenido de convocatorias anteriores o introduzcan en la oferta módulos profesionales de un título de Formación Profesional Básica no incluidos con anterioridad y asociados a los bloques comunes de Comunicación y Sociedad y/o de Ciencias Aplicadas, recibirán 39.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Diez días hábiles, comenzando a las 0:00 horas del día siguiente a la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y finalizando a las 23:59 horas del último día del plazo.

 Sexto. Otros datos. Estas ayudas quedan exoneradas de la constitución del régimen general de garantías de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.2.d) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Madrid, 10 de octubre de 2022.- La Ministra de Educación Formación Profesional, P.D. Orden EFP/43/2021, de 21 de enero (BOE 26/01/2021), Secretaria General de Formación Profesional, Clara Sanz López.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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