BDNS(Identif.):647371
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/647371)
Primero.- Convocatoria
Se convocan para el ejercicio 2022, en régimen de concurrencia competitiva, los Premios Nacionales de Medioambiente 2022 y el Premio Nacional de Energía 2022 en sus correspondientes modalidades: «Lucas Mallada de Economía y Medioambiente», «Félix Rodríguez de la Fuente de Conservación de la Naturaleza» y «María del Rosario Heras de Energía».
Segundo.- Premiados y requisitos para solicitar los premios.
Los premiados serán los previstos en el artículo 2 de la orden de bases reguladoras. Así mismo, los requisitos para solicitar los premios y su forma de acreditación, se contienen en el artículo 5 de la orden de bases reguladoras.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 4 de la orden de bases reguladoras, podrán concederse menciones honoríficas a aquellas candidaturas que, no habiendo alcanzado ninguno de los Premios, hayan destacado en la realización de los trabajos y actividades que los mismos recompensan.
Tercero.- Solicitudes y Plazo de presentación
Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro Electrónico del Departamento, a través de su sede electrónica (https://sede.miteco.gob.es/portal/site/se) según los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto.- Financiación de las ayudas
El importe destinado al otorgamiento de los premios será de 66.000,00 euros, para la anualidad 2022 que se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 23.12.451O.481 del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
La concesión de los premios queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de otorgamiento.
Quinto.- Criterios objetivos de otorgamiento y ponderación.
Los criterios de valoración de las solicitudes son los establecidos en el artículo 8 de la orden de bases reguladoras.
Madrid, 7 de septiembre de 2022.- La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico P.D. Orden TED/533/2021, de 20 de mayo, sobre delegación de competencias (BOE nº 129 de 31 de mayo), modificada por Orden TED/346/2022, de 20 de abril (BOE nº 97 de 23 de abril). El Director General de Servicios Luis Buñuel Salcedo .
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