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Documento BOE-B-2022-23743

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental sobre Resolución del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana por la que se Aprueba el Expediente de Información Pública y Definitivamente el Anteproyecto: "Mejora de la accesibilidad de la Autopista AP-1. Tramo: Burgos – Miranda de Ebro". Provincia de Burgos. Clave: AO-BU-4730.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 2022, páginas 36254 a 36255 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2022-23743

TEXTO

El Secretario General de Infraestructuras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, P.D. (OM TMA/1007/2021, modificada por la OM TMA/221/2022), con fecha 27 de junio de 2022 ha resuelto:

1. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el anteproyecto "Mejora de la accesibilidad de la Autopista AP-1. Tramo: Burgos-Miranda de Ebro", con un presupuesto base de licitación estimado 27.165.298,60 euros, que incluye la cantidad de 4.714.638,60 euros en concepto de I.V.A. (21 %).

2. El proyecto que en su caso se redacte deberá cumplimentar los siguientes aspectos:

2.1. Se deberá tener en cuenta el informe de fecha 17 de diciembre de 2021 de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, donde se indican los condicionantes de la tramitación de los servicios afectados como líneas eléctricas, gasoductos y oleoductos.

2.2. Se deberá tener en cuenta la afección a varios yacimientos arqueológicos tal y como indica la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León en su informe de fecha 2 de diciembre de 2021, así como la realización de prospecciones previas a la aprobación del proyecto de construcción que se redacte en su caso. Asimismo, en cuanto a aspectos de medio ambiente, se deberá tener en cuenta el informe de fecha 28 de enero de 2022 del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos de la Junta de Castilla y León sobre periodos de tiempo que deberán evitarse a la hora de realizar ciertas actividades de obra por afección a distintas especies de fauna, tanto en zonas de préstamos como la afección a ríos en el entorno de los enlaces. Por último, se deberá coordinar con el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos de la Junta de Castilla y León todos los aspectos relacionados con la construcción del nuevo paso de fauna en el entorno del enlace de Monasterio de Rodilla.

2.3. Se deberán tener en cuenta los informes de los Ayuntamientos afectados, donde se indican las afecciones a caminos o la accesibilidad de los mismos respecto de los nuevos enlaces con la autopista, así como la existencia de servicios afectados, como la conducción del abastecimiento de aguas de Vallarta de Bureba. También se deberá tener en cuenta la necesidad de realizar estudios de ruido por las nuevas infraestructuras o de afecciones, en relación a la hidrología y drenaje de la zona.

2.4. Asimismo, se deberá estudiar con mayor detalle la reposición de los caminos afectados, garantizando el acceso a todas las fincas.

2.5. Se tendrá en cuenta la resolución de 21 de febrero de 2021 (B.O.E. nº 50 del 27 de febrero), de la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, por la que se formula el Informe de Impacto Ambiental del Anteproyecto.

2.6. Se deberá recabar informe de la Confederación Hidrográfica del Ebro en el que se validen los criterios empleados, así como tener en cuenta las observaciones que ésta formule.

2.7. Se deberá proseguir la tramitación de la reposición de servicios, de acuerdo con lo dispuesto en la "Circular sobre modificación de servicios en los Proyectos de Obras" de 7 de marzo de 1994.

3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental que:

a. Notifique la presente resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. Asimismo, dará una respuesta razonada a los alegantes, que podrá ser común para todas aquellas alegaciones que planteen cuestiones sustancialmente iguales, en cumplimiento del artículo 83 de la misma Ley.

b. Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado", incluyendo un extracto de los principales motivos y consideraciones en los que se basa la resolución.

c. Publique en la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana esta resolución, un extracto de los principales motivos y consideraciones en las que se basa y una referencia al BOE donde se publicó el informe de impacto ambiental.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante la persona titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Burgos, 20 de julio de 2022.- Ingeniero Jefe de la Demarcación, Javier Fernández Armiño.

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