BDNS(Identif.):635901
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/635901)
Primero. Beneficiarios.
Podrán tener la condición de empresas beneficiarias, las empresas cuya actividad se refiera a cualquier sector (CNAE 2009, aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril), exceptuando empresas que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura, regulados por el Reglamento (CE) Nº 104/2000 del Consejo y empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas, con domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia, que tengan la condición de PYME y que vayan a desarrollar un proyecto de innovación abierta con el asesoramiento y apoyo de una startup y que cumplan con lo establecido en el artículo 10 de las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la innovación a través de la iniciativa «Activa Startups» en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicadas mediante Orden ICT/1426/2021, de 14 de diciembre.
Segundo. Objeto.
Estas ayudas minimis tienen por objeto el impulso de la innovación abierta, a través de casos de éxito de colaboración empresa&startup, que ayuden al crecimiento y transformación digital de las empresas vinculadas a cualquier sector mediante el trabajo de resolución de los retos de innovación. En concreto, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Orden ICT/1426/2021, de 14 de diciembre por la que se aprueban las bases reguladoras, serán susceptibles de ayudas los proyectos de asesoramiento en materia de innovación en transformación digital, desarrollo e incorporación de tecnologías emergentes, transformación hacia una economía baja en carbono o incorporación de la economía circular en el modelo de negocio de la pyme, con el objetivo de dar respuesta a retos planteados en empresas que buscan la innovación abierta mediante soluciones basadas en tecnologías emergentes como inteligencia artificial, internet de las cosas, tecnologías de procesamiento masivo de datos e información, computación de alto rendimiento, blockchain, procesamiento de lenguaje natural, ciberseguridad, realidad aumentada, realidad virtual, robótica colaborativa, entre otras.
Las ayudas objeto de esta convocatoria tendrán la consideración de subvenciones a fondo perdido. Se concederán como ayudas económicas a las empresas beneficiarias, para cubrir los gastos derivados de la colaboración con la startup, en el trabajo de innovación abierta para la resolución del reto.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ICT/1426/2021, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la innovación a través de la iniciativa "Activa Startups", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 305, de 22 de diciembre de 2021.
Cuarto. Cuantía.
El gasto para esta convocatoria es de un máximo de UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL EUROS (1.200.000 €) que será aportado por la Fundación EOI con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, integrándose en la inversión 2, «Crecimiento», del Componente 13, Impulso a la pyme.
La intensidad de la ayuda concedida será del cien por cien del importe bruto de los costes subvencionables del proyecto hasta una cuantía máxima de 40.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la publicación de este extracto en el BOE.
Madrid, 27 de junio de 2022.- Doña Nieves Olivera Pérez-Frade, Directora General de la Fundación EOI, F.S.P.
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